The requirement to rationalize the normative production activity and improve the quality of our standards is one of the most important challenges of our time.
This demand stems from a clear observation: the mere fact of approving a rule already implies a decision of the utmost importance. Firstly, because in most cases it affects the sphere of the rights and duties of citizenship. Even before this effect, it must be taken into account that the mere fact of innovating the legal system already entails a cost for any social and economic agent affected by the provision, no matter how minimal, given the need to use time and means to gauge the impact that such innovation may have on them. Therefore, the proliferation of rules, the concurrence of provisions from various bodies (directives and regulations, laws and regulations of the State and the Autonomous Communities, local ordinances) that often use different conceptual and regulatory frameworks; in short, the complexity of the regulatory system makes it especially necessary to provide it with clarity, quality and rationality.
It is therefore necessary to give the greatest guarantees to the normative process, to rationalize the decision itself to approve a norm and even to evaluate, subsequently, the opportunity to maintain a norm already in force, based on the analysis of the effects it produces.
This challenge to which reference is made is not exclusive to the Spanish legal system.
Indeed, in the field of OECDit is worth mentioning the "Council Recommendation to Improve the Quality of Government Regulation" of 1995 or, more recently, the "Council Recommendation on Policy and Governance" of 2012. In these documents, within the commitment to regulatory improvement, express reference is made to the need to clearly articulate the goals, strategies and benefits of regulatory policy, and to systematically and periodically review the inventory of regulations to identify and eliminate or replace those that are obsolete, insufficient or inefficient.
For its part, the Communication of the European Commission the Council of 25 June 2008 (A ‘Small Bussiness Act’ for Europe) includes among its recommendations the setting of specific dates for the entry into force of any regulation affecting small and medium-sized enterprises, which will clearly contribute to increasing legal certainty in our economic activity and in all other areas.
Also the Interinstitutional Agreement on Better Lawmaking achieved by the European Parliament, the Council and the European Commission, which entered into force in 2016, constitutes a significant step forward in the framework of Community regulations. The aim is to ensure that EU citizens can benefit from simpler, clearer and more specific regulation. As a result, the Commission has to draw up, among other instruments, a programme with the regulations to be recast and the timetable envisaged. In the EU's ambition, priority is given to simplifying and reducing the burden of the Commission's proposals in the legislative process. Priority should be given to proposals aimed at bringing immediate benefits to citizens and businesses. All this has led to a planning process in the normative production that in the EU framework today is the rule.
Finally, we can also cite examples of this. Comparative lawthis is the case of the Law Commission in the United Kingdom, which values the fit of the normative projects in the different legislative reform programmes. In France, it is worth mentioning the Service of Legislation and the Quality of Law, which depends on the General Secretariat of the Government, attached directly to the Prime Minister.
In our country, there are also many examples of this concern. Thus, for example, Law 20/2013, of December 9, on the guarantee of Market Unity, defined one of its purposes in its explanatory statement in the following terms: “This law takes advantage of continuing to promote an efficient regulatory framework for economic activities that simplifies existing legislation, eliminates unnecessary regulations, establishes more agile procedures and minimizes administrative burdens. Most barriers and obstacles to market unity are removed by adopting criteria of good economic regulation”.
More recently, Law 39/2015, of 1 October, on the Common Administrative Procedure of Public Administrations, and Law 40/2015, of 1 October, on the Legal Regime of the Public Sector, which have included important developments in the aspects related to the exercise of normative power. In this regard, it is worth mentioning the regulation of a public consultation prior to the drafting of proposals; the strengthening of the role of the Report on Regulatory Impact Analysis, as a basic document to know and assess the scope of each provision; the establishment of mechanisms to ensure regulatory quality; and the provision of procedures for ex post evaluation of approved standards.
Among these developments, the provision of the Normative Plan, referred to in article 132 of the first of the aforementioned legal texts, and whose regulation is now reflected in article 25 of the Law of the Government, in the wording given by Law 40/2015, is of fundamental importance. The regulatory development of these forecasts occurred through Royal Decree 286/2017, of March 24, which regulates the Annual Normative Plan and the Annual Normative Evaluation Report of the General Administration of the State and creates the Normative Planning and Evaluation Board.
The Normative Plan fulfils, in accordance with the wording given to article 25 of the Law of the Government by Law 40/2015, a first fundamental function: “ensure the consistency of all initiatives that are processed and […] avoid successive modifications of the legal regime applicable to a certain sector or area of activity in a short space of time”. In this way, the aim is to avoid as much as possible the proliferation of rules, ensuring their consistency. In short, it is a question of mitigating, as far as possible, the adverse consequences of the complexity of the legal system.
A second function of the Plan is to make any agent aware of the rules planned for each calendar year, which undoubtedly increases transparency in the normative production. This is the reason why article 132 of Law 39/2015 imposes the publication of the Plan on the Transparency Portal.
Along with these functions, there is another one that, although not explained, is of no less importance. As has been said before, planning in itself implies a rationalization of the activity to which it refers: it involves reflection and articulation in a calendar of the legislative program that is made explicit in the Plan.
At the same time, the Annual Normative Plan makes it possible to coordinate other instruments that, with different functions, affect the temporal projection of the exercise of normative power. In this regard, it is clear that the Annual Regulatory Plan must be coordinated with the National Reform Plan that must be elevated to the EU each year. Likewise, the aforementioned Plan makes it possible to give an advance account of the programming of compliance with the obligations of incorporation of Community directives.
Under these guidelines, the Annual Regulatory Plan for 2018 has been prepared and is now approved.
It is not a rigid instrument that prevents the approval of rules that were not initially foreseen: the Law itself provides for this possibility, although in these cases it imposes the obligation to justify this need in the Report of the Regulatory Impact Analysis.
On the other hand, the Plan has identified, in accordance with the provisions of the aforementioned art. 25 of the Law of the Government, those normative projects that will have to be submitted to Analysis of the results of its application, mainly in view of the cost to the administration or to the recipients and recipients and the administrative burdens imposed on the latter.
El Plan Anual Normativo para 2018, que ahora se aprueba, ha sido elaborado a partir de las iniciativas de los distintos departamentos ministeriales, por la Junta de Planificación y Evaluación Normativa, de conformidad con lo previsto en el art. 2 del Real Decreto 286/2017, de 24 de marzo, por el que se regulan el Plan Anual Normativo y el Informe Anual de Evaluación Normativa de la Administración General del Estado y se crea la Junta de Planificación y Evaluación Normativa.
Dichas propuestas reflejan los objetivos y prioridades políticas de los diferentes ministerios y del Gobierno en su conjunto. En todo caso, la efectiva aprobación de los proyectos de leyes orgánicas y de leyes ordinarias previstos en el presente Plan dependerá de la actual composición del Parlamento.
Si bien las diferentes propuestas responden a fines sectoriales, cabe identificar algunos ejes que han condicionado su contenido, que seguidamente se pasan a exponer.
PROGRAMA NACIONAL DE REFORMAS (PNR)
El Programa Nacional de Reformas de España, aprobado el pasado mes de abril, tiene como punto de partida, por un lado, el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2017 y, por otro, el Informe País de España de 2017, publicado en febrero por la Comisión Europea. También se han tenido en cuenta las Recomendaciones Específicas a España de julio de 2016.
Las reformas estructurales a nivel nacional persiguen la creación de empleo e inclusión social, el impulso a la implementación de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, el respaldo de la iniciativa emprendedora y del desarrollo empresarial, el crecimiento sostenible, la eficiencia de la Administración pública, tanto en su relación con la ciiudadanía y empresas como en la mejora de los procesos de contratación y en la producción normativa.
En la redacción del Plan Anual Normativo, se han tenido en cuenta, como no podía ser de otra manera, las propuestas previstas en el Plan Nacional de Reformas. Así cabe citar, a título de ejemplo, la previsión de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, o las medidas dirigidas a modernizar y racionalizar las Administraciones Públicas (que se concretan en buena medida en el desarrollo reglamentario de las Leyes 39/2015 y 40 /2015).
Con todo, debe tenerse en cuenta que existen diferencias importantes entre uno y otro Plan, que hacen que no haya de existir una correspondencia exacta entre ellos. En efecto, ambos planes tienen un ámbito temporal diferente (el PNR se refiere al año siguiente a su comunicación, mientras que el Plan Anual Normativo abarca el año 2018). Por otra parte, es evidente que mientras en el Plan Anual Normativo sólo caben las disposiciones normativas (y, concretamente, leyes y reales decretos), el PNR incluye en su ámbito medidas de diferente tipo (estrategias, planes, y otro tipo de actuaciones que no han de tener reflejo en el Plan Anual Normativo). Así, algunas de ellas van a ser objeto de sendos Acuerdos del Consejo de Ministros, los cuales no tendrían la naturaleza normativa, por lo que tampoco formarían parte del Plan. En otros casos, como se acaba de apuntar, la ejecución de los compromisos normativos recogidos en el PNR se realiza con anterioridad o posterioridad a la vigencia del Plan.
TRANSPOSICIÓN DEL DERECHO COMUNITARIO
Un segundo elemento que ha condicionado el contenido del Plan Anual Normativo se refiere a la necesidad de ajustar el ordenamiento interno al derecho de la Unión Europea. Esta exigencia se refiere, en primer lugar, a la transposición de las Directivas cuyo plazo de incorporación venza durante el ámbito temporal al que se refiere el Plan. Además, en algunos casos es necesario ajustar el ordenamiento interno a la normativa comunitaria, en aspectos que van más allá que la mera transposición en plazo.
La transposición de Directivas comunitarias abarca una enorme variedad de materias, en consonancia con la dimensión de las competencias comunitarias. En no pocos casos, la urgencia proviene de la circunstancia de que el plazo de transposición está vencido o próximo a vencer, lo que podría dar lugar a la imposición de multas al Estado español.
En total, se estima que a lo largo de 2018 se procederá a la transposición de 52 Directivas comunitarias, lo cual no implica la aprobación de ese mismo número de normas ya que parte de ellas podrán ser transpuestas, posiblemente, a lo largo de lo que queda de 2017 o bien, cabe la posibilidad de que una norma pueda servir de vehículo para la transposición de varias Directivas.
A este respecto, ha de llamarse la atención sobre que la elaboración del Plan Anual Normativo se ha hecho a la vista de las obligaciones de transposición que resultan del Derecho europeo. De este modo, se han incluido, en primer lugar, aquellas disposiciones -leyes o reales decretos- que tienen por objeto transponer Directivas cuyo plazo de incorporación ya ha vencido, pero que no se prevé que puedan estar aprobados (como proyectos de ley o como reales decretos), antes del fin de 2017. En segundo lugar, se han incluido igualmente aquellas leyes y reales decretos que tendrán por objeto transponer las Directivas cuyo plazo de vencimiento se produzca a lo largo de 2018.
La transposición de Directivas exige en ocasiones leyes orgánicas (como sucede con la Directiva 2016/680, relativa a protección de datos, cuya incorporación se prevé a través de la Ley Orgánica sobre el tratamiento de datos personales para fines policiales y judiciales penales).
No obstante, en la mayor parte de los casos, la transposición se hace mediante leyes o disposiciones de rango reglamentario. En este sentido, por ejemplo, son numerosos los proyectos de leyes previstos para la transposición de Directivas comunitarias en el ámbito financiero. En no pocos casos, la transposición de diversas Directivas se lleva a cabo mediante una única ley; así, por ejemplo, la transposición del denominado “cuarto paquete ferroviario”, que comprende diversas Directivas, aparte de Reglamentos, se hará a través de la modificación de la vigente Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario y de apertura del mercado de transporte de viajeros por ferrocarril. Esta economía regulatoria permite dotar de mayor claridad y simplicidad al ordenamiento jurídico. En otros casos, en cambio, una Directiva requiere la aprobación de diferentes instrumentos normativos (de ordinario, de diferente rango).
En todo caso, y cualquiera que sea la forma en que se haga, cabe subrayar que la redacción del Plan ha perseguido incluir en dicha planificación todas aquellas obligaciones derivadas de la transposición de Directivas al derecho interno. Naturalmente, que el Plan Anual Normativo se refiere al año 2018, por lo que no se ha incluido en el mismo aquellas iniciativas normativas que se espera aprobar a lo largo del presente año. No obstante, en caso de no llevarse a cabo su aprobación durante los meses de este año, su aprobación quedaría aplazada para el año 2018.
Aparte de ello, en otros casos el objetivo de las normas previstas no consiste en incorporar una Directiva, sino en ajustar el ordenamiento interno al de la UE, adoptando, por ejemplo, las medidas que exigen los Reglamentos comunitarios. Así sucede, por ejemplo, con el proyecto de Ley para aprobar el régimen sancionador que obliga a tener a cada Estado miembro el art. 52 del Reglamento (UE) 2016/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, (“Reglamento de sobre cría animal”).
En algunos casos, este ajuste al ordenamiento europeo se produce mediante la previsión de proyectos normativos que adecúen el contenido de normas vigentes a decisiones adoptadas en el ámbito comunitario, que ponen de manifiesto divergencias que es necesario corregir. En este sentido, cabe situar, por ejemplo, el anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de derechos y libertades de los extranjeros y extranjeras en España y su integración social, que además de transponer la Directiva 2016/801, modifica la Ley Orgánica 4/2000 con el objeto de ajustar la regulación a las exigencias comunitarias en materia de devolución y expulsión de extranjeros y extranjeras.
Más allá de los dos elementos anteriores, la variedad de fines perseguidos por las normas incluidas en el Plan es notable. En efecto, fuera de las obligaciones relativas a la transposición de Directivas o a la adecuación del derecho interno al europeo, se prevé la aprobación de un total de 287 normas, de las cuales 9 tendrán rango de ley orgánica, 38 de ley ordinaria y 240 de real decreto.
Al margen de aquellas disposiciones cuya aprobación está prevista con carácter anual (como es el caso de la Ley de Presupuestos, o el Real Decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional), el análisis del plan en cada uno de los ámbitos competenciales de los distintos departamentos permite tener una imagen clara de sus prioridades normativas. Con este propósito, el Plan se ha ordenado siguiendo dos criterios: uno, jerárquico, que atiende al rango de la norma (ley orgánica, leyes, reales decretos). Luego, dentro de cada grupo, las normas se han separado en función del departamento proponente, y aun dentro de cada uno de estos, se han agrupado en función de los ámbitos materiales a los que se refiere la disposición programada.
En todo caso, y sin afán alguno de exhaustividad, cabe llamar la atención acerca de la importancia de la renovación normativa en algunos ámbitos.
Así, en primer lugar, cabe destacar las reformas normativas previstas en el ámbito de la legislación civil, penal y procesal, en el cuál se prevé la modificación de los cuerpos normativos más importantes: el Código Civil, el Código Mercantil, Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, e incluso la Ley Orgánica del Poder Judicial. Si bien en algunos casos se trata de modificaciones de aspectos concretos, en otros, como en el caso de la Ley de Enjuiciamiento Criminal la finalidad es, sin duda, más amplia, y pretende una revisión a fondo del modelo.
Particular importancia tiene también, en línea con lo previsto en el PNR y con la actividad normativa que se lleva a cabo a nivel europeo e internacional, la futura Ley del cambio climático y transición energética, que recogerá los objetivos a medio y largo plazo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y los objetivos en materia de energía. Dentro de este ámbito, se incluye también una reforma del régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
En el ámbito de sanidad y servicios sociales, se incluyen también iniciativas destacables, como es el proyecto de nueva Ley Orgánica sobre protección integral contra la violencia de género, que reflejará el contenido del Pacto de Estado aprobado por la Comisión de Igualdad de Congreso el 28 de julio 2017 sobre esa materia; o el proyecto de Ley de menores sin alcohol, que pretende afrontar el problema con medidas principalmente preventivas.
También en el ámbito reglamentario del desarrollo de las disposiciones legales se incluyen iniciativas importantes. Dentro de este grupo están el Reglamento de la Ley 18/2015, de 9 de julio, sobre reutilización de información del sector público; el de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria; el de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; el de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado; el de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado; o el de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.
Otros desarrollos reglamentarios importantes son los relacionados con la modernización del régimen y estructura de las Administraciones Públicas mediante la adaptación de sus estructuras organizativas, institucionales y procedimentales al marco que han establecido las leyes 39 y 40/2015, de 1 de octubre, sobre procedimiento administrativo y sector público estatal; con especial incidencia en la Administración electrónica y en la transformación de las entidades de la administración institucional.
El número de propuestas normativas, según el departamento proponente, incluyendo tanto las propuestas presentadas únicamente por un departamento, como las conjuntas, impulsadas por ese departamento, se refleja en el siguiente cuadro:
A las iniciativas recogidas en el Plan Anual Normativo podrían añadirse algunas, en función de los trabajos que se realizan en sede parlamentaria.
Así, en el caso del Ministerio de Justicia, se está trabajando en sede parlamentaria en la definición de una Estrategia Nacional de Justicia, a través de un órgano denominado “Subcomisión para el estudio y definición de una Estrategia Nacional de Justicia” y creado por acuerdo del Pleno del Congreso de los Diputados.
En el caso del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, se pueden originar iniciativas legislativas o normativas que se deriven de los trabajos de la Subcomisión para el Pacto de Estado Social y Político por la Educación, de la Subcomisión para la elaboración de un Estatuto del Artista y de cualquier otra comisión o iniciativa parlamentaria.
En el ámbito competencial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, puedan aprobarse disposiciones normativas que se deriven de los trabajos realizados en la Comisión no permanente de seguimiento y evaluación de acuerdos del Pacto de Toledo, la Comisión de Empleo y Seguridad Social, y la Subcomisión del Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. También pueden aprobarse aquellas disposiciones normativas que se elaboren como consecuencia del diálogo social en las mesas de diálogo constituidas al efecto.
Por tanto, se deben tener presentes estas circunstancias, en el bien entendido que el presente documento no impide, en lógica consonancia con lo dicho, que estas incitativas puedan llegar a elevarse al Consejo de Ministros.
As noted above, the plan must identify, from the set of normative projects, those that will be subject to an analysis of the results of its implementation. In Royal Decree 286/2017, of March 24, the Criteria that would justify subjecting the standard to such an analysis:
In that assessment, The following aspects will be analyzed:
As a control measure, it is provided that the report submitted by the departments, when the analysis derives from the economic impact, on the market unit or on competition, must also be informed beforehand by the Economic Office of the President and the State Secretariat for Economic Affairs and Enterprise Support. If it affects competition, the National Commission on Markets and Competition will also require a prior report.
From the data provided by the departments, there are 43 normative projects in which this post-evaluation is planned. Naturally, it is often the case that a certain project has to take into account several evaluation criteria, due to the range of measures it contemplates or its impact on numerous sectors or areas of action (p.ej. the project on comprehensive protection against gender-based violence).
The two most important causes that motivate the subsequent analysis are those referring to impact on administrative burdens and on the economy as a whole or on certain sectors. The rest of the causes that would justify the subsequent analysis are also alleged although in a lower number of occasions.
TOTAL NORMATIVE PROPOSALS: | 44 |
---|---|
Organic Laws:
|
4
|
Ordinary laws:
|
17
|
Royal Decrees:
|
23 |
TOTAL NORMATIVE PROPOSALS:
44
TOTAL NORMATIVE PROPOSALS:
44
TOTAL NORMATIVE PROPOSALS:
44
23
LEY ORGÁNICA POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 4/2000, DE 11 DE ENERO, DE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA Y SU INTEGRACIÓN SOCIAL
Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a las normas y procedimientos en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular.
Directiva (UE) 2016/801 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativa a los requisitos de entrada y residencia de los nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos y colocación au pair.
Coproponentes: Interior - Asuntos Exteriores y de Cooperación - Hacienda y Función Pública - Educación, Cultura y Deporte - Empleo y Seguridad Social
LEY ORGÁNICA SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES PARA FINES POLICIALES Y JUDICIALES PENALES
Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo.
Coproponentes: Interior - Justicia
LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 14/2013, DE 27 DE SEPTIEMBRE, DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN
Directiva (UE) 2016/801 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativa a los requisitos de entrada y residencia de los nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos y colocación au pair.
Coproponentes: Empleo y Seguridad Social - Asuntos Exteriores y de Cooperación - Interior - Economía, Industria y Competitividad
LEY SOBRE LA SEGURIDAD DE LAS REDES Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN
Directiva (UE) 2016/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión.
Coproponentes: Energía, Turismo y Agenda Digital - Presidencia del Gobierno - Interior - Presidencia y para las Administraciones Territoriales
LEY DE MODIFICACIÓN DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS Y OTRAS LEYES COMPLEMENTARIAS APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2007, DE 16 DE NOVIEMBRE
Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, por la que se modifican el Reglamento (CE) Nº 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE del Consejo.
Coproponentes: Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad - Justicia
REAL DECRETO SOBRE LA ACCESIBILIDAD DE LOS SITIOS WEB Y APLICACIONES PARA DISPOSITIVOS MÓVILES DEL SECTOR PÚBLICO
Directiva (UE) 2016/2102, de 26 de octubre de 2016, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del Sector Público.
Coproponentes: Hacienda y Función Pública - Energía, Turismo y Agenda Digital - Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
REAL DECRETO DE DESARROLLO DE LA LEY DE CRÉDITO INMOBILIARIO
Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de febrero de 2014 sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial, y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) nº 1093/2010.
Coproponentes: Economía, Industria y Competitividad - Justicia
REAL DECRETO POR EL QUE SE TRANSPONE PARCIALMENTE LA DIRECTIVA UE 2015/637 DEL CONSEJO, DE 20 DE ABRIL DE 2015, SOBRE LAS MEDIDAS DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN PARA FACILITAR LA PROTECCIÓN CONSULAR DE CIUDADANOS DE LA UNIÓN NO REPRESENTADOS EN TERCEROS PAÍSES Y POR LA QUE SE DEROGA LA DECISIÓN 95/553/CE
Directiva UE 2015/637 del Consejo, de 20 de abril de 2015, sobre las medidas de coordinación y cooperación para facilitar la protección consular de ciudadanos de la Unión no representados en terceros países y por la que se deroga la Decisión 95/553/CE.
LEY ORGÁNICA DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
Directiva 2014/57/UE sobre sanciones penales por abuso de mercado.
Directiva 2017/541/UE relativa a la lucha contra el terrorismo y por la que se sustituye la Decisión Marco2002/475/JAI, así como el Protocolo Adicional al Convenio del Consejo de Europa para la prevención del terrorismo.
Directiva 2017/1371/UE de 5 de julio de 2017 sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho Penal.
LEY PARA LA TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA (UE) 2016/943 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 8 DE JUNIO DE 2016, RELATIVA A LA PROTECCIÓN DE LOS CONOCIMIENTOS TÉCNICOS Y LA INFORMACIÓN EMPRESARIAL NO DIVULGADOS (SECRETOS COMERCIALES) CONTRA SU OBTENCIÓN, UTILIZACIÓN Y REVELACIÓN ILÍCITAS
Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas.
LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 27/2014, DE 27 DE NOVIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Directiva (UE) 2016/1164 del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior (ATAD).
Directiva (UE) 2017/952, del Consejo, de 29 de Mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva2016/1164, en lo que se refiere a las asimetrías híbridas con terceros países (ATAD II).
LEY ORGÁNICA SOBRE EL REGISTRO DE NOMBRE DE LOS PASAJEROS PARA LA PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ENJUICIAMIENTO DE DELITOS DE TERRORISMO Y DELINCUENCIA GRAVE
Directiva EU 2016/681 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de la delincuencia grave sobre datos PNR.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ARMAS, APROBADO POR EL REAL DECRETO 137/1993, DE 29 DE ENERO
Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo sobre el control de la adquisición y tenencia de armas.
LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 38/2015, DE 29 DE SEPTIEMBRE, DEL SECTOR FERROVIARIO Y DE APERTURA DEL MERCADO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS POR FERROCARRIL
Directiva (UE) 2016/797, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016 sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Unión Europea.
Directiva (UE) 2016/798, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, sobre la seguridad ferroviaria.
Directiva (UE) 2016/2370 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, que modifica la Directiva 2012/34/UE, en lo que atañe a la apertura del mercado de los servicios nacionales de transporte de viajeros por ferrocarril y a la gobernanza de las infraestructuras ferroviarias.
LEY POR LA QUE SE MODIFICA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL, APROBADO POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1996, DE 12 DE ABRIL, Y POR LA QUE SE INCORPORAN AL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL LA DIRECTIVA 2014/26/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 26 DE FEBRERO DE 2014 Y LA DIRECTIVA (UE) 2017/1564 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2017.
Transposición de las directivas de referencia, que tienen como objeto:
- Directiva 2014/26/UE. Garantizar el correcto funcionamiento de la gestión de los derechos de autor y los derechos afines a los derechos de autor por las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual y regular la concesión, por dichas entidades, de licencias multiterritoriales de derechos de autor sobre obras musicales para su utilización en línea.
- Directiva 2017/1564/UE. Facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, a fin de mejorar la disponibilidad y el intercambio transfronterizo de determinadas obras y otras prestaciones protegidas.
LEY DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS
Directiva (UE) 2015/2436, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas.
LEY POR LA QUE SE ESTABLECEN OBJETIVOS DE REDUCCIÓN DE EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO DURANTE EL CICLO DE VIDA DE LOS COMBUSTIBLES Y DE LA ENERGÍA SUMINISTRADA EN EL TRANSPORTE
Directiva 2009/30/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la Directiva 98/70/CE en relación con las especificaciones de la gasolina, el diésel y el gasóleo, se introduce un mecanismo para controlar y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, se modifica la Directiva 1999/32/CE del Consejo en relación con las especificaciones del combustible utilizado por los buques de navegación interior y se deroga la Directiva 93/12/CEE.
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA EL REAL DECRETO-LEY 16/2017, DE 17 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN DISPOSICIONES DE SEGURIDAD EN LA INVESTIGACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL MEDIO MARINO
Este real decreto completa la transposición de la Directiva 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y gas mar adentro y desarrolla el Real Decreto-Ley 16/2017, de 17 de noviembre, por el que se establecen disposiciones de seguridad en la exploración y explotación de hidrocarburos en medio marino, en lo relativo al contenido de los informes de riesgos graves, los planes internos y externos de emergencia, la política corporativa, el sistema de gestión de seguridad y el medio ambiente y los procedimientos de comunicación y autorización.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS
Directiva (UE) 2015/2436, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas.
REAL DECRETO SOBRE CONTROL Y RECUPERACIÓN DE FUENTES RADIACTIVAS HUÉRFANAS
Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de seguridad básica para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, y se derogan las Directivas 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom.
REAL DECRETO SOBRE REDUCCIÓN DEL CONSUMO DE BOLSAS DE PLÁSTICO Y POR EL QUE SE CREA EL REGISTRO DE PRODUCTORES DE PRODUCTOS (REPP)
Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras.
REAL DECRETO DE REDUCCIÓN DE EMISIONES NACIONALES DE DETERMINADOS CONTAMINANTES ATMOSFÉRICOS Y ELABORACIÓN DEL INVENTARIO NACIONAL DE PROYECCIONES DE EMISIONES
Directiva 2016/2284/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos por la que se modifica la Directiva 2003/35/CE y se deroga la Directiva 2001/81/CE.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL ANEXO I DE LA LEY 41/2010, DE 29 DE DICIEMBRE, DE PROTECCIÓN DEL MEDIO MARINO
Directiva 2017/845/UE de la Comisión, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 2008/56 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las listas indicativas de elementos que deben tomarse en consideración a la hora de elaborar estrategias marinas.
LEY DE DISTRIBUCIÓN DE SEGUROS Y REASEGUROS PRIVADOS
Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de Enero de 2016, sobre la distribución de seguros.
LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 10/2010, DE 28 DE ABRIL, DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
Directiva 849/2015 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
LEY DE TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA (UE) 2016/2341, DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 14 DE DICIEMBRE DE 2016, RELATIVA A LAS ACTIVIDADES Y LA SUPERVISIÓN DE LOS FONDOS DE PENSIONES DE EMPLEO
Directiva (UE) 2016/2341, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a las actividades y la supervisión de los fondos de pensiones de empleo.
Continuar con el desarrollo normativo iniciado por la Directiva 2003/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de Junio, relativa a las actividades y la supervisión de fondos de pensiones de empleo.
LEY DE TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2014/65/UE, REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES
Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE.
Directiva Delegada (UE) 2017/593 de la Comisión, de 7 de abril de 2016, por la que se complementa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a la salvaguarda de los instrumentos financieros y los fondos pertenecientes a los clientes, las obligaciones en materia de gobernanza de productos y las normas aplicables a la entrega o percepción de honorarios, comisiones u otros beneficios monetarios o no monetarios.
LEY DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS EN EL ÁMBITO FINANCIERO
Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo y por la que se modifica el Reglamento (CE) n o 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE (Directiva sobre resolución alternativa de litigios en materia de consumo).
LEY PARA LA TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2014/50/UE, DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 16 DE ABRIL DE 2014, RELATIVA A LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA REFORZAR LA MOVILIDAD DE LOS TRABAJADORES ENTRE ESTADOS MIEMBROS MEDIANTE LA MEJORA DE LA ADQUISICIÓN Y EL MANTENIMIENTO DE LOS DERECHOS COMPLEMENTARIOS DE PENSIÓN
Directiva 2014/50/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativa a los requisitos mínimos para reforzar la movilidad de los trabajadores entre estados miembros mediante la mejora de la adquisición y el mantenimiento de los derechos complementarios de pensión.
LEY SOBRE LA COMPARABILIDAD DE LAS COMISIONES CONEXAS A LAS CUENTAS DE PAGO, EL TRASLADO DE CUENTAS DE PAGO Y EL ACCESO A CUENTAS DE PAGO BÁSICAS
Directiva 2014/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la comparabilidad de las comisiones conexas a las cuentas de pago, el traslado de cuentas de pago y el acceso a cuentas de pago básicas.
LEY SOBRE SERVICIOS DE PAGO EN EL MERCADO INTERIOR
Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) no 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE.
REAL DECRETO DE DESARROLLO DE LA LEY DE TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2014/65/UE, REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES
Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE.
Directiva Delegada (UE) 2017/593 de la Comisión, de 7 de abril de 2016, por la que se complementa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a la salvaguarda de los instrumentos financieros y los fondos pertenecientes a los clientes, las obligaciones en materia de gobernanza de productos y las normas aplicables a la entrega o percepción de honorarios, comisiones u otros beneficios monetarios o no monetarios.
REAL DECRETO DE DESARROLLO DE LA LEY DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS EN EL ÁMBITO FINANCIERO
Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo y por la que se modifica el Reglamento (CE) n o 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE (Directiva sobre resolución alternativa de litigios en materia de consumo).
REAL DECRETO DE DESARROLLO DE LA LEY SOBRE SERVICIOS DE PAGO EN EL MERCADO INTERIOR
Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) no 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE.
REAL DECRETO DE TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA (UE) 2016/2341, DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 14 DE DICIEMBRE DE 2016, RELATIVA A LAS ACTIVIDADES Y LA SUPERVISIÓN DE LOS FONDOS DE PENSIONES DE EMPLEO
Directiva (UE) 2016/2341, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a las actividades y la supervisión de los fondos de pensiones de empleo.
REAL DECRETO PARA LA TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2014/50/UE, DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 16 DE ABRIL, DE 2014 RELATIVA A LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA REFORZAR LA MOVILIDAD DE LOS TRABAJADORES ENTRE ESTADOS MIEMBROS MEDIANTE LA MEJORA DE LA ADQUISICIÓN Y EL MANTENIMIENTO DE LOS DERECHOS COMPLEMENTARIOS DE PENSIÓN
Directiva 2014/50/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativa a los requisitos mínimos para reforzar la movilidad de los trabajadores entre estados miembros mediante la mejora de la adquisición y el mantenimiento de los derechos complementarios de pensión.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY 10/2010, DE 28 DE ABRIL, DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, APROBADO POR REAL DECRETO 304/2014, DE 5 DE MAYO
Directiva 849/2015 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE CALIDAD EN MEDICINA NUCLEAR
Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de seguridad básica para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, y se derogan las Directivas 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE CALIDAD EN RADIODIAGNÓSTICO
Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de seguridad básica para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, y se derogan las Directivas 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE CALIDAD EN RADIOTERAPIA
Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de seguridad básica para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, y se derogan las Directivas 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1343/2007, DE 11 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS Y ESPECIFICACIONES RELATIVAS AL SISTEMA DE CALIDAD DE LOS CENTROS Y SERVICIOS DE TRANSFUSIÓN
Directiva (UE) 2016/1214 de la Comisión, de 25 de julio de 2016, por la que se modifica la Directiva 2005/62/CE en lo que se refiere a las normas y especificaciones relativas a un sistema de calidad para los centros de transfusión sanguínea.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 140/2003, DE 7 DE FEBRERO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS SANITARIOS DE LA CALIDAD DEL AGUA DE CONSUMO HUMANO, Y LAS ESPECIFICACIONES DE LOS MÉTODOS DE ANÁLISIS DEL REAL DECRETO 1798/2010, DE 30 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA EXPLOTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE AGUAS MINERALES NATURALES Y AGUAS DE MANANTIAL ENVASADAS PARA CONSUMO HUMANO, Y DEL REAL DECRETO 1799/2010, DE 30 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL PROCESO DE ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE AGUAS PREPARADAS ENVASADAS PARA EL CONSUMO HUMANO
Directiva (UE) 2015/1787 de la Comisión, de 6 de octubre de 2015, por la que se modifican los anexos II y III de la Directiva 98/83/CE del Consejo, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 824/2010, DE 25 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULAN LOS LABORATORIOS FARMACÉUTICOS, LOS FABRICANTES DE PRINCIPIOS ACTIVOS DE USO FARMACÉUTICO Y EL COMERCIO EXTERIOR DE MEDICAMENTOS Y MEDICAMENTOS EN INVESTIGACIÓN
Directiva (UE) 2017/1572 de la Comisión, de 15 de septiembre de 2017, por la que se complementa la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los principios y directrices de las prácticas correctas de fabricación de los medicamentos de uso humano.
REAL DECRETO SOBRE LA JUSTIFICACIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL USO DE LAS RADIACIONES IONIZANTES PARA LA PROTECCIÓN RADIOLÓGICA DE LAS PERSONAS CON OCASIÓN DE EXPOSICIONES MÉDICAS
Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de seguridad básica para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, y se derogan las Directivas 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom.
The normative measures of the plan have been ordered first, following the hierarchical criterion, according to their rank. Secondly, within each category, the projects proposed jointly by several departments are listed first, sorted according to the driving department and with mention of the other co-proposing departments; followed by those proposed only by a single department. In both cases, the order of the proposing departments is determined by their mention in Royal Decree 415/2016, of 3 November, by which the ministerial departments are restructured.
The information on each normative project includes the title, followed by its purpose, purposes or main characteristics and, if it is part of the group of projects that are subject to a subsequent evaluation, the mention of the reason for it.
Ordered by Ministry of Initiative
INTERIOR
ORGANIC LAW ON THE PROCESSING OF PERSONAL DATA FOR CRIMINAL POLICE AND JUDICIAL PURPOSES
To incorporate Directive (EU) 2016/680 of the European Parliament and of the Council of 27 April 2016 on the protection of natural persons with regard to the processing of personal data by competent authorities for the purposes of the prevention, investigation, detection or prosecution of criminal offences or the enforcement of criminal penalties, and on the free movement of such data and repealing Council Framework Decision 2008/977/JHA.
This project sets out the rules for the processing of personal data by the competent authorities for the purposes of prevention, investigation, detection or prosecution of criminal offences or the enforcement of criminal penalties, including protection and prevention against threats to public security.
In addition, measures are laid down to ensure that the exchange by the competent authorities in the Union of such personal data collected for such purposes is not restricted or prohibited on grounds relating to their protection.
ORGANIC LAW AMENDING ORGANIC LAW 4/2000, OF 11 JANUARY, ON THE RIGHTS AND FREEDOMS OF FOREIGNERS AND FOREIGNERS IN SPAIN AND THEIR SOCIAL INTEGRATION
The amendment of Organic Law 4/2000, on the rights and freedoms of foreigners and foreigners in Spain and their social integration, which would affect both organic and ordinary precepts, pursues a twofold objective:
Specification of the content of the directive to be transposed: provisions relating to the admission of third-country nationals in the following categories: researchers, students, trainees and volunteers within the European Voluntary Service. It affects organic law 4/2000 in the regulation of the entry and stay of foreigners included in the subjective scope of the directive, when they do not fit in the cases of international mobility provided for in law 14/2013.
HEALTH, SOCIAL SERVICES AND EQUALITY
ORGANIC LAW AMENDING ORGANIC LAW 1/2004, OF 28 DECEMBER, ON COMPREHENSIVE PROTECTION MEASURES AGAINST GENDER VIOLENCE
To comply with the proposals included in the report prepared by the Sub-Commission for a State Pact on Gender Violence, created within the Equality Commission of the Congress of Deputies.
Compliance with international commitments, as well as those resulting from the signing of the State Pact on gender violence, will necessarily entail the modification of some provisions of Organic Law 1/2004, of December 28, on Comprehensive Protection Measures against Gender Violence, including article 1 that establishes the scope of application of the Law.
ORGANIC LAW FOR THE REFORM OF THE PENAL CODE
The normative initiative would have several objectives. First, to respond to the international obligations acquired by Spain; thus, Directive 2014/57/EU on criminal sanctions for market abuse should be transposed, which would entail the modification of the Penal Code to adapt it to the obligations imposed by the Directive in the pursuit of insider dealing and market abuse. In addition, Directive 2017/541/EU on combating terrorism and replacing Framework Decision 2002/475/JHA and the Additional Protocol to the Council of Europe Convention on the Prevention of Terrorism should also be transposed.
In turn, Directive 2017/1371/EU of 5 July 2017 on combating fraud affecting the financial interests of the Union through criminal law must be incorporated into our legislation. Likewise, specific adjustments must be made to bring criminal legislation into line with international treaties ratified by Spain or pending ratification (Council of Europe Convention on Combating Trafficking in Human Organs).
They are also objectives: to add some small reforms due to the previous transposition deficit and, finally, to debug the text of small errors with obsolete or inadequate references, which was dragging on after several far-reaching reforms.
ORGANIC LAW ON CRIMINAL PROSECUTION
To overcome the 19th century model in the criminal process, equating the system to the rest of European and American countries.
Attributing the direction of the investigation to the Public Prosecutor’s Office, unifying criteria throughout Spain.
Simplify the investigation procedure. Regulation of all research procedures.
Strengthen the guarantees of the presumption of innocence, the access of injured and investigated persons to the procedure.
Create the position of the judge of guarantees, who guarantees the rights of the parties during the investigation, try to carry out the proceedings denied by the prosecutor and decide on the opening of oral proceedings.
Reduce the number of special procedures, including one for the joint prosecution of minors and adults.
Consider the oral trial as the protagonist of the criminal process, subject to the principles of equality of arms and publicity. The test must be the one that determines the guilt.
Review and simplify the system of resources in criminal proceedings. Comprehensive regulation of criminal execution, which provides for the way in which the entire catalogue of penalties of the Penal Code is executed.
Adapt, as appropriate, Organic Law 6/1985, of 1 July, on the Judiciary in relation to the general objectives of the initiative mentioned above.
ORGANIC LAW REGULATING THE RIGHT TO DEFENCE
To develop the fundamental right to defense in those aspects common to all jurisdictions, enshrining in law some of the provisions contained in the Charter of Citizens’ Rights before Justice.
In particular, the specific purposes pursued are:
ORGANIC LAW AMENDING ORGANIC LAW 6/1985, OF 1 JULY, ON THE JUDICIARY, AMENDING THE SYSTEM FOR THE ELECTION OF MEMBERS OF THE GENERAL COUNCIL OF THE JUDICIARY.
To strengthen the independence of the institutions and, in particular, of the General Council of the Judiciary, mainly through the modification of the system of appointment of their members of the judiciary, making it possible for them to be elected by the judges themselves, as was initially reflected in the idea of the constituent.
In particular, the specific purposes pursued are:
GENERAL PENITENTIARY ORGANIC LAW
The significant changes in the profile of the prison population during these years, with the emergence of new forms of crime, such as so-called “political corruption” and jihadist terrorism, technological advances, new computer applications that lead to a model of e-government, make it necessary to adapt prison legislation to this new reality. In particular, it aims to address reforms that affect:
Requires Evaluation: Yes
Justification Evaluation: This rule must be subjected to an analysis of the results of its application, due to its relevant impact on constitutional rights and freedoms.
ORGANIC LAW ON THE REGISTRATION OF THE NAME OF PASSENGERS AND PASSENGERS FOR THE PREVENTION, INVESTIGATION AND PROSECUTION OF TERRORIST CRIMES AND SERIOUS CRIME
Transpose Directive EU 2016/681 of the European Parliament and of the Council of 27 April 2016 on the use of passenger name record (PNR) data for the prevention, detection, investigation and prosecution of terrorist offences and serious crime on PNR data, in order to establish a PNR system in Spain that allows adequate protection for the transfer by airlines of passenger name record (PNR) data, as well as the processing of such personal data, including their collection, use and retention by Member States, as well as the exchange of such data between Member States.
Ordered by Ministry of Initiative
EMPLOYMENT AND SOCIAL SECURITY
LAW AMENDING LAW 14/2013, OF 27 SEPTEMBER, ON SUPPORT FOR ENTREPRENEURS AND THEIR INTERNATIONALIZATION
Amend Law 14/2013, of 27 September, on support for entrepreneurs and their internationalization (BOE 28 September 2013), in accordance with the wording given by Law 25/2015, of 28 July (BOE 29 July).
Reason for the amendment: transposition of the content of Directive (EU) 2016/801 of the European Parliament and of the Council of 11 May 2016 on the conditions of entry and residence of third-country nationals for the purposes of research, studies, internships, volunteering, pupil exchange programmes or educational projects and au pair placement (OJ L 132 of 21 May).
Specification of the content of the Directive to be transposed: provisions relating to the admission of third-country nationals in the following categories: research staff, students, internships and volunteers within the European Voluntary Service. It affects Law 14/2013 in relation to its international mobility measures, which regulate the entry and stay in Spain of certain categories of foreigners or foreigners, whose qualification makes that entry/stay especially result in the economic growth of our country, its progress, and the internationalization of Spanish companies.
Deadline for transposition: May 23, 2018.
Co-proponents: FOREIGN AFFAIRS AND COOPERATION - INTERNAL AFFAIRS - ECONOMY, INDUSTRY AND COMPETITIVENESS
ENERGY, TOURISM AND DIGITAL AGENDA
LAW ON THE SECURITY OF NETWORKS AND INFORMATION SYSTEMS
Establish a set of general security obligations for companies that integrate as harmoniously as possible with the obligations arising from the regulations on personal data protection, on their specific activity and, where appropriate, on critical infrastructures, and that are as comparable as possible with those existing in the international arena.
Establish a clear structure in which the strategic policy and oversight competencies, as well as the operational functions of the Security Incident Response Teams (CSIRTs), are well defined.
Finally, to establish the bases of public-private cooperation.
Co-proponents: INTERNAL - PRESIDENCY AND FOR TERRITORIAL ADMINISTRATIONS
Requires Evaluation Yes
Justification Evaluation: Increase or decrease of administrative burdens for the recipients and recipients of the norm that is significant for the volume of population affected or for influencing priority economic or social sectors.
AGRICULTURE AND FISHERIES, FOOD AND THE ENVIRONMENT
LAW ON CLIMATE CHANGE AND ENERGY TRANSITION
Establish a regulatory framework that reflects medium- and long-term greenhouse gas emission reduction targets and energy targets.
Co-proponents: ENERGY, TOURISM AND DIGITAL AGENDA
Requires Evaluation: Yes
Justification Evaluation: Impact on the economy as a whole or on key sectors of the economy.
ECONOMY, INDUSTRY AND COMPETITIVENESS
LAW ON THE RATIONALIZATION AND MANAGEMENT OF MARKET SUPERVISORY BODIES AND FOR THE IMPROVEMENT OF THEIR GOVERNANCE
The norm aims to reorder the institutional architecture of competition advocacy and supervision in the economic and financial sphere in Spain, with the ultimate aim of improving the system of economic governance.
Co-proponents: PROMOTION, AND ENERGY, TOURISM AND DIGITAL AGENDA
HEALTH, SOCIAL SERVICES AND EQUALITY
LAW AMENDING THE CONSOLIDATED TEXT OF THE GENERAL LAW FOR THE DEFENSE OF CONSUMERS AND USERS AND OTHER COMPLEMENTARY LAWS APPROVED BY ROYAL LEGISLATIVE DECREE 1/2007, OF 16 NOVEMBER
To transpose Directive (EU) 2015/2302 of the European Parliament and of the Council of 25 November 2015 on package travel and linked travel services, amending Regulation (EC) No 2006/2004 and Directive 2011/83/EU of the European Parliament and of the Council and repealing Council Directive 90/314/EEC, with the aim, inter alia, of increasing the protection of travellers from the use of the Internet as an increasingly important means, through which travel services are offered, sold or provided.
Co-proponents: JUSTICE
Requires Evaluation: Yes
Justification Evaluation: From a strictly budgetary perspective, the draft law does not imply an increase in expenditure or a decrease in any income for the State Public Treasury.
It will mean a change in the administrative burdens.
Foreseeable conflict with the Autonomous Communities.
Significant effects on market unity, competition, competitiveness or small and medium-sized enterprises.
LAW AMENDING LAW 1/2000, OF 7 JANUARY, ON CIVIL PROSECUTION IN MATTERS OF EXECUTION, STREAMLINING OF PROCEDURES AND PROMOTION OF MEDIATION
The general objective of the reform is an amendment to Law 1/2000, of 7 January, on Civil Procedure, which aims to:
The introduction of a series of improvements aimed at improving the enforcement of judgments, such as those relating to the unification and simplification of enforcement procedures.
Simplification and streamlining of civil proceedings.
The improvement of the system of notifications, execution and judicial auction.
The possible non-embargability of minimum social aid for people at risk of social exclusion.
The revision of procedural legislation in the light of the jurisprudence of the Court of Justice of the European Union and Community regulations in force to make the necessary adjustments.
Requires Evaluation: Yes
Justification Evaluation: To know, through the monitoring statistics, whether the objectives pursued are achieved: shorten processing times, improve the execution percentages of sentences, increase the number of mediations and, as an indirect effect, reduce litigation.
LAW APPROVING THE ORGANIC STATUTE OF THE PUBLIC PROSECUTOR
To comply with the commitments made by Spain and the recommendations made by the GRECO Group of the Council of Europe, granting greater autonomy to the Public Prosecutor’s Office, as well as the technical improvement of the current regime of the Public Prosecutor’s Office and modernizing some aspects that have been outdated in the regulations in force so far. In particular, to regulate the principles of operation of the Public Prosecutor’s Office, specifically to regulate certain procedures, specialization of the Public Prosecutor’s Office, among other aspects.
LAW ON MODERNIZATION OF OBLIGATIONS AND CONTRACTS
Promotion of the modernization of the Spanish law of obligations and contracts based on two axes:
Updating the regime of the bases of the obligations and contracts to be contained in Book IV of the Civil Code. This is based on the proposal of the Civil Law Section of the General Codification Commission for the modernization of the law of obligations and contracts, published by the Ministry of Justice in 2009.
New Commercial Code, with the general rules of commercial obligations and contracts, which will be duly revised taking into account the observations contained in the Opinion of the Council of State of 29 January 2015.
Among the measures that can be contemplated to modernize and rationalize the law of obligations and contracts, are:
Provide sufficient treatment of actions in the event of non-compliance, partial or defective compliance and, in general, contractual liability. Addressing these factors will provide legal certainty and produce a dynamising effect on the economy.
Provide a systematic regulation of representation, which until now is built on principles extracted from the regulation of various institutions, fundamentally from the mandate contract.
To replace the absence of a regulation of the contractual phases, in particular the pre-contract and clarify the legal consequences that the negotiation between the parties may have, demanding that it be presided over by good faith (with consequent responsibility, if not) to favor the contracting.
Facilitate the formation of contracts through a new regulation, especially through the crossing of offers and acceptances.
To regulate appropriately the modification of the contract due to extraordinary circumstances that have occurred, which will provide the relationship with legal security, in such a way as to prevent discretionary decisions.
And, finally, to modernise the regulation of typical contracts, such as the sale, the contract of services, the contract of works, the comodato or the loan to accommodate it to the economic and social reality.
LAW AMENDING THE CIVIL CODE AND THE CIVIL PROCEDURE LAW ON DISABILITY
To complete the adaptation of our legal system to the International Convention on the Rights of Persons with Disabilities, done in New York on December 13, 2006, which advocates, at the civil level, equality in the exercise of the capacity to act by persons with disabilities and the change from a system of substitution in decision-making to a system of assistance in decision-making that respects the autonomy, will and preferences of the person.
Introduce a change of terminology and limit the guardianship regime to minors who are not emancipated and not subject to parental authority. Regulate institutions to support persons with disabilities, such as curatorship, legal counsel and de facto guardianship.
The same initiative should incorporate appropriate amendments to the Civil Procedure Act or the Voluntary Jurisdiction Act, in line with the objectives of the standard.
LAW FOR THE TRANSPOSITION OF DIRECTIVE (EU) 2016/943 OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL OF 8 JUNE 2016 ON THE PROTECTION OF UNDISCLOSED KNOW-HOW AND BUSINESS INFORMATION (TRADE SECRETS) FROM UNLAWFUL ACQUISITION, USE AND DISCLOSURE
Its purpose is to ensure the smooth functioning of the internal market by establishing a sufficient and comparable level of judicial protection throughout the internal market for cases of unlawful acquisition, use or disclosure of a trade secret. It is necessary to lay down rules approximating the laws of the Member States in order to ensure a sufficient and consistent level of civil legal protection throughout the internal market for the cases indicated, without prejudice to the possibility for Member States to offer broader protection.
The directive contains rules on protection against the unlawful acquisition, use and disclosure of trade secrets which may not be invoked to restrict the freedom of establishment, the free movement of workers or the mobility of workers and which also do not affect the possibility for employers and workers to conclude agreements limiting competition between them.
LAW ON REFORM OF THE CONDITIONS OF ACCESS AND EXERCISE OF THE PROFESSIONS OF LAWYER AND PROCURATOR OF THE COURTS, AMENDING LAW 2/2007, OF 15 MARCH, ON PROFESSIONAL SOCIETIES, LAW 34/2006, OF 30 OCTOBER, ON ACCESS TO THE PROFESSIONS OF LAWYER AND PROCURATOR OF THE COURTS, AND ROYAL DECREE-LAW 5/2010, OF 31 MARCH, EXTENDING THE VALIDITY OF CERTAIN TEMPORARY ECONOMIC MEASURES
The main objective of the proposed reform is to better comply with the mandate of Law 34/2006, of 30 October, on access to the professions of Lawyer and Prosecutor of the Courts, by strengthening the practical evaluation, so as to ensure that specialized training meets the objective of providing future lawyers and prosecutors of the courts with professional training prior to the exercise that goes beyond obtaining a university degree.
To this end, the design of the current test is improved, so that it allows to introduce on the one hand the notes of practical evaluation and orality in it and, on the other hand, reduces the excessively broad composition of the evaluation committees.
LAW AMENDING LAW 27/2014, OF 27 NOVEMBER, ON CORPORATION TAX
The transposition of Community anti-tax avoidance directives: Directive 2016/1164 of 12 July 2016, ATAD and Council Directive 2017/952 of 29 May 2017 amending Directive 2016/1164 as regards hybrid asymmetries with third countries (ATAD II).
The fundamental objective is to transpose into Spanish law the five main measures provided for in these Directives to adapt those already existing in the Law:
STATE GENERAL BUDGET LAW FOR 2018
Prepare the draft Law on General Budgets of the State for the year 2018, which will be sent by the Government to the General Courts as a draft law.
LAW ON GENERAL STATE BUDGETS FOR 2019
Prepare the draft Law on General Budgets of the State for the year 2019, which will be sent by the Government to the General Courts as a draft law.
LAW AMENDING THE CONSOLIDATED TEXT OF THE REAL ESTATE LAND REGISTRY LAW, APPROVED BY ROYAL LEGISLATIVE DECREE 1/2004, OF 5 MARCH
Achievement of greater efficiency in the maintenance of cadastral information, as well as simplification in administrative procedures and their normalization with the ultimate purpose of reducing burdens to citizens.
LAW AMENDING LAW 22/2009, OF 18 DECEMBER, WHICH REGULATES THE SYSTEM OF FINANCING THE AUTONOMOUS COMMUNITIES OF COMMON SYSTEM AND CITIES WITH AUTONOMOUS STATUS AND MODIFIES CERTAIN TAX RULES.
The purpose of this Act is to bring the system of autonomous financing into line with the current system of decentralization of competencies, the sustainable maintenance of the benefits of the Welfare State, to specify in terms of financing the essential aspects of equity, to guarantee the principle of financial sufficiency for the proper exercise of competencies and provision of essential public services and to deepen the principle of co-responsibility.
LAW TO REFORM THE CONSOLIDATED TEXT OF THE LAW REGULATING LOCAL FARMS, APPROVED BY ROYAL LEGISLATIVE DECREE 2/2004, OF 5 MARCH.
Adapt the local financing system to the current competition regime. In this regard, it is considered that financing mechanisms appropriate to the diversity in the reality of local entities should be articulated. Within this differentiation, a financing system must be ensured in any case that allows the competences that correspond to local entities to be addressed and exercised for the benefit of citizens.
LAW AMENDING LAW 38/2015, OF 29 SEPTEMBER, ON THE RAILWAY SECTOR AND OPENING THE MARKET FOR PASSENGER AND PASSENGER TRANSPORT BY RAIL
This initiative will result in the transposition of the so-called “fourth railway package” to promote competition and innovation and implement reforms derived from it and in particular, to apply the technical pillar composed of Regulation (EU) 2016/796, Directive (EU) 2016/797 (Recast of Directive 2008/57/EC) and Directive (EU) 2016/798 (Recast of Directive 2004/49/EC); and also to apply Regulation (EU) 2016/2338 amending Regulation (EU) 1370/2007, Directive 2370/2016
LAW AMENDING LAW 48/1960 OF 21 JULY ON AIR NAVIGATION
Establish mechanisms to coordinate the needs of air security with those of airport planning of airports of general interest.
LAW AMENDING THE CONSOLIDATED TEXT OF THE INTELLECTUAL PROPERTY LAW, APPROVED BY ROYAL LEGISLATIVE DECREE 1/1996, OF 12 APRIL, AND INCORPORATING INTO THE SPANISH LEGAL ORDER DIRECTIVE 2014/26/EU OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL, OF 26 FEBRUARY 2014 AND DIRECTIVE (EU) 2017/1564 OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL, OF 13 SEPTEMBER 2017.
Transposition of the reference directives, which aim to:
LAW PARTIALLY AMENDING LAW 17/2001, OF 7 DECEMBER, ON TRADEMARKS
By partially amending the Trademark Act, this Act incorporates Directive (EU) 2015/2436 of the European Parliament and of the Council of 16 December 2015 on the approximation of the laws of the Member States relating to trademarks.
Directive (EU) 2015/2436 applies to trade marks for goods or services which, as an individual trade mark, a guarantee mark or a certification mark or a collective mark, have been the subject of registration or application for registration in a Member State or the Benelux Intellectual Property Office or have been the subject of an international registration which takes effect in a Member State.
This European standard has the following two main objectives:
Requires Evaluation: Yes
Justification Evaluation: Both a substantial increase in staff costs and a reduction in administrative burdens are expected.
LAW REGULATING CERTAIN ASPECTS OF ELECTRONIC TRUST SERVICES
The objective of this law is to replace Law 59/2003, of 19 December, on electronic signatures, with a new Law that conforms to Regulation (EU) No 910/2014 of the European Parliament and of the Council, of 23 July 2014, on electronic identification and trust services for electronic transactions in the internal market.
Law 59/2003, 19 December, which is the transposition into Spanish law of Directive 1999/93/EC, has been legally displaced by Regulation (EU) 910/2014 of the European Parliament and of the Council, of 23 July 2014, in everything that has been regulated in it. But it remains in force in everything that does not oppose Regulation (EU) 910/2014 of the European Parliament and of the Council, of 23 July 2014.
This situation poses the following problems that are intended to be solved:
Situations of legal uncertainty: these arise from the transition to the new Community legislative framework and may arise as a result of differences in the interpretation of the applicable rules.
This is the case with the electronic certificates of legal persons and entities without legal personality, which Regulation (EU) 910/2014 of the European Parliament of the Council of 23 July 2014 does not accept, as well as with the obligations of those providing unqualified services, which the Regulation does not allow to be subject to a prior authorisation regime.
Regulatory gaps: the intention is to avoid a gap in the application of Law 59/2003, of 19 December, to trust services other than electronic signatures (which Regulation (EU) 910/2014 of the European Parliament and of the Council, of 23 July 2014, regulates, in particular, with regard to the sanctioning regime, which cannot be applied analogically to them.
LAW ESTABLISHING TARGETS FOR THE REDUCTION OF GREENHOUSE GAS EMISSIONS DURING THE LIFE CYCLE OF FUELS AND ENERGY SUPPLIED IN TRANSPORT
The draft law aims to establish the obligation to reduce the intensity of greenhouse gas emissions during the life cycle of fuels and energy supplied in transport. In this way, Directive 2009/30/EC of the European Parliament and of the Council of 23 April 2009 would be incorporated into the Spanish legal system.
This directive introduces a new Article 7a in the aforementioned Directive 98/70/EC of 13 October 1998, establishing that, by 31 December 2020, greenhouse gas emissions during the life cycle per unit energy of the fuel or energy supplied in transport should have been reduced to 10 per cent, 6 per cent on a compulsory basis and the remaining 4 per cent on an indicative basis, compared to the average level of greenhouse gas emissions per unit energy of fossil fuels used in the European Union in 2010 (94.1 C02eq/MJ).
The aforementioned objective must be met through the use of biofuels that meet the criteria of sustainability, alternative fuels and reductions in torch burning and venting at sites.
The Act also incorporates Annex II to Council Directive (EU) 2015/652 of 20 April 2015 laying down calculation methods and reporting requirements pursuant to Directive 98/70/EC of the European Parliament and of the Council on the quality of petrol and diesel fuels. Annex II sets the average level of greenhouse gas emissions per unit of energy derived from fossil fuels used in the European Union in 2010, the value of which is 94.1 g C02eq/MJ.
LAW ESTABLISHING THE PENALTIES FOR THE BREEDING, TRADING AND ENTRY INTO SPAIN OF PUREBRED BREEDING ANIMALS, HYBRID BREEDING PIGS AND THEIR REPRODUCTIVE MATERIAL
To approve the penalty regime provided for in Article 52 of Regulation (EU) 2016/1012 of the European Parliament and of the Council of 8 June 2016 on zootechnical and genealogical conditions for the rearing, trade in and entry into the Union of purebred breeding animals, hybrid breeding pigs and their reproductive material and amending Regulation (EU) No 652/2014 and Council Directives 89/608/EEC and 90/425/EEC and repealing certain acts in the field of animal rearing (‘the Animal Rearing Regulation’).
LAW AMENDING LAW 1/2005, OF 9 MARCH, REGULATING THE SCHEME OF GREENHOUSE GAS EMISSION ALLOWANCE TRADING
To amend Law 1/2005, of 9 March, which regulates the regime of greenhouse gas emission allowance trading as regards the sanctioning regime. The thresholds of the fines to be imposed are modified according to the seriousness of the conduct in order to adapt the current wording to the accumulated experience and the time limit for processing and resolving these files is extended.
LAW ON CREDIT UNIONS
Update the legal regime of credit unions after more than twenty years of evolution of the financial sector since the approval of its bedside rule.
Introduce improvements in relation to social contributions to improve their prudential treatment.
Requires Evaluation: Yes
Justification Evaluation: Impact on the economy as a whole or on key sectors of the economy.
LAW ON THE COMPARABILITY OF FEES RELATED TO PAYMENT ACCOUNTS, TRANSFER OF PAYMENT ACCOUNTS AND ACCESS TO BASIC PAYMENT ACCOUNTS
This law aims to transpose Directive 2014/92/EU of the European Parliament and of the Council of 23 July 2014 on the comparability of related fees to payment accounts, the transfer of payment accounts and access to basic payment accounts.
LAW TRANSPOSING DIRECTIVE 2014/65/EU, REGULATING THE SECURITIES MARKET
This rule shall also include the transposition into law of Commission Delegated Directive (EU) 2017/593 of 7 April 2016 supplementing Directive 2014/65/EU of the European Parliament and of the Council with regard to the safeguarding of financial instruments and funds belonging to customers or customers, product governance obligations and rules applicable to the delivery or receipt of fees, commissions or other monetary or non-monetary benefits.
LAW AMENDING LAW 11/2015, OF 18 JUNE, ON THE RECOVERY AND RESOLUTION OF CREDIT INSTITUTIONS AND INVESTMENT SERVICE COMPANIES
Adapt the current Law 11/2015, of 18 June, on the recovery and resolution of credit institutions and investment services companies, to the future amendments of Directive 2014/59/EU of the European Parliament and of the Council, of 15 May 2014, establishing a framework for the restructuring and resolution of credit institutions and investment services companies, which are currently being negotiated in the Council and which may be concluded in 2018.
LAW ON THE INSTITUTIONAL SYSTEM FOR OUT-OF-COURT SETTLEMENT OF DISPUTES IN THE FINANCIAL FIELD
This law aims to establish an institutional system of out-of-court resolution of conflicts between financial institutions and their clients, through the establishment of appropriate institutions and procedures to resolve in a simple, agile, effective, affordable and impartial manner the complaints, claims and consultations of clients and clients, and the promotion of financial education.
LAW ON PAYMENT SERVICES IN THE INTERNAL MARKET
This law is intended to transpose Directive (EU) 2015/2366 of the European Parliament and of the Council of 25 November 2015 on payment services in the internal market and amending Directives 2002/65/EC, 2009/110/EC and 2013/36/EU and Regulation (EU) No 1093/2010 and repealing Directive 2007/64/EC.
LAW AMENDING LAW 10/2010, OF 28 APRIL, ON THE PREVENTION OF MONEY LAUNDERING AND TERRORIST FINANCING
Transpose the remaining elements of Directive 849/2015 on the prevention of money laundering and terrorist financing. They mainly refer to the maximum limits of sanctions to be applied for non-compliance with preventive regulations, the development of mechanisms to encourage individual complaints of non-compliance with regulations, and some other technical adjustments.
LAW FOR THE TRANSPOSITION OF DIRECTIVE 2014/50/EU OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL OF 16 APRIL 2014 ON MINIMUM REQUIREMENTS FOR STRENGTHENING THE MOBILITY OF WORKERS BETWEEN MEMBER STATES BY IMPROVING THE ACQUISITION AND MAINTENANCE OF SUPPLEMENTARY PENSION RIGHTS
LAW TRANSPOSING DIRECTIVE (EU) 2016/2341 OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL OF 14 DECEMBER 2016 ON THE ACTIVITIES AND SUPERVISION OF OCCUPATIONAL PENSION FUNDS
Requires Evaluation: Yes
Justification Evaluation: Impact on administrative burdens linked to this regulatory framework
PRIVATE INSURANCE AND REINSURANCE DISTRIBUTION LAW
LAW ON NON-ALCOHOLIC MINORS
Adopt effective preventive measures to avoid the problems associated with the consumption of alcohol by minors, or at least reduce its dimension and effects in order to make fully effective the protection of the right to health of minors and the effective protection of public health entrusted to the Public Administrations by Article 43 of the Spanish Constitution.
Requires Evaluation: Yes
Justification Evaluation: Relevant impact on childhood and adolescence or on the family.
LAW AMENDING THE CONSOLIDATED TEXT OF THE LAW ON GUARANTEES AND RATIONAL USE OF MEDICINES AND MEDICAL DEVICES, APPROVED BY ROYAL LEGISLATIVE DECREE 1/2015, OF 24 JULY
Modify the current system of fees of the Spanish Agency of Medicines (AEMPS), in order to: adapt them to the changes established at European level, adapt them in quantity to the cost of the corresponding services and eliminate some of them that, at present, are adapted to the concept of public price.
Modify the wording of several articles in order to adapt them to the European regulations on safety devices for medicinal products for human use (Delegated Regulation EU 2016/161 of 2 October 2015) and, in particular, the articles referring to administrative infringements. Likewise, the need to improve the wording of some articles has been noted, in order to provide greater clarity to them.
Incorporate the possibility of requiring only a responsible declaration in cases of medical devices in which their advertising cannot be expected to have a negative impact on health.
Update the medical device regime in accordance with the new European Medical Device Regulations.
Requires Evaluation: Yes
Justification Evaluation: The rule, when modifying the Agency’s fee system, must be subject to an analysis of the results of its application taking into account the increase or reduction of administrative burdens for the recipients and recipients of the same (Art. 3.1.h of RD 286/2017, of 24 March).
LAW ESTABLISHING THE SANCTIONING REGIME PROVIDED FOR IN REGULATION (EU) NO 528/2012 OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL OF 22 MAY 2012 CONCERNING THE MARKETING AND USE OF BIOCIDAL PRODUCTS AND AMENDING ARTICLE 33 OF LAW 53/2002 OF 30 DECEMBER ON FISCAL, ADMINISTRATIVE AND SOCIAL ORDER MEASURES
To comply with two mandates of Regulation (EU) No 528/2012 of the European Parliament and of the Council of 22 May 2012 concerning the marketing and use of biocidal products. Although the regulation is directly applicable in the countries of the European Union, it is necessary to regulate at national level the aspects that the European standard leaves to the discretion of the Member States. The proposed rule aims to:
Ordenadas por Ministerio de Iniciativa
ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 794/2010, DE 16 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULAN LAS SUBVENCIONES Y AYUDAS EN EL ÁMBITO DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Adaptación de las subvenciones y ayudas de cooperación internacional a la Ley 39/2015 de 1 de octubre, a la realidad de los beneficiarios cuando integran el sector público extranjero o son organizaciones u organismos internacionales y al desarrollo de nuevos instrumentos de cooperación, en particular la gestión de fondos de la Unión Europea (cooperación delegada).
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 597/2015, DE 3 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL FONDO PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO
Adaptación del citado Real Decreto a las exigencias operativas de funcionamiento del FONPRODE derivadas de los nuevos Acuerdos Marcos de Cofinanciación con Instituciones financieras multilaterales, así como de la necesidad de flexibilización y armonización de procesos y procedimientos con otras instituciones financieras de desarrollo europeas, para un mejor aprovechamiento y colaboración en temas de cooperación delegada y operaciones de blending con fondos de la Unión Europea.
Coproponentes: ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1460/2009, DE 28 DE SEPTIEMBRE, SOBRE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO
Actualización normativa a las nuevas necesidades detectadas tras casi 10 años desde su aprobación.
Actualización normativa del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS) a la luz de las nuevas necesidades detectadas fundamentalmente con la actualización de objetivos del Fondo en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), de las entidades implicadas (Departamento del FCAS, SECIPIC, DGPOLDES), de la composición de los órganos de gestión (Comité Ejecutivo), atendiendo a la incorporación de nuevos actores, adecuando, en su caso, la gestión financiera del fondo.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO PARA LA ADAPTACIÓN DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO (AECID) A LA LEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO
La “Agencia estatal” ya no es una de las formas organizativas previstas para el sector público institucional estatal, y se requiere un real decreto que adapte la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) a la Ley 40/2015, de 1 de octubre y opere modificaciones de carácter organizacional.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE SUPRIMEN Y CREAN DETERMINADOS ÓRGANOS DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO EN EL EXTERIOR
Adecuación de la estructura exterior de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) a las necesidades de la política de cooperación internacional para el desarrollo.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 173/2004, DE 30 DE ENERO, POR EL QUE SE REESTRUCTURA LA COMISIÓN NACIONAL ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN CON LA UNESCO
Adaptación de los órganos de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la Unesco.
Coproponentes: EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL INSTITUTO CERVANTES
Adaptación del Instituto Cervantes en una entidad de las que integran el sector público institucional estatal según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Modificación de la redacción del artículo 7 del Reglamento del Instituto Cervantes, de modo que se incluya un nuevo apartado que recoja entre sus actividades la de reunir y ordenar los recursos terminológicos y lenguajes de especialidad en español, en colaboración con las instituciones españolas y de países hispanohablantes, y fomentar su difusión.
Coproponentes: HACIENDA Y FNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA COMPOSICIÓN Y SE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN INTERMINISTERIAL DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRATADOS Y OTROS ACUERDOS INTERNACIONALES
El objetivo de este proyecto de real decreto es establecer la composición y el funcionamiento de la Comisión interministerial de coordinación en materia de tratados y otros acuerdos internacionales como órgano colegiado de intercambio de información y coordinación de los departamentos ministeriales. Dicha Comisión fue creada por el artículo 6 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, en el cual también se indica que su composición y funcionamiento se determinarán reglamentariamente.
Coproponentes: PRESIDENCIA Y PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES
DEFENSA
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, APROBADO POR REAL DECRETO 1314/2005, DE 4 DE NOVIEMBRE
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Posible incidencia en el coste presupuestario.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS PENSIONES E INDEMNIZACIONES DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO A LOS MILITARES DE COMPLEMENTO Y A LOS MILITARES PROFESIONALES DE TROPA Y MARINERÍA
Necesidad de acometer una nueva regulación de los derechos pasivos del personal militar no permanente incluido en el Régimen de Clases Pasivas una vez consolidada la profesionalización de las Fuerzas Armadas.
Acercar la acción protectora de clases pasivas a la protección establecida en el Régimen General de la Seguridad Social tras la integración del colectivo en dicho Régimen (1 de enero de 2011).
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1932/1998, DE 11 DE SEPTIEMBRE, DE ADAPTACIÓN DE LOS CAPÍTULOS III Y V DE LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, AL ÁMBITO DE LOS CENTROS Y ESTABLECIMIENTOS MILITARES
Adaptar el Real Decreto 1932/1998, de 11 de septiembre, a la nueva regulación contenida en el Real Decreto 1084/2014, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 67/2010, de 29 de enero, de adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 925/2015, DE 16 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL ESTATUTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TÉCNICA AEROESPACIAL «ESTEBAN TERRADAS»
Adaptación del Estatuto del citado organismo autónomo a la normativa vigente.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO SOBRE PROCEDIMIENTO, CONDICIONES Y ALCANCE DEL RECONOCIMIENTO DE LAS PRESTACIONES DE INCAPACIDAD PERMANENTE PARA EL PERSONAL DE LOS FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO DERIVADO DE SU INCLUSIÓN EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Aprobación de una norma que regule la debida coordinación entre el Régimen General de la Seguridad Social con el Régimen Especial de los Funcionarios Civiles del Estado en el reconocimiento de las prestaciones de incapacidad permanente.
Coproponentes: EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
REAL DECRETO REFERIDO A LA REUTILIZACIÓN DE INFORMACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO
Desarrollo de la Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.
Coproponentes: EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE - ENERGÍA, TURISMO Y AGENDA DIGITAL - PRESIDENCIA Y PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: La evaluación examinará el impacto de la norma sobre la economía en su conjunto o sobre sectores destacados de la misma.
REAL DECRETO SOBRE LA ACCESIBILIDAD DE LOS SITIOS WEB Y APLICACIONES PARA DISPOSITIVOS MÓVILES DEL SECTOR PÚBLICO
Esta norma supondrá la transposición al derecho interno español de la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de diciembre de 2016, sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público.
Esta norma establecerá unos requisitos mínimos de accesibilidad obligatorios. Se impone la elaboración, actualización periódica y publicación de una declaración de accesibilidad sobre la conformidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles. Se crea un mecanismo de comunicación que permita a cualquier usuario informar de la existencia de incumplimientos de los requisitos de accesibilidad, formular quejas y plantear sugerencias. También establece un sistema de seguimiento y presentación de informes periódicos a la Comisión Europea.
La fecha límite para transponer la Directiva es el 23 de septiembre de 2018.
Coproponentes: ENERGÍA, TURISMO Y AGENDA DIGITAL - SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA ADMINISTRACIÓN DEL MECD EN EL EXTERIOR
La adecuación de la Administración educativa en el exterior a las nuevas necesidades y orientaciones emanadas del Plan Estratégico en elaboración.
Coproponentes: EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
INTERIOR
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GUARDIA CIVIL
Completar el Estatuto Profesional del guardia civil, al reunir en una sola norma los principios básicos de actuación y las reglas esenciales que definen el comportamiento del guardia civil y que constituyen su código de conducta.
Coproponentes: DEFENSA
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 12/2009, DE 30 DE OCTUBRE, REGULADORA DEL DERECHO DE ASILO Y DE LA PROTECCIÓN SUBSIDIARIA
Se refuerzan las garantías y derechos de los solicitantes y beneficiarios de protección internacional, prestando especial atención a aquellos en situación de especial vulnerabilidad con necesidades particulares. Además, regula de manera pormenorizada la tramitación de las solicitudes de protección internacional, recogiendo el papel de los distintos operadores jurídicos que intervienen a lo largo de la tramitación del procedimiento.
Coproponentes: ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN - JUSTICIA - HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA - EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - PRESIDENCIA Y PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES
FOMENTO
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 184/2008, DE 8 DE FEBRERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL ESTATUTO DE LA AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AÉREA
Adaptación a las disposiciones de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y modificaciones de carácter organizacional.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Es necesaria su evaluación para analizar el impacto en la economía y en el sector.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL ENAIRE
Adecuar los Estatutos de la entidad pública empresarial a sus funciones efectivas, tras la segregación de la gestión de los aeropuertos (gestionados por Aena S.A.), y atendiendo a la normativa comunitaria de aplicación.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL ESTATUTO DE SEPES ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL DE SUELO (SEPES), APROBADO POR EL REAL DECRETO 1525/1999, DE 1 DE OCTUBRE
Adaptación del Estatuto de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES) al contenido de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RENFE-OPERADORA
Adaptación del Estatuto de la entidad pública empresarial RENFE-Operadora a la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario y a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como a la estructura actual de aquélla como cabecera del Grupo Empresarial integrado por las diferentes sociedades creadas al amparo del Real Decreto Ley 22/2012, de 20 de julio, por el que se adoptan medidas en materia de infraestructuras y servicios ferroviarios.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE AUTORIZA A RENFE-OPERADORA PARA LA FORMALIZACIÓN DE GARANTÍAS A TRAVÉS DE LA SUSCRIPCIÓN DE CARTAS DE CONFORMIDAD O DE PATROCINIO SOLICITADAS POR LAS ENTIDADES FINANCIERAS EN RELACIÓN CON LAS SOCIEDADES DE INTEGRACIÓN DEL FERROCARRIL
Asegurar el otorgamiento de cartas de conformidad o de patrocinio en favor de sociedades de integración del ferrocarril.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS AERONÁUTICOS
Adaptar los estatutos vigentes de la Corporación al nuevo marco regulador de los Colegios Profesionales, operado tras la incorporación al Derecho interno de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS ESTATUTOS GENERALES DE LOS COLEGIOS OFICIALES DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA Y DE SU CONSEJO GENERAL
Adaptar los estatutos vigentes de la Corporación al nuevo marco regulador de los Colegios Profesionales, operado tras la incorporación al Derecho interno de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL CÓDIGO ESTRUCTURAL
Establecer los requisitos exigibles a las estructuras de hormigón, acero y mixtas de hormigón y acero, tanto de edificación como de ingeniería civil, para su proyecto, ejecución y control, aportando un procedimiento para su cumplimiento, y estableciendo la posibilidad de aplicar otros métodos y procedimientos para el cumplimiento de dichos requisitos.
Coproponentes: ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD
EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
REALES DECRETOS POR LOS QUE SE ESTABLECEN O SE MODIFICAN CUALIFICACIONES PROFESIONALES
Se establecen o modifican cualificaciones profesionales.
Coproponentes: EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES
Modificar la estructura actual y diseñar una nueva estructura y organización de competencias que permita alcanzar los fines del Instituto de la forma más eficaz posible y mejorar la calidad de los servicios prestados.
Igualmente se reforzará la proyección exterior, con dos líneas de actuación diferenciadas, la representación institucional y las acciones de dinamización de la distribución de las obras cinematográficas en el exterior. Finalmente se realizará una modificación en las funciones encomendadas a la Filmoteca Española al objeto de impulsar su actividad.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LOS ESTATUTOS DEL CSD Y DE LA AEPSAD PARA SU ADECUACIÓN A LO ESTABLECIDO EN EL REAL DECRETO-LEY 3/2017, DE 17 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 3/2013, DE 20 DE JUNIO, DE PROTECCIÓN DE LA SALUD DEL DEPORTISTA Y LUCHA CONTRA EL DOPAJE EN LA ACTIVIDAD DEPORTIVA
Modificación parcial de la estructura organizativa del CSD y de la AEPSAD.
Esta disposición efectúa una redistribución de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes y a la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte en materia de protección de la salud del deportista, que se ajusta a los requisitos que la Agencia Mundial Antidopaje exige a las organizaciones nacionales antidopaje. En este sentido, las funciones de la Agencia se circunscriben a la lucha contra el dopaje, atribuyendo al CSD las funciones en materia de salud y deporte. De esta manera la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte podrá priorizar sus recursos y centrar su actuación en la prevención, detección y represión del dopaje, no teniendo que asumir responsabilidades o funciones que no están vinculadas “stricto sensu” con la lucha contra el dopaje. Normas que modifica:
Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, Real Decreto 461/2015, de 5 de junio, que aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
ENERGÍA, TURISMO Y AGENDA DIGITAL
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1027/2007, DE 20 DE JULIO
El proyecto tiene la finalidad de actualizar el vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), adaptándolo a las nuevas necesidades de ahorro en eficiencia energética.
De acuerdo con la disposición final segunda del Real Decreto 1027/2007, de 20 de junio, que establece que la exigencia de eficiencia energética se revisará periódicamente en intervalos no superiores a cinco años y, en caso necesario, será actualizada. Mediante este Real Decreto se introducen en el RITE las modificaciones de carácter técnico que son necesarias para mantener el RITE adaptado al progreso de la técnica y especialmente a lo dispuesto en la normativa comunitaria.
Coproponentes: FOMENTO - ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD
AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN EL REAL DECRETO 217/2004, DE 6 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULAN LA IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE LOS AGENTES, ESTABLECIMIENTOS Y CONTENEDORES QUE INTERVIENEN EN EL SECTOR LÁCTEO, Y EL REGISTRO DE LOS MOVIMIENTOS DE LA LECHE, Y EL REAL DECRETO 1728/2007, DE 21 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA NORMATIVA BÁSICA DE CONTROL QUE DEBEN CUMPLIR LOS OPERADORES DEL SECTOR LÁCTEO Y SE MODIFICA EL REAL DECRETO 217/2004, DE 6 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULAN LA IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE LOS AGENTES, ESTABLECIMIENTOS Y CONTENEDORES QUE INTERVIENEN EN EL SECTOR LÁCTEO, Y EL REGISTRO DE LOS MOVIMIENTOS DE LA LECHE
Reducir la realización de controles higio-sanitarios en la leche, y el registro de sus resultados en su aplicación informática letra Q, manteniendo aquellos controles que afectan a la producción primaria: controles a nivel de la explotación hasta la descarga de la cisterna de leche cruda en el centro lácteo.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
REAL DECRETO DE ORDENACIÓN DEL COMERCIO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS
Regular el comercio con los productos fitosanitarios, a fin de prevenir o evitar su venta ilegal.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Se establecen cargas administrativas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO Y LOS REQUISITOS DE LA CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA OFICIAL PARA LA EXPORTACIÓN
Regular y dotar de seguridad jurídica a la certificación fitosanitaria oficial para la exportación.
Coproponentes: PRESIDENCIA Y PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Se establecen cargas administrativas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE Y REGULA EL PLAN SANITARIO AVÍCOLA
Adecuar la actual regulación a la situación del sector, actualizando el contenido del Real Decreto 328/2003, de 14 de marzo, por el que se establece y regula el plan sanitario avícola.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Se establecen cargas administrativas.
REAL DECRETO DE ORDENACIÓN DE LOS NÚCLEOS ZOOLÓGICOS
Establecer los requisitos mínimos de las explotaciones consideradas núcleos zoológicos, derogando la normativa vigente que data de 1975 y 1980.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Se establecen cargas administrativas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE SANIDAD ANIMAL EN TERRENOS CINEGÉTICOS.
Regular una serie de medidas de sanidad animal en terrenos cinegéticos, al ser la fauna silvestre un reservorio de enfermedades animales, de fácil transmisión al ganado de producción.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Se establecen cargas administrativas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LOS PRODUCTOS ZOOSANITARIOS
Regular la autorización y comercio de los productos zoosanitarios.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA DE CALIDAD PARA LOS CALDOS, LOS CONSOMÉS, LAS SOPAS Y LAS CREMAS.
Actualizar y simplificar la normativa.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA DE CALIDAD PARA LAS GALLETAS
Actualizar y simplificar la normativa.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA DE CALIDAD PARA LAS CONSERVAS VEGETALES
Actualizar y simplificar la normativa.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA DE CALIDAD DE LOS ACEITES VEGETALES COMESTIBLES
Actualizar y simplificar la normativa.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA DE CALIDAD PARA PATATAS FRITAS Y PRODUCTOS DE APERITIVO
Actualizar y simplificar la normativa.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA DE CALIDAD PARA EL PAN Y PANES ESPECIALES
Actualizar y simplificar la normativa.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA NORMA DE CALIDAD DE LOS ACEITES DE OLIVA Y LOS ACEITES DE ORUJO DE OLIVA
Actualizar y simplificar la normativa.
Coproponentes: SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
PRESIDENCIA Y PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 515/2013, DE 5 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN LOS CRITERIOS Y EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR Y REPERCUTIR LAS RESPONSABILIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA
El Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, desarrolló un procedimiento general de determinación y repercusión de las responsabilidades derivadas de los incumplimientos del Derecho de la Unión Europea. La existencia de dicho procedimiento supuso una gran novedad en el ordenamiento jurídico español, ya que hasta la fecha sólo existían regulaciones dispersas y de carácter sectorial en materias tales como la gestión de fondos, entre otras. Con la modificación del Real Decreto, se quiere incorporar a la regulación de repercusión de responsabilidades, aquellas situaciones que surjan por incumplimiento de tratados o de convenios internacionales de los que España sea parte, cuando nuestro país resulte condenado, siendo una administración territorial la que haya llevado a cabo la acción objeto de la sanción.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: El Departamento realizará una evaluación de los resultados de la aplicación del Real Decreto, con vistas fundamentalmente a analizar la eficacia del procedimiento en él establecido.
REAL DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERMINISTERIAL PARA EL CONTROL SANITARIO DE MERCANCÍAS
Establecer un procedimiento coordinado que permita lograr la flexibilidad necesaria para adecuar la gestión del control sanitario de mercancías, a las necesidades derivadas de las posibles fluctuaciones en el tráfico internacional de mercancías, considerando principalmente los siguientes aspectos: el número de instalaciones y su ubicación, las infraestructuras necesarias en función de las categorías para las que estén autorizadas, la dotación de recursos humanos y medios técnicos y sus horarios de funcionamiento.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 427/2005, DE 15 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, LAS FUNCIONES Y EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL
Adaptar los titulares de los órganos miembros de la Comisión Nacional de Administración Local en representación de la Administración General del Estado, a la nueva estructura de los Departamentos Ministeriales recogida en los Reales Decretos 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales, y 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos Ministeriales.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 119/2003, DE 31 DE ENERO, POR EL QUE SE CREA Y REGULA LA COMISIÓN INTERMINISTERIAL DE COORDINACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PERIFÉRICA DEL ESTADO
Adaptar la composición de la Comisión Interministerial de Coordinación de la Administración Periférica del Estado (CICAPE), a la nueva estructura de los Departamentos Ministeriales realizada por los Reales Decretos 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales y 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos Ministeriales.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD
REAL DECRETO DE DESARROLLO DE LA LEY DE CRÉDITO INMOBILIARIO
1º. Profundización en la protección de las personas físicas prestatarias en préstamos inmobiliarios.
• Requisitos generales de la información precontractual.
• Contenido, forma y elementos de los contratos de crédito inmobiliario.
• Requerimientos de registro de los intermediarios de crédito y prestamistas inmobiliarios.
• Modelo de contrato de crédito inmobiliario.
2º. Establecimiento de condiciones homogéneas en el proceso de establecimiento de un mercado de préstamos en la UE.
Coproponentes: JUSTICIA
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL ESTATUTO DEL PERSONAL INVESTIGADOR LABORAL CON CONTRATO DE TRABAJO EN LA MODALIDAD DE INVESTIGADOR DISTINGUIDO AL SERVICIO DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DE INVESTIGACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
Establecer un marco regulatorio básico y general del investigador distinguido, que permita el desarrollo de la carrera profesional de este personal, aportando flexibilidad y dinamicidad al modelo de empleo público en el ámbito de la investigación, con la finalidad de ganar en competitividad, estableciendo condiciones similares a las previstas por otras instituciones científicas nacionales y por los países de nuestro entorno.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL INVESTIGADOR FUNCIONARIO DE LAS ESCALAS CIENTÍFICAS DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DE INVESTIGACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y SE CREA LA COMISIÓN EVALUADORA DEL DESEMPEÑO DE LA ACTIVIDAD CIENTÍFICO-TECNOLÓGICA
Regular el régimen retributivo del personal investigador funcionario de las Escalas Científicas de Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, dando cumplimiento a las previsiones de Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Este régimen debería haber entrado en vigor el 1 de enero de 2014.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 475/2014, DE 13 DE JUNIO, SOBRE BONIFICACIONES EN LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL INVESTIGADOR
Modificación del Real Decreto de referencia para clarificación de definiciones y supuestos, con vistas a mejorar la aplicabilidad y transparencia a la hora de aplicar este incentivo no tributario.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA – EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Puede implicar una reducción de cargas administrativas y mejora de la competitividad de las PYMES.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL ESTATUTO DEL INSTITUTO GEOLÓGICO Y MINERO DE ESPAÑA
Aprobar un nuevo Estatuto del Instituto Geológico y Minero de España, dotándolo de la estructura organizativa e institucional adecuada que le permita posicionarse en primera línea en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, impulsar su competitividad e internacionalización y fomentar su colaboración con otros agentes públicos y privados en pro de la transferencia del conocimiento.
Coproponentes: HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA INSTRUCCIÓN TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTROL DE PRODUCCIÓN DE LOS HORMIGONES FABRICADOS EN CENTRAL
Adaptación de la orden actualmente en vigor, de 2001, a la implantación del Marcado CE para los productos de construcción, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento (UE) Nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, a la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08) (R.D. 1247/2008) y a la Instrucción para Recepción de Cementos (RC-16) (R.D. 256/2016), publicadas con posterioridad.
Coproponentes: FOMENTO
SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1802/2008, DE 3 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO SOBRE NOTIFICACIÓN DE SUSTANCIAS Y CLASIFICACIÓN, ENVASADO Y ETIQUETADO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, APROBADO POR REAL DECRETO 363/1995, DE 10 DE MARZO, CON LA FINALIDAD DE ADAPTAR SUS DISPOSICIONES AL REGLAMENTO (CE) Nº 1907/2006 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO (REGLAMENTO REACH)
Actualización de la normativa debido a la aplicación directa del reglamento a los efectos de suprimir aquellos artículos que contravienen la normativa actual en vigor y que fueron fruto de la transposición de la Directiva 2006/121/CE de 18 de diciembre.
Coproponentes: AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
REAL DECRETO POR EL QUE SE TRANSPONE PARCIALMENTE LA DIRECTIVA UE 2015/637 DEL CONSEJO, DE 20 DE ABRIL DE 2015, SOBRE LAS MEDIDAS DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN PARA FACILITAR LA PROTECCIÓN CONSULAR DE CIUDADANOS DE LA UNIÓN NO REPRESENTADOS EN TERCEROS PAÍSES Y POR LA QUE SE DEROGA LA DECISIÓN 95/553/CE
La transposición de la Directiva comunitaria para hacer efectivo el derecho a la protección y asistencia consular a los ciudadanos europeos en países donde su Estado de nacionalidad careza de representación.
REAL DECRETO POR EL SE QUE REGULAN LAS CONTRIBUCIONES ECONÓMICAS DEL REINO DE ESPAÑA A ORGANIZACIONES INTERNACIONALES Y A OTRAS ENTIDADES DE CARÁCTER INTERNACIONAL
El objetivo es mejorar la planificación, coordinación, seguimiento, racionalización y evaluación de las contribuciones obligatorias y contribuciones voluntarias a organizaciones internacionales.
La aplicación de este real decreto no supondrá incremento del gasto público ni aumento neto de los gastos de personal.
Para alcanzar dicho objetivo, se necesita crear un sistema de gestión de contribuciones que permita la tramitación electrónica de los procedimientos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA OFICINA DE INTERPRETACIÓN DE LENGUAS DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
Refundir y actualizar la normativa que regula el funcionamiento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del MAEC y del Cuerpo de Traductores e Intérpretes.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL REGISTRO MERCANTIL
Reemplazar el Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, adaptando la regulación a la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, en lo relativo a la intervención de los Registradores Mercantiles en los asuntos, actas, escrituras públicas, expedientes, hechos y actos inscribibles para los que resulten competentes conforme a lo dispuesto en dicha Ley, así como a las múltiples novedades producidas en la legislación mercantil, particularmente en el ámbito societario desde la aprobación del texto hoy vigente.
Asimismo, adaptar su actuación a las previsiones contenidas en la normativa europea de aplicación, en particular al Reglamento (UE) nº 910/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE.
Para la elaboración del texto del Proyecto de Reglamento se constituyó una Subcomisión en la Sección de Mercantil de la Comisión General de Codificación, que ya ha finalizado su trabajo.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: La aprobación del Reglamento tendrá consecuencias económicas positivas en las empresas españolas, al facilitar los trámites de su constitución así como las modificaciones estructurales, y asimismo, favorecerá la resolución extrajudicial de conflictos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 996/2003, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
Adaptar el actual Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita a la modificación de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita operada mediante la disposición final tercera de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Actualizar la regulación técnica del régimen aplicable a la prestación de la asistencia jurídica gratuita e introducir medidas específicas que permitan agilizar la tramitación de la financiación pública de los servicios de justicia gratuitos prestados.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL ESTATUTO GENERAL DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA
Adaptar el régimen jurídico aplicable a la Abogacía y a su organización corporativa a las modificaciones que se han venido produciendo en nuestro ordenamiento jurídico desde la aprobación del vigente Estatuto General de la Abogacía Española, llevada a cabo por el Real Decreto 658/001, de 22 de junio, así como adaptar el citado Estatuto General a las sentencias que han afectado a su contenido, extendiendo la aplicación de las normas de defensa de la competencia al ejercicio de la profesión y la actividad corporativa.
Responder a las exigencias de flexibilización del mercado de los servicios profesionales y a las de mayor y mejor formación de los Abogados.
Mejorar la regulación relativa a las cuestiones deontológicas, tratando de buscar soluciones garantistas para la posición de clientes y profesionales.
Mejorar la regulación de la organización colegial, dotando de mayor autonomía de los Colegios para determinar su propia organización y las reglas de su funcionamiento.
Incrementar la transparencia, calidad y responsabilidad de la actividad colegial, poniendo el énfasis en su legitimación y función social y su capacidad de respuesta no sólo para las necesidades de los abogados, sino principalmente de los ciudadanos, como receptores de los servicios prestados por los colegiados.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1608/2005, DE 30 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DEL CUERPO DE SECRETARIOS JUDICIALES
Adaptación del Reglamento del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia a las reformas operadas en la LOPJ por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, y en particular reforma del sistema de Concursos, Categorías y Escalafón, de la regulación del cese de los Letrados nombrados para puestos de libre designación, y del nombramiento y cese de los del Tribunal Supremo.
Actualización de la norma y reforma de otros aspectos o mejoras técnicas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE CREAN NUEVAS UNIDADES JUDICIALES PARA ADECUAR LA PLANTA JUDICIAL A LAS NECESIDADES JUDICIALES EXISTENTES DE 2018
Creación y constitución de nuevas unidades judiciales y transformación de juzgados de una clase determinada en clase distinta dentro de la misma sede para adecuar la planta judicial a las necesidades judiciales existentes, con la finalidad de lograr que la Justicia sea más rápida, diligente y eficaz, a pesar del actual contexto económico de contención de gasto público.
Esta creación y constitución de unidades judiciales se realizará atendiendo principalmente a la carga de trabajo existente, de conformidad con las previsiones presupuestarias y de acuerdo con las necesidades de medios materiales y humanos para la entrada en funcionamiento de dichas unidades.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 418/2014, DE 6 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS RECLAMACIONES AL ESTADO POR SALARIOS DE TRAMITACIÓN EN JUICIOS POR DESPIDO
Adaptar, actualizar y mejorar los procedimientos seguidos para la tramitación de las reclamaciones al Estado por salarios de tramitación en juicios por despido con la finalidad de mejorar los tiempos de tramitación y su eficacia, eliminar la sobrecarga de trabajo de los centros gestores derivados del procedimiento vigente y mejorar la transparencia del procedimiento para el ciudadano.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1373/2003, DE 7 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL ARANCEL DE DERECHOS DE LOS PROCURADORES DE LOS TRIBUNALES
Adecuar la normativa española a las exigencias de la Comisión Europea en materia de ejercicio de la profesión de Procurador. Con este fin se prevé atribuir al arancel el carácter de máximo y regular la entrega de un presupuesto previo al cliente en el que se haga constar, en su caso, la disminución ofrecida respecto del arancel máximo.
Desarrollar reglamentariamente las modificaciones legales introducidas por la Ley de reforma de las condiciones de acceso y ejercicio de las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, por la que se modifican la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, y el Real Decreto-ley 5/2010, de 31 de marzo, por el que se amplía la vigencia de determinadas medidas económicas de carácter temporal.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 775/2011, DE 3 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY 34/2006, DE 30 DE OCTUBRE, SOBRE EL ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGADO Y PROCURADOR DE LOS TRIBUNALES
El objetivo principal de la reforma propuesta es dar un mejor cumplimiento al mandato de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, mediante el reforzamiento de la evaluación práctica, de forma que se garantice que la formación especializada cumple con el objetivo de proporcionar a los futuros abogados y procuradores de los tribunales una capacitación profesional previa al ejercicio que vaya más allá de la obtención de una titulación universitaria.
Para ello, se mejora el diseño de la prueba actual, de manera que permita introducir por un lado las notas de evaluación práctica y oralidad en la misma y, por otro, reduzca la excesivamente amplia composición de las comisiones evaluadoras.
REAL DECRETO POR EL QUE SE CREA LA MEDALLA DE CAMPAÑA, PARA RECONOCER LA PARTICIPACIÓN EN DETERMINADAS OPERACIONES MILITARES Y CAMPAÑAS EN EL EXTERIOR, Y SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS GENERALES PARA SU CONCESIÓN
Creación de una medalla, de carácter nacional, para conmemorar hechos de relevante trascendencia para las Fuerzas Armadas o para la Patria, que premie la participación en operaciones militares y campañas, cuando la misma no se encuentre ya reconocida por la concesión de alguna otra recompensa de organizaciones internacionales de las que España forme parte.
REAL DECRETO DE CREACIÓN DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTE MILITAR
REAL DECRETO SOBRE EXTRACCIONES MARÍTIMAS
Desarrollar el régimen de las extracciones marítimas regulado en la sección 2ª del capítulo IV del título VI de la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Se justifica la necesidad de evaluación por los siguientes motivos:
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS DE ARMAS NAVALES
Adaptar la normativa que regula el Colegio Oficial de Ingenieros de Armas Navales a la evolución legislativa que ha sufrido esta materia y, especialmente, a la legislación derivada de la transposición de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios del mercado interior.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS DE ARMAMENTO Y MATERIAL
Adaptar la normativa que regula el Colegio Oficial de Ingenieros de Armamento y Material a la evolución legislativa que ha sufrido esta materia y, especialmente, a la legislación derivada de la transposición de la directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios del mercado interior.
REAL DECRETO SOBRE REVALORIZACIÓN Y COMPLEMENTOS DE PENSIONES DE CLASES PASIVAS PARA EL AÑO 2019
Desarrollo, en materia de Clases Pasivas, de las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019, sobre criterios básicos para determinar el importe de las pensiones públicas en dicho ejercicio económico, fijando las reglas y el procedimiento para llevar a cabo la referida revalorización.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1080/1991, DE 5 DE JULIO, POR EL QUE SE DETERMINAN LOS PAÍSES O TERRITORIOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 2, APARTADO 3, NÚMERO 4, DE LA LEY 17/1991, DE 27 DE MAYO, DE MEDIDAS FISCALES URGENTES, Y 62 DE LA LEY 31/1990, DE 27 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1991
En cumplimiento de la disposición adicional quincuagésima del, a fecha de hoy, proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2104, el Gobierno se ha comprometido a actualizar la lista de países y territorios que tengan la calificación de paraísos fiscales de conformidad con la disposición adicional primera de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal. Dicha actualización se realizará una vez se hayan publicado las listas de jurisdicciones no cooperativas que se están preparando por la OCDE y la Unión Europea para que sean tenidos en cuenta los resultados obtenidos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA
Desarrollo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en virtud de su disposición final séptima, primer párrafo.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Se hace necesaria por su incidencia relevante sobre los derechos y libertades constitucionales.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 3/2015, DE 30 DE MARZO, REGULADORA DEL EJERCICIO DEL ALTO CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
Desarrollar los artículos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, que precisan desarrollo reglamentario.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DE LA LEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO, EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
Desarrollo reglamentario de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo referido a la gestión electrónica de los procedimientos y el funcionamiento electrónico del sector público.
REAL DECRETO DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL
Desarrollo de lo dispuesto en el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LO DISPUESTO EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA DE LA LEY 13/2011, DE 27 DE MAYO, DE REGULACIÓN DEL JUEGO
Este proyecto normativo tiene por finalidad regular las condiciones bajo las cuales los titulares de licencia singular de apuestas hípicas podrán celebrar acuerdos con las sociedades organizadoras de carreras de caballos en España, a fin de permitir a los participantes el juego en masa común, correspondiente a cada modalidad de apuesta y totalizado en los respectivos hipódromos.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Como este proyecto normativo tiene por objeto generar un impacto económico positivo sobre la industria de las carreras de caballos en España mediante la creación de un marco de cooperación común entre operadores habilitados por las comunidades autónomas y operadores habilitados por la Administración General del Estado, resulta de interés someter este proyecto normativo a evaluación normativa.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL FÁBRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE-REAL CASA DE LA MONEDA, MEDIO PROPIO
Aprobar un nuevo Estatuto para:
REAL DECRETO SOBRE EL RÉGIMEN ORGÁNICO Y FUNCIONAL DE LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO
Desarrollo del régimen de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, para adaptarlo a las previsiones que se establezcan en la Ley de Contratos del Sector Público.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA UN NUEVO REGLAMENTO DE VALORACIÓN EN SUSTITUCIÓN DEL REAL DECRETO 1020/1993, DE 25 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS TÉCNICAS DE VALORACIÓN Y EL CUADRO MARCO DE VALORES DEL SUELO Y DE LAS CONSTRUCCIONES PARA DETERMINAR EL VALOR CATASTRAL DE LOS BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA
Necesidad de dotar una mayor eficiencia y transparencia en la determinación de los valores catastrales, así como la simplificación en los trámites y procedimientos de valoración.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS AMISTOSOS EN MATERIA DE IMPOSICIÓN DIRECTA, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1794/2008, DE 3 DE NOVIEMBRE
Modificación del Reglamento que regula los procedimientos amistosos para actualizarlo a la nueva realidad que deriva tanto de los cambios competenciales como de la aprobación de la Directiva UE de resolución de conflictos. Asimismo y tras la revisión de pares realizada por la OCDE será necesario reflejar las recomendaciones realizadas en este ámbito.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN DETERMINADAS OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN EN RELACIÓN CON ACTIVIDADES RELEVANTES PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA, EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 25. 1 DE LA LEY ORGÁNICA 4/2015, DE 30 DE MARZO, DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA
Se desarrolla el artículo 25.1 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 marzo, de protección de la seguridad ciudadana, en cuanto a las obligaciones de registro documental en materia de hospedaje y de alquiler de vehículos de motor, por tratarse de actividades relevantes en ese ámbito.
Actualmente esta obligación se regula principalmente en el Decreto 1513/1959, de 18 agosto, en relación con los documentos que deben llevar los establecimientos de hostelería referentes a la entrada de viajeros, en el Decreto 393/1974, de 7 de febrero, sobre identificación y registro de los usuarios de determinados establecimientos turísticos y de quienes alquilen vehículos, con o sin conductor y en la Orden INT/1922/2003, de 3 de julio, sobre libros-registro y partes de entrada de viajeros en establecimientos de hostelería y otros análogos.
Dichas normas están obsoletas por lo que resulta necesario adecuarlas a la realidad vigente y a las necesidades de seguridad actuales de lucha contra el terrorismo y el crimen organizado.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ARMAS, APROBADO POR EL REAL DECRETO 137/1993, DE 29 DE ENERO
Se modifica de manera puntual el Reglamento de Armas, al objeto de incorporar las novedades introducidas por la Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo sobre el control de la adquisición y tenencia de armas, con el propósito de mejorar algunos aspectos que permitan combatir el uso indebido de armas de fuego con fines delictivo, máxime tras los recientes atentados terroristas.
Estas reformas afectan a aspectos concretos, como son el registro de armas de fuego y las actividades de los armeros y de los corredores para lograr un mayor control.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE INGRESO, PROMOCIÓN INTERNA Y FORMACIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL
Desarrollo de la Ley orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de personal de la Policía Nacional, con el fin de regular los requisitos y procedimientos de acceso a la Policía Nacional, configurar las distintas modalidades de formación como un proceso integral y determinar los diferentes procesos de la promoción interna para los funcionarios del Cuerpo, atendiendo a las importantes novedades recogidas en los títulos VI, VII y VIII de dicha Ley Orgánica, a cuya regulación reglamentaria se remite en determinados aspectos.
La normativa actual que regula estas materias ha quedado desactualizada al ser anterior a la citada Ley Orgánica.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA POLICÍA NACIONAL
Desarrollo de la Ley orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de personal de la Policía Nacional, con el fin de regular los procedimientos para la provisión de los puestos de trabajo en el ámbito de la Policía Nacional atendiendo a las importantes novedades recogidas en el título IX de dicha Ley Orgánica, a cuya regulación reglamentaria se remite en determinados aspectos.
La normativa actual que regula estas materias ha quedado desactualizada e incompleta al no contemplar algunas novedades incorporadas por la citada Ley Orgánica, dando lugar a problemas de gestión en la provisión de los puestos de trabajo del Catálogo de la Policía Nacional.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SUPERIOR DE TRÁFICO, SEGURIDAD VIAL Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
La norma que actualmente regula el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, es anterior a las modificaciones introducidas en cuanto a su organización, composición y funciones por la Ley 6/2014, de 7 de abril, recogidas en el vigente texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.
Por lo tanto, es necesario aprobar una norma adaptada en cuanto a la organización, composición y funciones del citado Consejo, a las novedades contempladas en el artículo 8 del referido texto refundido, además de revisar y actualizar su funcionamiento conforme a principios de agilidad y eficacia, teniendo en cuenta su relevancia para la seguridad vial.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA MEDALLA AL MÉRITO DE LA SEGURIDAD VIAL
El marco que regula las medallas al mérito de la seguridad vial está completamente obsoleto, pues data de 1974. Es necesario disponer una norma que responda a las necesidades de reconocimiento de la seguridad vial en el siglo XXI.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE CARRETERAS
Desarrollo de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSAS NORMAS REGLAMENTARIAS PARA ADAPTARLAS A LA LEY DE ORDENACIÓN DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES Y A LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS EN LA REGLAMENTACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA
La norma trata de completar o desarrollar determinadas cuestiones nuevas incorporadas a la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres tras su reciente modificación por la Ley 9/2013, de 4 de julio, de modificación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
Por otro lado, la norma persigue una adaptación de las normas reglamentarias de ordenación de los transportes terrestres a la normativa comunitaria en lo relativo a infracciones y sanciones y pérdida de honorabilidad, en concreto al Reglamento (UE) 2016/403 de la Comisión, de 18 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la clasificación de infracciones graves de las normas de la Unión que pueden acarrear la pérdida de honorabilidad del transportista y por el que se modifica el anexo III de la Directiva 2006/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
REAL DECRETO DE SIMPLIFICACIÓN DE LA NORMATIVA NACIONAL EN MATERIA DE AVIACIÓN CIVIL
Adecuar, por razones de seguridad jurídica, la normativa nacional en materia de aviación civil a los Reglamentos de la Unión Europea, derogando expresamente las disposiciones reglamentarias que resultan inaplicables, al estar cubierto, total o parcialmente, su ámbito de aplicación y, en lo que resulte necesario, mantener con las correspondientes adaptaciones las disposiciones que sean precisas para la aplicación de dichos reglamentos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES DE OPERACIÓN Y AERONAVEGABILIDAD DE ULTRALIGEROS, AERONAVES DE CONSTRUCCIÓN POR AFICIONADOS Y AERONAVES HISTÓRICAS
Tiene por objeto establecer el régimen jurídico relativo al certificado de aeronavegabilidad, las operaciones y mantenimiento en relación con las aeronaves excluidas de la aplicación de la normativa de la Unión Europea sobre la materia. Incluye las aeronaves ultraligeras, las aeronaves históricas y las de construcción por aficionados. Se regula igualmente la certificación de tipo o la homologación de los certificados de terceros países, la aeronavegabilidad continuada y el mantenimiento de dichas aeronaves.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Será evaluado con objeto de analizar el impacto sobre el sector en cumplimiento del artículo 3.1.e) del Real Decreto 286/2017, de 24 de marzo, por el que se regulan el Plan Anual Normativo y el Informe Anual de Evaluación Normativa de la Administración General del Estado y se crea la Junta de Planificación y Evaluación Normativa.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ATRIBUYEN LAS FUNCIONES DEL ORGANISMO DE PROTECCIÓN DE LAS FUENTES DE INFORMACIÓN EN LA NOTIFICACIÓN DE SUCESOS DE LA AVIACIÓN CIVIL Y SE DELIMITA SU ALCANCE
Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento (UE) nº 376/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativo a la notificación de sucesos en la aviación, atribuyendo las funciones que, conforme a dicho precepto, debe desarrollar el Organismo de protección de las fuentes de información en la notificación de sucesos, delimitando su alcance.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 931/2010, DE 23 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACION DE PROVEEDORES CIVILES DE SERVICIOS DE NAVEGACION AÉREA Y SU CONTROL NORMATIVO.
Con esta iniciativa se persigue la adaptación del Real Decreto al nuevo marco normativo europeo al objeto de dar cumplimiento a los requisitos del Reglamento de Ejecución (UE) Nº 2017/373, y concordantes, que suponen cambios o modificaciones en la prestación del servicio de navegación aérea, así como el sistema de gestión de seguridad del proveedor civil de servicios de navegación aérea. Asimismo, se pretende el establecimiento de un periodo transitorio hasta la entrada en vigor del citado Reglamento de Ejecución.
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA OBLIGACIÓN DE CONSIGNACIÓN DE BUQUES
Establecer las condiciones y requisitos que han de cumplir los consignatarios para ejercer sus funciones.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 973/2009, DE 12 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULAN LAS TITULACIONES PROFESIONALES DE LA MARINA MERCANTE
Adecuación de la legislación actual a los cambios introducidos en el Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, por las enmiendas hechas al mismo como consecuencia de la Conferencia de Manila de 2010.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO NACIONAL DE ADMISIÓN, MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE MERCANCÍAS PELIGROSAS EN LOS PUERTOS, APROBADO POR REAL DECRETO 145/1989, DE 29 DE ENERO
Con esta iniciativa se persigue la adaptación del Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los puertos, aprobado por Real Decreto 145/1989, de 29 de enero, a la nueva normativa nacional sobre explosivos recogida en el Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos, que incorpora al derecho español la Directiva 2014/28/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización y control de explosivos con fines civiles.
Asimismo, se pretende adaptar el referido Real Decreto 145/1989 a formas de operar más ágiles y a la intermodalidad, especialmente con el modo ferroviario, así como impulsar la digitalización de procedimientos y adecuar a la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante determinados conceptos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1434/1999, DE 10 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS RECONOCIMIENTOS E INSPECCIONES DE LAS EMBARCACIONES DE RECREO PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN LA MAR Y SE DETERMINAN LAS CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LAS ENTIDADES COLABORADORAS DE INSPECCIÓN
Modificar el régimen de inspecciones de las embarcaciones de recreo, adaptándolo a la evolución de la técnica.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE SEGURIDAD PARA BUQUES DE PASAJE CONSTRUIDOS CON MATERIALES DISTINTOS DEL ACERO O MATERIAL EQUIVALENTE QUE REALICEN TRAVESÍAS ENTRE PUERTOS ESPAÑOLES
Dos son los objetos que persigue este Real Decreto:
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA SEGURIDAD DE LAS ACTIVIDADES SUBACUÁTICAS EN LA PARTE QUE AFECTA A LA SEGURIDAD MARÍTIMA Y DE LA VIDA HUMANA EN LA MAR
La norma a proyectar pretende dotar al ordenamiento jurídico de un instrumento normativo caracterizado por una flexibilidad tal que, sin crear inseguridad jurídica, le permita adaptarse a la realidad permanentemente cambiante -pues el rápido y continuo progreso tecnológico así lo propicia-, del sector de actividades subacuáticas civiles en las aguas marítimas donde España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO GENERAL DE PRACTICAJE, APROBADO POR REAL DECRETO 393/1996, DE 1 DE MARZO, PARA ADAPTARLO AL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PUERTOS DEL ESTADO Y DE LA MARINA MERCANTE, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2011, DE 5 DE SEPTIEMBRE, Y EL REGLAMENTO (UE) 2017/352 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 15 DE FEBRERO DE 2017, POR EL QUE SE CREA UN MARCO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PORTUARIOS Y SE ADOPTAN NORMAS COMUNES SOBRE LA TRANSPARENCIA FINANCIERA DE LOS PUERTOS
Con esta iniciativa se persigue la adaptación de la actual regulación del servicio portuario de practicaje al nuevo marco normativo europeo para la prestación de servicios portuarios y a las normas comunes sobre transparencia financiera y sobre las tarifas por servicios portuarios y las tasas por infraestructuras portuarias.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA VERIFICACIÓN DE LA MASA BRUTA DE LOS CONTENEDORES
La futura norma pretende dotar a los buques que transporten contenedores en navegaciones de cabotaje nacional con el mismo grado de seguridad, en lo relativo a su estabilidad y a su resistencia estructural, que proporcionan, a los dedicados a viajes internacionales, la verificación y documentación de la masa bruta de los contenedores, y la comunicación de estos datos al Capitán del buque con antelación suficiente para que puedan ser utilizados al proyectar el plano de estiba.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 543/2007, DE 27 DE ABRIL, POR EL QUE SE DETERMINAN LAS NORMAS DE SEGURIDAD Y DE PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN A CUMPLIR POR LOS BUQUES PESQUEROS MENORES DE 24 METROS DE ESLORA (L)
Incorporar a la normativa las recomendaciones realizadas por la Comisión de Investigación de Accidentes e incidentes Marinos con objeto de aumentar la seguridad marítima y disminuir la siniestralidad en los pesqueros y actualización de los requisitos técnicos y de seguridad de las embarcaciones de pesca.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 804/2014, DE 19 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN EL RÉGIMEN JURÍDICO Y LAS NORMAS DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DE LOS BUQUES DE RECREO QUE TRANSPORTEN HASTA DOCE PASAJEROS
Modificación de los requisitos técnicos a los buques de uso privado. La norma en la que se basó el Real Decreto es de aplicación a buques de recreo de carácter comercial, cuyos requisitos son muy superiores a si fueran buques de recreo de uso privado.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN DIVERSOS ASPECTOS RELACIONADOS CON EL TRANSPORTE Y CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR FERROCARRIL
Adaptar la normativa a los cambios experimentados en el marco ferroviario español y al Reglamento relativo al Transporte Internacional de Mercancías peligrosas por Ferrocarril (RID) desde el 2001.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES PARA LA CIRCULACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN TRANVIARIA EN TRAMOS DE LA RED FERROVIARIA DE INTERÉS GENERAL
La norma pretende establecer las condiciones técnicas y legales básicas para explotar tramos de la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG) en régimen tranviario, con las peculiaridades propias de esta forma de operación.
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA EL ARTÍCULO 25 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1996, DE 12 DE ABRIL
Regular el procedimiento para hacer efectiva la compensación equitativa por copia privada, que incluirá el procedimiento de exceptuación y de reembolso del pago de dicha compensación por los sujetos a los que se le reconoce tal beneficio, así como el sistema de resolución de conflictos.
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REAL DECRETO 1084/2015, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 55/2007, DE 28 DE DICIEMBRE, DEL CINE
Modificación parcial de determinados aspectos contenidos en la Sección 1.ª La producción de películas cinematográficas y otras obras audiovisuales y Sección 2.ª Películas cinematográficas y otras obras audiovisuales realizadas en régimen de coproducción con empresas extranjeras del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. Las modificaciones están relacionadas con los requisitos exigidos para la calificación de las películas y para la realización de películas en régimen de coproducción derivados de la firma del Convenio sobre el Consejo de Europa sobre coproducción cinematográfica (revisión) autorizada con fecha 10 de abril de 2017 por el Consejo de Ministros.
Las modificaciones afectarán fundamentalmente a los artículos 7 y 10 del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1574/2007, DE 30 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL OBSERVATORIO DE LA LECTURA Y EL LIBRO
Desde la aprobación del Real Decreto 1574/2007, de 30 de noviembre, por el que se regula el Observatorio de la Lectura y el Libro, se han observado en la práctica una serie de elementos que harían aconsejable su modificación para hacer el Observatorio más operativo y facilitar su convocatoria.
REAL DECRETO SOBRE FEDERACIONES DEPORTIVAS ESPAÑOLAS
Actualización del régimen jurídico de las federaciones deportivas.
Desarrolla la licencia deportiva única prevista en el artículo 32 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte (tras su modificación por el artículo 23 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa), así como el reparto de los ingresos derivados de su implantación. Asimismo, permite la incorporación de nuevos miembros a las Asambleas de las Federaciones cuando concurran circunstancias excepcionales y, por último, regula la inscripción de asociaciones de Federaciones deportivas en el Registro de Asociaciones Deportivas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO-LEY 5/2015, DE 30 DE ABRIL, DE MEDIDAS URGENTES EN RELACIÓN CON LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DE LAS COMPETICIONES DE FÚTBOL PROFESIONAL
De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril: una vez distribuidos los importes obtenidos por la explotación y comercialización de los derechos audiovisuales a cada club o entidad participante, éstos quedan vinculados a contribuir de forma proporcional en distintos importes relacionados con la promoción del deporte.
REALES DECRETOS POR LOS QUE SE ESTABLECEN TÍTULOS DE TÉCNICO DEPORTIVO O TÉCNICOS DEPORTIVOS SUPERIORES Y SE FIJAN SUS CURRÍCULOS BÁSICOS Y LOS REQUISITOS DE ACCESO
Se establece la formación de los técnicos deportivos y técnicos deportivos superiores.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ADAPTA A LA LEY ORGÁNICA 3/2013, DE 20 DE JUNIO, DE PROTECCIÓN DE LA SALUD DEL DEPORTISTA Y LUCHA CONTRA EL DOPAJE EN LA ACTIVIDAD DEPORTIVA, LAS NORMAS REGULADORAS DE LOS PROCESOS DE CONTROL DE DOPAJE, DE LOS LABORATORIOS DE ANÁLISIS AUTORIZADOS, Y DE LAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS DE PREVENCIÓN DEL DOPAJE EN EL DEPORTE.
Desarrollar las previsiones reglamentarias que se derivan de la reciente modificación de la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva, por el Real Decreto-ley 3/2017, de 17 de febrero.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS UMBRALES DE RENTA Y PATRIMONIO FAMILIAR Y LAS CUANTÍAS DE LAS BECAS Y AYUDAS AL ESTUDIO PARA EL CURSO 2018-2019
Real decreto anual que debe establecer para el curso 2018-2019 los umbrales de renta y patrimonio familiar del sistema estatal de becas y ayudas al estudio.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Impacto significativo en los Presupuestos Generales del Estado, impacto sobre la igualdad de oportunidades e impacto relevante sobre la infancia, la adolescencia y las familias.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA ADMISIÓN Y EL ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Adecuación de los procedimientos de admisión y acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional del Sistema Educativo Español a las modificaciones realizadas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, así como mejorar los procedimientos a la vista de la experiencia obtenida desde la publicación del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL DEL SISTEMA EDUCATIVO
Se regula la formación profesional dual del sistema educativo, que es aquella que desarrolla un tiempo superior al 33% de la formación recibida en un centro de trabajo.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ALINEACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS DEL SISTEMA EDUCATIVO AL MARCO EUROPEO DE CUALIFICACIONES
Se trata de referenciar los títulos no universitarios del sistema educativo con los 8 niveles del Marco Europeo de Cualificaciones (EQF).
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1147/2011, DE 29 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN GENERAL DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO
Adecuar la ordenación de la Formación Profesional del sistema educativo a las modificaciones realizadas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, y a las necesidades detectadas desde la implantación de lo regulado en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 275/2007, DE 23 DE FEBRERO, POR EL QUE SE CREA EL OBSERVATORIO ESTATAL DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Se modifica la estructura y funciones del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar para conseguir una mayor operatividad y adaptar su actividad al Plan de convivencia escolar.
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1220/2010, DE 1 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE CREA EL OBSERVATORIO UNIVERSITARIO DE BECAS, AYUDAS AL ESTUDIO Y RENDIMIENTO ACADÉMICO
Ampliar su ámbito de actuación a las becas del ámbito no universitario, y adaptar su composición a la nueva estructura orgánica del Departamento, en la que la SG que gestiona las becas se incardina en la DG de Planificación y Gestión Educativa.
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 420/2015, DE 29 DE MAYO, DE CREACIÓN, RECONOCIMIENTO, AUTORIZACIÓN Y ACREDITACIÓN DE UNIVERSIDADES Y CENTROS UNIVERSITARIOS
Regulación de los centros de sistemas educativos extranjeros, de los centros adscritos, así como de los centros y/o titulaciones a distancia.
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 412/2014, DE 6 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA NORMATIVA BÁSICA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO
Modificación del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, a los efectos de actualizar y adaptar la regulación del cupo de reserva de personas con discapacidad a los acuerdos que se adopten en el seno de la Conferencia General de Política Universitaria a raíz del trabajo realizado por el grupo de trabajo que se ha constituido al efecto.
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1002/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE EXPEDICIÓN DE TÍTULOS OFICIALES
Expedición del título universitario de Doctor Marie Curie.
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 99/2011, DE 28 DE ENERO, POR EL QUE SE REGULAN LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO
Regulación de los doctorados Marie Curie. Modificación de aspectos puntuales del acceso a programas de Doctorado.
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1393/2007, DE 29 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES
Modificar aspectos puntuales del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en materia de verificación y acreditación de titulaciones universitarias.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES PARA LA MOVILIDAD DE LOS ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Regular las condiciones de movilidad para garantizar la equidad y la calidad en la obtención de los títulos de formación profesional.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL MARCO DE LA ORIENTACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO EDUCATIVO
Se regulan las acciones de orientación profesional a desarrollar en los centros docentes que imparten formación profesional del sistema educativo.
La orientación profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados, es una de las funciones del profesorado del Sistema Educativo Español, de conformidad con el artículo 91.1.d) da la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como uno de los fines del Sistema Educativo la atención a la orientación profesional por los poderes públicos. Corresponde a las Administraciones educativas proveer los recursos necesarios para garantizar la existencia de servicios o profesionales especializados en la orientación profesional del alumnado, junto con la orientación educativa y psicopedagógica.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 596/2007, DE 4 DE MAYO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN GENERAL DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO
Se actualiza la normativa de ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, al haber transcurrido 10 años desde la publicación del Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, y existir un nuevo marco normativo establecido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
REALES DECRETOS POR LOS QUE SE ESTABLECEN CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN
Establecer nuevas especializaciones de Formación Profesional en diversos sectores, de conformidad con el artículo 10.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, 2/2006, según el cual el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas y mediante Real Decreto, puede crear cursos de especialización para completar las competencias de quienes se encuentren en posesión de un título de Formación Profesional.
Los cursos de especialización de Formación Profesional versarán sobre áreas que impliquen profundización en el campo de conocimiento de los títulos de referencia, o bien una ampliación de las competencias que se incluyen en los mismos, y responderán a las innovaciones que se produzcan en el sistema productivo y en ámbitos emergentes que requieran actualización de conocimientos y competencias.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN Y SE REGULAN LAS COMPETICIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Regulación de las competiciones nacionales de formación profesional y de las condiciones y requisitos para participar en los campeonatos europeos e internacionales.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA AUTONOMÍA DE GESTIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES EN EL EXTERIOR
La adecuación de la autonomía de gestión económica reconocida por la normativa reguladora de los Centros docentes públicos no universitarios al marco específico de la provisión del servicio público educativo en el exterior.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN, RENOVACIÓN, NOMBRAMIENTO, CESE Y EVALUACIÓN DE DIRECTORES EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE CEUTA Y MELILLA
Se adapta el proceso de selección, renovación, nombramiento, cese y evaluación de directores en los centros docentes públicos no universitarios de Ceuta y Melilla a la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
REALES DECRETOS POR LOS QUE SE ESTABLECEN O MODIFICAN TÍTULOS DE TÉCNICO PROFESIONAL BÁSICO, TÉCNICO Y TÉCNICO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y LOS ASPECTOS BÁSICOS DEL CURRÍCULO
Establecer nuevos títulos o actualizar los títulos ya existentes de la Formación Profesional Básica (títulos profesionales básicos), de Grado Medio (títulos de Técnico) y de Grado Superior (títulos de Técnico Superior), y regular o actualizar su currículo básico para todo el territorio.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas, de conformidad con la distribución de competencias atribuidas al Estado en el artículo 149.1.30º de la Constitución.
REALES DECRETOS POR LOS QUE SE ESTABLECEN O SE MODIFICAN TÍTULOS DE TÉCNICO O TÉCNICO SUPERIOR DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO
Establecer nuevos títulos o actualizar los títulos ya existentes de las enseñanzas artísticas de Artes Plásticas y Diseño, tanto profesionales (títulos de Técnico) como superiores (títulos de Técnico Superior).
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 46.1 que el Gobierno fijará los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación del currículo básico de las enseñanzas artísticas, de conformidad con la distribución de competencias atribuidas al Estado en el artículo 149.1.30º de la Constitución.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA FIGURA DE PROFESOR EMÉRITO PARA LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES
Se establece la figura de profesor emérito para las enseñanzas artísticas superiores.
De conformidad con el artículo 96.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que señala que el Gobierno establecerá, previa consulta a las Comunidades Autónomas, la figura de profesor emérito de las enseñanzas artísticas superiores; el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, no ha desarrollado esta figura, que por tanto debe ahora regularse como una de las posibilidades para ejercer la docencia.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 633/2010, DE 14 DE MAYO, POR EL QUE SE REGULA EL CONTENIDO BÁSICO DE NUEVAS ESPECIALIDADES DE LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE GRADO DE DISEÑO ESTABLECIDAS EN LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN
Se actualizan las especialidades de las enseñanzas artísticas superiores de Grado de Diseño establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1284/2002, DE 5 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS ESPECIALIDADES DE LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO Y MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO
Se actualizan las especialidades de los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES PARA PERMITIR EL INGRESO EN EL CUERPO DE CATEDRÁTICOS DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS, MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS, A PERSONALIDADES DE RECONOCIDO PRESTIGIO EN SUS RESPECTIVOS CAMPOS PROFESIONALES
Se establecen las condiciones para permitir el ingreso en el cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas a personalidades de reconocido prestigio.
REAL DECRETO DE ESPECIALIDADES DE PROFESORES Y DE CATEDRÁTICOS DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS VINCULADAS A LAS ENSEÑANZAS DE ARTE DRAMÁTICO
Se regulan las especialidades de Profesores y de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA EL MARCO DE COMPETENCIA DIGITAL DOCENTE, SE REGULAN LOS NIVELES COMPETENCIALES Y SE ESTABLECE EL PORTFOLIO DE LA COMPETENCIA DIGITAL DOCENTE COMO INSTRUMENTO DE CERTIFICACIÓN DE DICHA COMPETENCIA DIGITAL DOCENTE
Se desarrolla el Marco Común de Competencia Digital Docente, se regulan los niveles competenciales y se establece el Portfolio de la Competencia Digital Docente como Instrumento de Certificación de dicha Competencia Digital Docente, de orientación de la formación permanente del profesorado y de facilitación del desarrollo de una cultura digital en el aula.
Con carácter general, la competencia digital docente será certificada por INTEF, mediante un pasaporte digital de dicha competencia, expedido a través del servicio en línea del portfolio de la Competencia Digital Docente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la certificación tendrá validez en todo el territorio nacional.
REAL DECRETO POR EL QUE SE CREA LA ESPECIALIDAD DOCENTE DE ASTURIANADA EN EL CUERPO DE PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS
Crear la especialidad docente de Asturianada en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, a solicitud de la Comunidad Autónoma del Principiado de Asturias. Esta especialidad docente de los profesores de Música y Artes Escénicas del Sistema Educativo Español debe ser creada por el Gobierno, de conformidad con la disposición adicional séptima.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece que corresponde al Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, la creación o supresión de las especialidades de los cuerpos docentes.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 967/2014, DE 21 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS Y EL PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN Y DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA A TITULACIÓN Y A NIVEL ACADÉMICO UNIVERSITARIO OFICIAL Y PARA LA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, Y EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA CORRESPONDENCIA A LOS NIVELES DEL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE ARQUITECTO, INGENIERO, LICENCIADO, ARQUITECTO TÉCNICO, INGENIERO TÉCNICO Y DIPLOMADO
Modificar aspectos puntuales en la tramitación de los procedimientos de homologación, correspondencias y equivalencias para agilizar la tramitación y asegurar la celeridad en la notificación de las resoluciones, adaptar los procedimientos a los requerimientos de la administración electrónica, y en general mejorar la tramitación realizada desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para mejorar el servicio ofrecido a los ciudadanos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS Y ESTUDIOS EXTRANJEROS A LOS CORRESPONDIENTES DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, BACHILLERATO Y ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS
Actualizar la normativa básica de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros a los correspondientes de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y enseñanzas artísticas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN EQUIVALENCIAS DE FORMACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO CON LA FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO
Actualización y adecuación de la regulación existente a las nuevas exigencias de las titulaciones de formación profesional y sus niveles educativos.
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1633/2011, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE EQUIVALENCIAS DE TÍTULOS DE NIVEL UNIVERSITARIO IMPARTIDOS EN CENTROS DOCENTES DEPENDIENTES DE LA FEDERACIÓN DE ENTIDADES RELIGIOSAS EVANGÉLICAS DE ESPAÑA
Modificación del Real Decreto 1633/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece el régimen de equivalencias de títulos de nivel universitario impartidos en centros docentes dependientes de la Federación de entidades religiosas evangélicas de España, para realizar el seguimiento y evaluación que debe realizar la Agencia Nacional de Evaluación y Calidad de la Acreditación (ANECA) de las enseñanzas correspondientes a los títulos otorgados por centros docentes de nivel superior o Facultades Protestantes de Teología dependientes de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España a los que se reconocen efectos civiles, tal como exige el artículo 7 de dicho Real Decreto 1633/2011, de 14 de noviembre.
REAL DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1619/2011, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE EL NUEVO RÉGIMEN DE EQUIVALENCIAS DE LOS ESTUDIOS Y TITULACIONES DE CIENCIAS ECLESIÁSTICAS DE NIVEL UNIVERSITARIO RESPECTO DE LOS TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES ESPAÑOLES, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ACUERDO ENTRE EL ESTADO ESPAÑOL Y LA SANTA SEDE DE 3 DE ENERO DE 1979 SOBRE ENSEÑANZA Y ASUNTOS CULTURALES
Reconocimiento de efectos civiles a titulaciones universitarias eclesiásticas de 180 créditos ECTS.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CORRESPONDENCIAS A LOS NIVELES DEL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR (MECES) DE LOS TÍTULOS DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DECLARADAS EQUIVALENTES A LOS TÍTULOS DE LICENCIADO Y DIPLOMADO UNIVERSITARIO.
Se establecen las correspondencias a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos de enseñanzas artísticas superiores a los títulos de Licenciado y Diplomado Universitario, una vez declarada la correspondencia de estos títulos a los títulos de Grado y Máster.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA EQUIVALENCIA DE LOS TÍTULOS DE ENSEÑANZAS DE GRADO MEDIO DE MÚSICA ANTERIORES A LA LOE Y DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA LOE AL TÍTULO DE TÉCNICO EN ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA ESTABLECIDO EN LA MODIFICACIÓN DE ESTA LEY POR LA LOMCE.
Se regula la equivalencia de los títulos de enseñanzas de grado medio de música anteriores a la LOE y de las enseñanzas profesionales de música LOE al título de Técnico en enseñanzas profesionales de Música de la LOMCE.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA EQUIVALENCIA DE LOS TÍTULOS DE ENSEÑANZAS DE GRADO MEDIO DE DANZA ANTERIORES A LA LOE Y DE LAS DE ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE DANZA LOE AL TÍTULO DE TÉCNICO EN ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE DANZA ESTABLECIDO EN LA MODIFICACIÓN DE ESTA LEY POR LA LOMCE
Se regula la equivalencia de los títulos de enseñanzas de grado medio de danza anteriores a la LOE y de las de enseñanzas profesionales de danza LOE al título de Técnico en enseñanzas profesionales de Danza de la LOMCE.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CORRESPONDENCIAS ENTRE LOS TÍTULOS DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS Y EL RESTO DE LOS TÍTULOS
Se regulan las correspondencias entre los títulos de las enseñanzas de idiomas y el resto de los títulos, tal como prescribe la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
REAL DECRETO POR EL QUE SE CREA LA ESPECIALIDAD DOCENTE DE CANT VALENCIÀ EN EL CUERPO DE PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS
Se crea la especialidad docente de Cant Valencià en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, a solicitud de la Comunidad Autónoma de Valencia. Esta especialidad docente de los profesores de Música y Artes Escénicas del Sistema Educativo Español debe ser creada por el Gobierno, de conformidad con la disposición adicional séptima.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece que corresponde al Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, la creación o supresión de las especialidades de los cuerpos docentes.
REAL DECRETO POR EL QUE SE FIJA EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL PARA 2019
Establecimiento del Salario Mínimo Interprofesional para 2019.
REAL DECRETO SOBRE REVALORIZACIÓN DE LAS PENSIONES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE OTRAS PRESTACIONES SOCIALES PÚBLICAS PARA EL EJERCICIO 2019
El Real Decreto tiene por objeto el desarrollo de las previsiones contenidas en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado en materia de revalorización de pensiones del sistema de la Seguridad Social, en sus diversos aspectos, así como las limitaciones en el señalamiento inicial de las pensiones y los complementos para pensiones inferiores a la mínima.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Desarrollo de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en lo relativo al funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
La ley se inserta en el conjunto de medidas adoptadas por el Gobierno para la racionalización, simplificación y modernización de las Administraciones Públicas, establece un modelo de Inspección basado en principios ordenadores comunes, entre los que cabe destacar la búsqueda de la calidad y la eficiencia en la prestación del servicio a los ciudadanos, la concepción única e integral de Sistema y el principio de unidad de función y actuación inspectora. Además regula el régimen jurídico de los funcionarios del Sistema de Inspección en su conjunto, de manera complementaria al contenido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, avanza en la especialización de los funcionarios y en la necesidad del trabajo programado y en equipo, y crea dos escalas dentro del Cuerpo de Subinspectores Laborales: Una Escala de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social, y otra de Subinspectores de Seguridad y Salud Laboral, lo que permitirá ampliar y reforzar la actuación de la Inspección en esta materia.
El objetivo del Real Decreto es por tanto el desarrollo de la Ley para a la puesta en práctica de las reformas que introduce.
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA EL COMPLEMENTO POR MATERNIDAD
Recoger en un real decreto las normas de aplicación del complemento por maternidad regulado en el artículo 60 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, actualmente fijadas por criterio administrativo.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Aunque la iniciativa incorpora las pautas de actuación que ya se vienen aplicando en virtud de la regulación legal de la materia, se considera oportuno evaluar los resultados de su aplicación.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL SOBRE COTIZACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OTROS DERECHOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Esta iniciativa responde, en primer lugar, a la necesidad de reunir en un único texto el contenido de distintas normas en materia de cotización a la Seguridad Social que se incluyen en diversas disposiciones reglamentarias, fundamentalmente en las órdenes anuales dictadas en desarrollo de las reglas sobre cotización establecidas en las respectivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
El proyecto obedece, en segundo lugar, a la conveniencia de adaptar la sistemática y de actualizar la regulación contenida en el reglamento general aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, en función de otras modificaciones y novedades normativas con incidencia en la materia por él regulada.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL SOBRE INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS Y AFILIACIÓN, ALTAS, BAJAS Y VARIACIONES DE DATOS DE TRABAJADORES EN LA SEGURIDAD SOCIAL.
El objeto fundamental de este proyecto consiste en adaptar la sistemática y en actualizar la regulación en materia de inscripción y afiliación a la Seguridad Social contenida en el reglamento general aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, en función de posteriores novedades normativas que inciden en dicha regulación, tanto en virtud de la simplificación progresiva de regímenes de la Seguridad Social como en materia procedimental, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También se aprovecha la experiencia en la gestión efectuada al amparo del vigente reglamento sobre esas materias, para perfeccionar la misma y dotarla de mayor eficacia.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL TRATAMIENTO, A EFECTOS DE LA ACCIÓN PROTECTORA DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DEL PERÍODO CORRESPONDIENTE A LAS VACACIONES ANUALES RETRIBUIDAS NO DISFRUTADAS ANTES DE LA FINALIZACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO.
Recoger en una norma con rango de real decreto los distintos aspectos del tratamiento, a efectos de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social en su nivel contributivo, del período correspondiente a las vacaciones anuales retribuidas que no hayan sido disfrutadas con anterioridad a la finalización del contrato de trabajo, que se configura como situación asimilada a la de alta con cotización, de acuerdo con el artículo 166.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, y actualmente fijados por criterio administrativo.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ACCESO Y CONEXIÓN Y SE DESARROLLA EL ARTÍCULO 33 DE LA LEY 24/2013, DE 26 DE DICIEMBRE, DEL SECTOR ELÉCTRICO
Este proyecto tiene por finalidad desarrollar la norma prevista en el artículo 33 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, con los siguientes objetivos:
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Pudiera existir conflictividad con las Comunidades Autónomas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA METODOLOGÍA DE APLICACIÓN DEL SUPERÁVIT DEL SISTEMA ELÉCTRICO
Constituye su objeto la regulación de la metodología para la aplicación del superávit del sistema eléctrico para la amortización de la deuda, en desarrollo del artículo 19.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El desarrollo reglamentario del artículo 19.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, es imprescindible para aplicar los superávit del sector eléctrico de años anteriores a la reducción de las cantidades pendientes de devolución.
El artículo 19.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece que los superávit de ingresos que pudieran resultar de las liquidaciones del sistema eléctrico en cada ejercicio serán considerados ingresos liquidables del sistema del ejercicio en curso. Siempre que existan desajustes de años anteriores estos ingresos se destinarán a la reducción de las cantidades pendientes de devolución correspondientes a los mismos.
Las liquidaciones del sector eléctrico se están llevando a cabo de acuerdo con la disposición transitoria decimotercera de la citada Ley, que establece que hasta el desarrollo reglamentario del procedimiento general de liquidaciones de acuerdo a lo dispuesto en su artículo 18.2 resultará de aplicación el procedimiento regulado en el Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los costes de transporte, distribución y comercialización a tarifa de los costes permanentes del sistema y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento, con algunas particularidades.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE CRITERIOS PARA LA FACTURACIÓN DE LOS PEAJES DE ACCESO A LAS REDES DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN QUE DEBEN SATISFACER LOS PRODUCTORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Regulación de metodología para la determinación de criterios para la facturación de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución que deben satisfacer los productores de energía eléctrica.
El objetivo de este real decreto es establecer la metodología de facturación homogénea de los peajes de acceso que deben satisfacer los productores de energía eléctrica teniendo en cuenta las particularidades de conexión de estas instalaciones a la red, sus instalaciones y sus niveles de seguridad. El Real Decreto 1544/2011, de 31 de octubre, estableció unos nuevos peajes de acceso a las redes de transporte y distribución que deben satisfacer los productores de energía eléctrica por la energía vertida a la red, asimismo el citado real decreto modificó el Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica de tal forma que los consumos propios de la actividad de transporte ya no están exentos del pago de los peajes de acceso regulados en dicho real decreto. Para la correcta aplicación de estas disposiciones es necesario desarrollar la metodología a que se refiere este real decreto.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL MARCO DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, PROTECCIÓN CONTRA EL FRAUDE Y PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIONES
Se actualiza de la normativa vigente en una triple vertiente:
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA METODOLOGÍA DE RETRIBUCIÓN DEL OPERADOR DEL SISTEMA Y DEL OPERADOR DEL MERCADO ELÉCTRICO
Aprueba una metodología objetiva de retribución del operador del sistema y del operador del mercado eléctrico conforme a los principios regulados en la nueva Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Este real decreto desarrolla el artículo 14 de la 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que establece que la retribución del operador del mercado y del operador del sistema se establecerá de acuerdo con la metodología que determine el Gobierno en función de los servicios que efectivamente presten y será financiada con base en los precios que éstos cobren a los agentes y sujetos del sistema, respectivamente. La retribución del operador del sistema podrá incorporar incentivos, que podrán tener signo positivo o negativo, a la reducción de costes del sistema derivados de la operación en la determinación de los servicios de ajuste, a la mejora de las previsiones y otros objetivos.
Actualmente, se define la retribución de estos operadores en virtud de lo previsto en la disposición transitoria primera de la referida Ley del Sector Eléctrico, en la que se establece que en tanto no se dicten las normas de desarrollo de la citada ley que sean necesarias para la aplicación de alguno de sus preceptos, continuarán aplicándose las correspondientes disposiciones en vigor en materia de energía eléctrica.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN EN LOS SISTEMAS ELÉCTRICOS DE LOS TERRITORIOS NO PENINSULARES
Se regula el procedimiento de liquidación en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares. El objetivo de este real decreto es establecer el procedimiento general de liquidaciones para el reparto de los fondos ingresados por los distribuidores y el transportista, así como de las restantes partidas de ingresos, entre quienes realicen las actividades incluidas en el sistema eléctrico, atendiendo a la retribución que les corresponda de conformidad con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
La situación especial en los territorios no peninsulares cuyos extracostes de generación procedentes de instalaciones con diferentes regímenes de retribución regulada (régimen retributivo adicional y específico) y partidas de ingresos procedentes tanto de peajes y cargos como de Presupuestos Generales del Estado, hace necesario un desarrollo del procedimiento de liquidación diferente del establecido en la península para el resto de actividades con retribución regulada.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE LOS INGRESOS Y COSTES DEL SECTOR ELÉCTRICO
Siguiendo el mandato del artículo 18.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el proyecto establece el procedimiento general de liquidaciones para el reparto de los fondos ingresados por los distribuidores y el transportista, así como, de las restantes partidas de ingresos entre quienes realicen las actividades incluidas en el sistema, atendiendo a la retribución que legalmente les corresponda.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CALIDAD DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO
Se aprueba una nueva regulación de los requisitos y condiciones de calidad del suministro eléctrico, cuestión que en la actualidad está regulada en el Capítulo IV (Calidad de servicio en la red de transporte) del título II (Transporte de energía eléctrica) y Capítulo II (Calidad de servicio) del título VI (Suministro) del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Conforme a esta normativa, la calidad del servicio de la red de transporte viene configurada por los siguientes aspectos:
La calidad del servicio del suministro viene configurada por el siguiente contenido:
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO SOBRE SEGURIDAD NUCLEAR EN INSTALACIONES NUCLEARES
El objeto de este Real Decreto es el establecimiento de los requisitos básicos de seguridad nuclear aplicables a las instalaciones nucleares durante todo su ciclo de vida, con el fin de garantizar un alto nivel de seguridad nuclear para proteger a los trabajadores y al público en general contra los riesgos que resultan de las radiaciones ionizantes procedentes de instalaciones nucleares y mantener la seguridad nuclear y promover su mejora. Asimismo, mediante este proyecto se incorpora al derecho español la Directiva 2014/87/Euratom del Consejo, de 8 de julio de 2014, por la que se modifica la Directiva 2009/71/Euratom, por la que se establece un marco comunitario para la seguridad nuclear de las instalaciones nucleares.
REAL DECRETO SOBRE CONTROL Y RECUPERACIÓN DE FUENTES RADIACTIVAS HUÉRFANAS
Mediante la nueva norma propuesta se realizará parcialmente la transposición de la Directiva 2013/59/Euratom del Consejo, estableciendo el marco regulatorio para el control, gestión y recuperación de las fuentes radiactivas huérfanas, a fin de evitar la exposición de los trabajadores y del público a las radiaciones ionizantes como consecuencia de la existencia de dichas fuentes.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA COMERCIALIZACIÓN Y SUMINISTRO DE GAS NATURAL (POSIBLE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 1434/2002, DE 27 DE DICIEMBRE)
El real decreto desarrolla las relaciones entre las empresas gasistas y los consumidores, incluyendo la regulación de las acometidas y demás actuaciones necesarias para un nuevo suministro, los contratos de suministro, los derechos de los consumidores, la responsabilidad de las empresas distribuidoras y las comercializadoras en relación al suministro, las causas de suspensión, etc.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS PARA LUCHAR CONTRA EL FRAUDE EN EL SECTOR DE HIDROCARBUROS
El proyecto tiene un doble objeto:
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA EL REAL DECRETO-LEY 16/2017, DE 17 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN DISPOSICIONES DE SEGURIDAD EN LA INVESTIGACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL MEDIO MARINO
Este real decreto completa la transposición de la Directiva 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y gas mar adentro y desarrolla el Real Decreto-Ley 16/2017, de 17 de noviembre, por el que se establecen disposiciones de seguridad en la exploración y explotación de hidrocarburos en medio marino, en lo relativo al contenido de los informes de riesgos graves, los planes internos y externos de emergencia, la política corporativa, el sistema de gestión de seguridad y el medio ambiente y los procedimientos de comunicación y autorización.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: La razón de la necesidad de evaluación reside en que lo dispuesto en el Real Decreto-Ley y el presente Real Decreto de desarrollo puede tener impacto sobre algunos sectores destacados de la economía, así como efectos significativos sobre la unidad de mercado, la competencia, la competitividad o las pequeñas o medianas empresas (Artículo 3.1 e) y f), del Real Decreto 286/2017, de 24 de marzo).
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL SERVICIO UNIVERSAL DE TELECOMUNICACIONES
En la actualidad y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25 y siguientes de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, ha de revisarse el contenido, definición y alcance para la prestación del servicio universal, debiendo reevaluar la permanencia de aquellos elementos que se puedan estar prestando en competencia plena.
Por tanto, la finalidad de este real decreto es adaptar a la realidad económica y social del mercado de las telecomunicaciones los elementos configuradores y definitorios que conforman el concepto de servicio universal de telecomunicaciones, entendido como el conjunto definido de servicios cuya prestación se garantiza para todos los usuarios finales con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible. Para ello debe revisarse el contenido, definición y alcance para la prestación del servicio universal, debiendo reevaluar la permanencia de aquellos elementos que se puedan estar prestando en competencia plena. Por ejemplo, uno de los elementos que Io conforman como el servicio de directorio telefónico sobre números de abonado (numeración 118) ya se está prestando en condiciones de libre competencia.
Por otra parte, al elaborar este real decreto, se deberá tener en cuenta que la Comisión Europea ha presentado con fecha 14 de septiembre de 2016 su propuesta de comunicaciones electrónicas en Europa, el denominado Código Europeo de las Comunicaciones, que introduce amplias y profundas modificaciones en el servicio universal de telecomunicaciones. Modificaciones que van en ese sentido de dar mayor flexibilidad y un superior margen de actuación a los Estados miembros para que configuren de manera más real y adaptada a las necesidades de cada país la realidad de un servicio universal de telecomunicaciones.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Puede tener impacto sobre algunos sectores destacados de la economía, así como efectos significativos sobre la unidad de mercados, la competencia, la competitividad o las pequeñas o medianas empresas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS CONDICIONES TÉCNICAS QUE DEBE CUMPLIR EL PLAN DE DESPLIEGUE O INSTALACIÓN DE REDES DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS
El objetivo general de la iniciativa consiste en establecer y aprobar las condiciones técnicas, el contenido mínimo y estructura que tendrán que cumplir los Planes de Despliegue o Instalación, a los que se refiere el párrafo segundo del apartado 6 del artículo 34 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, que pueden presentar los operadores de redes de comunicaciones electrónicas ante las Administraciones Públicas competentes.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Puede tener impacto sobre algunos sectores destacados de la economía, así como efectos significativos sobre la unidad de mercados, la competencia, la competitividad o las pequeñas o medianas empresas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS
Desarrollo y ejecución de la Ley de Marcas tras las modificaciones introducidas para la incorporación a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva (UE) 2015/2436, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas.
En concreto, las cuestiones fundamentales que se desarrollarán en dicho proyecto normativo son:
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Se prevé tanto un cuantioso incremento de gastos de personal como una reducción de las cargas administrativas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS REALES DECRETOS DICTADOS PARA LA APLICACIÓN EN ESPAÑA DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN
Adaptar los reales decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014 a la normativa UE y a las interpretaciones de la Comisión Europea.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 87/1978, DE 28 DE DICIEMBRE, SOBRE SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS
Actualizar las normas que rigen el seguro agrario combinado, actualmente reguladas por el real decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, adecuándolas a las disposiciones legales vigentes.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS NOTIFICACIONES SOBRE PRECIOS Y PRODUCCIONES EN DETERMINADOS SECTORES AGRARIOS
Establecer un marco normativo para poder solicitar esta información.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Se establecen cargas administrativas.
REAL DECRETO SOBRE COMPOSICIÓN, ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DEL AGUA
Introducir ciertas mejoras en la composición, que permitan su adecuada adaptación por un lado a la nueva estructura orgánica de la Administración del Estado y por otra a la realidad del sector, ajustando su contenido a las nuevas Leyes 39 y 40/2015.
REAL DECRETO SOBRE REDUCCIÓN DEL CONSUMO DE BOLSAS DE PLÁSTICO Y POR EL QUE SE CREA EL REGISTRO DE PRODUCTORES DE PRODUCTOS (REPP)
Transponer la Directiva 2015/720/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL ANEXO I DE LA LEY 41/2010, DE 29 DE DICIEMBRE, DE PROTECCIÓN DEL MEDIO MARINO
Trasposición de la Directiva 2017/845 de la Comisión, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 2008/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las listas indicativas de elementos que deben tomarse en consideración a la hora de elaborar estrategias marinas.
REAL DECRETO DE REDUCCIÓN DE EMISIONES NACIONALES DE DETERMINADOS CONTAMINANTES ATMOSFÉRICOS Y ELABORACIÓN DEL INVENTARIO NACIONAL DE PROYECCIONES DE EMISIONES
Reducir las emisiones a la atmósfera de ciertos contaminantes (dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno, compuestos orgánicos volátiles no metánicos, amoniaco y partículas finas) y cumplir con unos niveles de emisión máximos desde 2020 a 2029 y a partir de 2030.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1310/1990, DE 29 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA LA UTILIZACIÓN DE LOS LODOS DE DEPURACIÓN EN EL SECTOR AGRARIO
Resolver indefiniciones detectadas en lo que respecta al concepto de tratamiento de los lodos y parámetros de calidad que debe cumplir un lodo tratado para su uso en agricultura.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 105/2008, DE 1 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULA LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN
Adaptar el Real Decreto a lo dispuesto en la ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y resolver algunos aspectos de funcionamiento detectados.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1481/2001, DE 27 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA ELIMINACIÓN DE RESIDUOS MEDIANTE DEPÓSITO EN VERTEDERO
Transponer la futura directiva que revisa la Directiva 1999/31/CE sobre depósito de residuos en vertederos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA IMAGEN CORPORATIVA E IDENTIDAD GRÁFICA DE LA RED DE PARQUES NACIONALES
Establecer la imagen corporativa e identidad gráfica de la red de Parques Nacionales.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA LICENCIA DE USO DE LA MARCA “PARQUES NACIONALES DE ESPAÑA”
Desarrollar el artículo 33.3 de la ley 30/2014, de 3 de diciembre, de parques nacionales, que reconoce la marca “Parques Nacionales de España” como un identificador común de calidad para las producciones de estos espacios.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1229/2005, DE 13 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULAN LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS CON CARGO A LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO EN LAS ÁREAS DE INFLUENCIA SOCIOECONÓMICA DE LOS PARQUES NACIONALES
Adecuar la normativa vigente en materia de subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ACTUALIZAN LAS MEDIDAS DE CONSERVACIÓN DE LA ZONA ESPECIAL DE CONSERVACIÓN EL CACHUCHO
Actualizar las medidas aprobadas por el real decreto 1629/2011, de 14 de noviembre, por el que se declara como área marina protegida y como zona especial de conservación el espacio marino de El Cachucho, y se aprueban las correspondientes medidas de conservación.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ACTUALIZAN LAS MEDIDAS DE CONSERVACIÓN DE LA ZONA ESPECIAL DE CONSERVACIÓN ESTRECHO ORIENTAL
Actualizar las medidas aprobadas por el Real Decreto 1620/2012, de 30 de noviembre, por el que se declara Zona Especial de Conservación el lugar de importancia comunitaria es6120032 Estrecho Oriental de la región biogeográfica mediterránea de la Red Natura 2000.
REAL DECRETO POR EL SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INNOVACIÓN DE INTERÉS GENERAL POR GRUPOS OPERATIVOS DE LA ASOCIACIÓN EUROPEA PARA LA INNOVACIÓN EN MATERIA DE PRODUCTIVIDAD Y SOSTENIBILIDAD AGRÍCOLAS (AEI-AGRI) Y SE MODIFICA EL REAL DECRETO 253/2016, DE 10 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN DE GRUPOS OPERATIVOS SUPRAUTONÓMICOS EN RELACIÓN CON LA ASOCIACIÓN EUROPEA DE INNOVACIÓN EN MATERIA DE PRODUCTIVIDAD Y SOSTENIBILIDAD AGRÍCOLAS
Establecer las bases reguladoras del régimen de ayudas para proyectos de grupos operativos en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE CREA EL PAQUETE JOVEN DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
Facilitar la incorporación de jóvenes a la actividad agroalimentaria y su vinculación con el medio rural.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Repercusión en el impulso de la actividad económica del medio rural vinculada a los jóvenes.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN DISPOSICIONES DE APLICACIÓN RELATIVAS A LA CLASIFICACIÓN DE CANALES DE PORCINO
Adaptación de la normativa nacional en materia de clasificación de canales de porcino a los Reglamentos delegado y de ejecución (publicación prevista para finales de 2017) que establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1308/2013, por el que se crea la organización común de los mercados agrarios, en lo que atañe a los modelos de la Unión de clasificación de las canales de vacuno, porcino y ovino y la comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1363/2012, DE 28 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL RECONOCIMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES DE LECHE Y DE LAS ORGANIZACIONES INTERPROFESIONALES EN EL SECTOR LÁCTEO Y SE ESTABLECEN SUS CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
Se modifica la actual redacción del real decreto para simplificarla y convertir en indefinidas medidas temporales de apoyo al sector.
REAL DECRETO POR EL QUE SE COMPLETA LA APLICACIÓN DEL MODELO DE LA UNIÓN DE CLASIFICACIÓN DE LAS CANALES DE VACUNO Y OVINO Y SE REGULA EL REGISTRO Y COMUNICACIÓN DE LOS PRECIOS DE MERCADO
Adaptación de la normativa nacional en materia de clasificación de canales de vacuno y ovino a los Reglamentos delegado y de ejecución (publicación prevista para finales de 2017) que complementan al Reglamento (UE) nº 1308/2013, por el que se crea la organización común de los mercados agrarios, en lo que atañe a los modelos de la Unión de clasificación de las canales de vacuno, porcino y ovino y la comunicación de los precios de mercado de determinadas categorías de canales y animales vivos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS ZOOTÉCNICAS APLICABLES A LA CRÍA, EL COMERCIO Y LA ENTRADA EN LA UNIÓN DE ANIMALES REPRODUCTORES DE RAZA PURA, PORCINOS REPRODUCTORES HÍBRIDOS Y SU MATERIAL REPRODUCTIVO Y SE ACTUALIZA EL PROGRAMA NACIONAL DE CONSERVACIÓN, MEJORA Y FOMENTO DE LAS RAZAS GANADERAS
Aplicar en España el Reglamento (UE) 2016/1012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a las condiciones zootécnicas y genealógicas para la cría, el comercio y la entrada en la Unión de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, y por el que se modifican el Reglamento (UE) nº 652/2014 y las Directivas 89/608/CEE y 90/425/CEE del Consejo y se derogan determinados actos en el ámbito de la cría animal («Reglamento sobre cría animal»).
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES DE CELEBRACIÓN DE LOS CERTÁMENES DE GANADO SELECTO DE CARÁCTER NACIONAL, EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CONSERVACIÓN, MEJORA Y FOMENTO DE RAZAS GANADERAS
Regular, para las especies bovina, ovina, caprina, porcina y equina, las condiciones sanitarias y zootécnicas de celebración de los certámenes de ganado selecto de carácter nacional. Asimismo, para razas de la especie aviar y camélidos domésticos incluidas en el catálogo oficial de razas de ganado en España, establecer las condiciones sanitarias y zootécnicas para su participación en exposiciones y concursos nacionales de ganado selecto.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE UN MARCO REGULADOR DE LAS ACTIVIDADES EXPERIMENTALES Y OPERATIVAS RELACIONADAS CON LA MODIFICACIÓN ARTIFICIAL DEL TIEMPO
Determinar y definir las actividades que caen dentro del ámbito de la ‘modificación artificial del tiempo y el clima’ y la regulación de algunas de ellas; y crear un marco en el que se puedan desarrollar en el futuro trabajos de experimentación y actividades operativas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL ESTATUTO DE LOS COLABORADORES METEOROLÓGICOS DEL ESTADO
Establecer un régimen jurídico que regule el estatuto de los colaboradores meteorológicos y adapte a la normativa presupuestaria en vigor la prestación que recibe este colectivo en reconocimiento a su labor.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE MONTES
Desarrollo del reglamento de montes correspondiente a la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, a lo largo de la cual se determina el desarrollo reglamentario de varias materias.
REAL DECRETO SOBRE CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS GENÉTICOS FORESTALES
Disponer de un marco jurídico para la conservación los recursos genéticos forestales de interés nacional.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS DIRECTRICES PARA LA CARACTERIZACIÓN DEL MATERIAL DRAGADO Y SU REUBICACIÓN EN AGUAS DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE
Establecer las condiciones aplicables para regular las operaciones de dragado y reubicación de los materiales dragados en las aguas del dominio público-terrestre.
REAL DECRETO POR EL QUE SE DETERMINA EL FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE INFRACTORES DE CAZA Y PESCA
Desarrollar la disposición adicional cuarta de la Ley 21/2015, de 20 de junio, por el que se crea el Registro Español de Infractores de Caza y Pesca, estableciendo sus normas de funcionamiento.
REAL DECRETO QUE MODIFICA EL REAL DECRETO 347/2011, DE 11 DE MARZO, POR EL QUE SE REGULA LA PESCA MARÍTIMA DE RECREO EN AGUAS EXTERIORES
Adecuar el proyecto a las recomendaciones de organismos internacionales, garantizando la efectiva validez de las licencias autonómicas en todo el territorio y la aplicación de criterios de sostenibilidad de las capturas.
REAL DECRETO SOBRE COMERCIALIZACIÓN DE PLANTAS FORESTALES MICORRIZADAS CON HONGOS COMESTIBLES DE INTERÉS ECONÓMICO
Proporcionar al utilizador seguridad respecto de la calidad fisiológica y biológica en la planta que se comercializa como micorrizadas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL REGISTRO DE PRODUCTORES, COMERCIANTES E IMPORTADORES DE VEGETALES Y PRODUCTOS VEGETALES, INCLUIDAS SEMILLAS Y PLANTAS DE VIVERO Y MATERIAL CONEXO
Regular un registro único, actualizando la normativa ahora vigente, y sustituyendo la Orden de 17 de mayo de 1993 por la que se establecen las obligaciones a que están sujetos los productores, comerciantes e importadores de vegetales, productos vegetales y otros objetos, así como las normas detalladas para su inscripción en un Registro oficial, y el Real Decreto 1891/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la autorización y registro de los productores de semillas y plantas de vivero y su inclusión en el Registro nacional de productores.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Se establecen cargas administrativas.
REAL DECRETO DE DESARROLLO DE LA LEY DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS EN EL ÁMBITO FINANCIERO
Este Real Decreto tiene por objeto el desarrollo de la ley del Sistema Institucional de Resolución Extrajudicial de conflictos en el ámbito financiero, que en el tercer trimestre del año 2017 se encuentra en tramitación parlamentaria (concretamente, en el Senado) por el procedimiento de urgencia.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA CAJA GENERAL DE DEPÓSITOS
Adaptar la normativa y la práctica administrativa de la Caja General de Depósitos al marco normativo actual, a los requerimientos de un sector público más competitivo, transparente y eficiente y al uso extensivo e intensivo de medios electrónicos que propugna la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Reducción de cargas administrativas para los destinatarios de la norma.
REAL DECRETO PARA LA TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2014/50/UE, DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 16 DE ABRIL, DE 2014 RELATIVA A LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA REFORZAR LA MOVILIDAD DE LOS TRABAJADORES ENTRE ESTADOS MIEMBROS MEDIANTE LA MEJORA DE LA ADQUISICIÓN Y EL MANTENIMIENTO DE LOS DERECHOS COMPLEMENTARIOS DE PENSIÓN
REAL DECRETO DE TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA (UE) 2016/2341, DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 14 DE DICIEMBRE DE 2016, RELATIVA A LAS ACTIVIDADES Y LA SUPERVISIÓN DE LOS FONDOS DE PENSIONES DE EMPLEO
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Impacto en las cargas administrativas vinculadas a este marco normativo. Afectaría a las entidades gestoras de fondos de pensiones, o en su caso, a las comisiones de control, por el establecimiento, principalmente, de una nueva regulación sobre el sistema de gobierno de fondos de pensiones y de ampliación del contenido del régimen de información a partícipes y beneficiarios.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL COMITÉ ESPAÑOL DE ÉTICA DE LA INVESTIGACIÓN
Desarrollar la previsión recogida en el artículo 10 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, respecto del Comité Español de Ética de la Investigación, como órgano colegiado, independiente y de carácter consultivo, sobre materias relacionadas con la ética profesional en la investigación científica y técnica.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1432/2003, POR EL QUE SE REGULA LA EMISIÓN DE INFORMES MOTIVADOS RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS, A EFECTOS DE LA APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DE DEDUCCIONES FISCALES POR ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
Modificación del Real Decreto de referencia para clarificación y ampliación de los tipos de solicitudes de informe motivado y mejoras en tramitación según tipología de proyectos y solicitantes. Todo lo anterior con vistas a mejorar la eficacia, eficiencia y mejor servicio a los posibles destinatarios, dentro del objetivo de agilización y simplificación administrativa.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Según los criterios del Real Decreto 286/2017, puede implicar una reducción de cargas administrativas y mejora de la competitividad de las PYMES.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS TECNOLÓGICOS Y LOS CENTROS DE APOYO A LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DE ÁMBITO ESTATAL Y SE CREA EL REGISTRO DE TALES CENTROS
Modificación de la normativa reguladora del Registro de Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación de cara a simplificar y actualizar el sistema de reconocimiento y acreditación de centros e institutos tecnológicos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY DE DISTRIBUCIÓN DE SEGUROS Y REASEGUROS PRIVADOS EN MATERIA DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICO-CONTABLE Y DEL NEGOCIO
REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY DE DISTRIBUCIÓN DE SEGUROS Y REASEGUROS PRIVADOS EN MATERIA DE COMPETENCIA PROFESIONAL
REAL DECRETO DE MODIFICACION DEL REAL DECRETO 304/2004, DE 20 DE FEBRERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE PLANES Y FONDOS DE PENSIONES, Y DEL REAL DECRETO 1588/1999, DE 15 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE INSTRUMENTACIÓN DE LOS COMPROMISOS POR PENSIONES DE LAS EMPRESAS CON LOS TRABAJADORES Y BENEFICIARIOS
REAL DECRETO DE DESARROLLO DE LA LEY DE TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2014/65/UE, REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES
Esta norma incluirá asimismo la trasposición en rango de real decreto de la Directiva Delegada (UE) 2017/593 de la Comisión, de 7 de abril de 2016, por la que se complementa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a la salvaguarda de los instrumentos financieros y los fondos pertenecientes a los clientes, las obligaciones en materia de gobernanza de productos y las normas aplicables a la entrega o percepción de honorarios, comisiones u otros beneficios monetarios o no monetarios.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY 10/2010, DE 28 DE ABRIL, DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, APROBADO POR REAL DECRETO 304/2014, DE 5 DE MAYO
Trasponer los elementos que quedan por implementar de la Directiva 849/2015 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo e introducir algunas mejoras técnicas que se han identificado. Particularmente, se van a desarrollar cuestiones procedimentales y de detalle relativas a procedimientos que deben implantar las entidades para dar cumplimiento a las nuevas previsiones que va a contener la Ley 10/2010 tras su modificación, así como realizar algunos otros ajustes de detalle que no procede incluir en una norma con rango de Ley.
Se va a tramitar conjuntamente con la modificación parcial de la Ley 10/2010.
REAL DECRETO DE DESARROLLO DE LA LEY SOBRE SERVICIOS DE PAGO EN EL MERCADO INTERIOR
Este Real Decreto tiene por objeto desarrollar la ley de transposición de la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) no 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 22/2015, DE 20 DE JULIO, DE AUDITORÍA DE CUENTAS
Desarrollo de la Ley de Auditoría de Cuentas que regula la actividad de auditoría de cuentas en España, aprobada mediante Ley 22/2015, de 20 de julio, dictada para modificar el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, como consecuencia de la aprobación de la Directiva 2014/56/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, de modificación de la Directiva 2006/43/CE y la aprobación del Reglamento (UE) nº 537/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
La Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia modificó la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
El objetivo de la norma es regular la adopción internacional tras la asunción de la Administración General del Estado de competencias que con anterioridad a la Ley 26/2015 eran de ámbito autonómico.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Se prevé una posible conflictividad con las comunidades autónomas así como un impacto relevante sobre la familia, infancia y adolescencia.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 27/2007, POR LA QUE SE RECONOCEN LAS LENGUAS DE SIGNOS Y SE REGULAN LOS MEDIOS DE APOYO A LA COMUNICACIÓN ORAL DE LAS PERSONAS SORDAS, CON DISCAPACIDAD AUDITIVA Y SORDOCIEGAS
La Ley 27/2007, de 23 de octubre, por el que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, en su Disposición final cuarta, contiene un mandato específico al Gobierno para que, en el ámbito de sus competencias y previa consulta a las conferencias sectoriales correspondientes y al Consejo Nacional de la Discapacidad, elabore un reglamento que desarrolle la utilización de la lengua de signos española, así como los apoyos para cualquier tipo de ayuda técnica que contribuya a la eliminación de las barreras de comunicación para la integración social de las personas sordas con discapacidad auditiva o sordociegas.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Esta norma ha de someterse a un análisis sobre los resultados de su aplicación, atendiendo a los siguientes criterios:
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 45/2015, DE 14 DE OCTUBRE, DE VOLUNTARIADO
Sus objetivos centrales son clarificar y simplificar los pronunciamientos legales y procedimientos recogidos en la Ley para mejorarlos desde la perspectiva de la agilidad y seguridad jurídica. Mejorar la cooperación entre todos los agentes: administraciones, entidades de voluntariado, universidades y empresas, con pleno respeto a las competencias y responsabilidades de todos. Mejorar aspectos concretos sobre la gestión, la información, el reconocimiento y la formación de las personas voluntarias en las entidades de voluntariado y coordinar de forma integral todos los ámbitos y formas de la acción voluntariado. Impulsar las actividades de aprendizaje-servicio en la comunidad educativa como instrumento para la adquisición de valores entre los menores y jóvenes, fomentar la colaboración entre entidades y empresas para el voluntariado de sus trabajadores, el voluntariado en las universidades y del voluntariado entre los empleados públicos.
Crear las bases de un sistema de reconocimiento de las competencias adquiridas a través del voluntariado, que potenciará el voluntariado entre los jóvenes, facilitando su acceso al mercado laboral.
REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE ONG DE ACCIÓN SOCIAL
Adaptación del actual reglamento del Consejo Estatal de ONG de Acción Social aprobado mediante el Real Decreto 235/2005, de 4 de marzo en desarrollo del artículo 8 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social. Establecerá sus fines, funciones, composición, miembros, órganos principales y funcionamiento.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA GESTIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA ASISTENCIAL Y SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1207/2006, DE 20 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA LA GESTIÓN DEL FONDO DE COHESIÓN SANITARIA
Regular los criterios aplicables a la liquidación del Fondo de Garantía Asistencial (FOGA), creado por el artículo 3 del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, así como la adaptación de la regulación del Fondo de cohesión sanitaria (FCS) a la naturaleza extrapresupuestaria otorgada desde 2013 por las sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado y a la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA
Desarrollar lo establecido en la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, y regular la configuración y el funcionamiento de la Vigilancia en salud pública.
La vigilancia en salud pública no sólo debe tener en cuenta las enfermedades transmisibles, las enfermedades transmitidas por vectores o las enfermedades emergentes y, los mecanismos que debemos poner en marcha para el control de las mismas, sino que es necesario recoger, analizar, interpretar, conocer y ofrecer información sobre el nivel de salud de la población y de los factores que la condicionan, con el fin de fundamentar las actuaciones de salud pública. Para ello es preciso avanzar en el diseño de un sistema de información en salud pública, que permita contar con datos comparables de todas las CCAA y poder disponer de información relevante para la toma de decisiones.
REAL DECRETO POR EL QUE SE CREA EL ÁREA DE CAPACITACIÓN ESPECÍFICA DE NEONATOLOGÍA
Se trata de la creación de un Diploma de Área de Capacitación Específica (equivalente a lo que en otros países se denominan super o subespecialidad) cuya existencia es potestativa de los Estados en función del desarrollo de su modelo asistencial y organizativo. Su papel asistencial se delimitaría a aquellos procesos de alta complejidad de la patología neonatal (UVI pediátrica, etc.).
Con la creación del Diploma en Neonatología se trata de regular la formación en régimen de residencia de los profesionales y mejorar la calidad asistencial.
REAL DECRETO POR EL QUE SE CREA LA ESPECIALIDAD MÉDICA DE PSIQUIATRÍA DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
Creación de una especialidad médica que ya existe en la mayoría de los Estados de la UE y que ha sido demandada tanto por los profesionales como por los responsables de las instituciones sanitarias de las diferentes CCAA.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1343/2007, DE 11 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS Y ESPECIFICACIONES RELATIVAS AL SISTEMA DE CALIDAD DE LOS CENTROS Y SERVICIOS DE TRANSFUSIÓN
Se incorpora la Directiva (UE) 2016/1214 de la Comisión de 25 de julio de 2016, al ordenamiento jurídico interno mediante la modificación del Real Decreto 1343/2007, en lo que se refiere a las normas y especificaciones relativas a un sistema de calidad para los centros de transfusión sanguínea.
Se modifica el artículo 3 del Real Decreto 1343/2017, de 11 de octubre, sobre normas y especificaciones relativas al sistema de calidad, con la incorporación de un nuevo párrafo en el apartado 1, con la referencia a las directrices de buenas prácticas contenidas en la “guía para la preparación, uso y control de calidad de los componentes sanguíneos”, apéndice de la Recomendación nº R (95)15 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, al objeto de facilitar su correcta aplicación.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 177/2014, DE 21 DE MARZO, POR EL QUE SE REGULA EL SISTEMA DE PRECIOS DE REFERENCIA Y DE AGRUPACIONES HOMOGÉNEAS DE MEDICAMENTOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD, Y DETERMINADOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN MATERIA DE FINANCIACIÓN Y PRECIOS DE LOS MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS
Modificar la regulación actual incorporando las disposiciones reglamentarias necesarias que permitan establecer la identidad entre principios activos de medicamentos conforme a la clasificación ATC5, así como permitir la creación de conjuntos de referencia diferenciados para medicamentos con el mismo principio activo pero diferente dispositivo de administración, forma farmacéutica o vía de administración siempre y cuando supongan una ventaja clínica relevante para el tratamiento de los pacientes.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LOS ESTUDIOS OBSERVACIONALES CON MEDICAMENTOS
El real decreto persigue actualizar las directrices publicadas previamente para incorporar y desarrollar los aspectos novedosos de la nueva legislación (RD 577/2013, de 26 de julio y Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre), resolver los problemas detectados debido a la complejidad del procedimiento actual, definir el ámbito de un asesoramiento científico en materia de investigación observacional con medicamentos y fijar las actuaciones de las diferentes partes implicadas durante el mismo, con el fin de favorecer la realización de este tipo de estudios, necesarios para mejorar la práctica clínica.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Este proyecto entraña reducción de cargas administrativas para los promotores de los estudios y agiliza la puesta en marcha de los mismos.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE CALIDAD EN MEDICINA NUCLEAR
Mediante este proyecto de real decreto se transpone parte de la Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de seguridad básica para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, y se derogan las Directivas 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom.
El objeto de esta disposición es establecer los criterios de calidad en medicina nuclear para asegurar la optimización de la administración de radiofármacos y de la protección radiológica del paciente en las unidades asistenciales de medicina nuclear. Para ello, se actualizarán los programas de garantía de calidad elaborados de acuerdo con los protocolos nacionales o internacionales.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE CALIDAD EN RADIODIAGNÓSTICO
Mediante este proyecto de real decreto se transpone parte de la Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de seguridad básica para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, y se derogan las Directivas 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom.
El objeto de esta disposición es establecer los criterios de calidad en radiodiagnóstico para asegurar la optimización en la obtención de las imágenes y la protección radiológica del paciente en las unidades asistenciales de radiodiagnóstico. Para ello, se actualizarán los programas de garantía de calidad elaborados de acuerdo con los protocolos nacionales o internacionales.
REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE CALIDAD EN RADIOTERAPIA
Mediante este proyecto de real decreto se transpone parte de la Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de seguridad básica para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, y se derogan las Directivas 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom.
El objeto de esta disposición es establecer los criterios de calidad en radioterapia para asegurar la optimización del tratamiento de radioterapia y de la protección radiológica del paciente en las unidades asistenciales de radioterapia. Para ello, se actualizarán los programas de garantía de calidad elaborados de acuerdo con las normas nacionales o internacionales.
REAL DECRETO SOBRE LA JUSTIFICACIÓN Y OPTIMIZACIÓN DEL USO DE LAS RADIACIONES IONIZANTES PARA LA PROTECCIÓN RADIOLÓGICA DE LAS PERSONAS CON OCASIÓN DE EXPOSICIONES MÉDICAS
Mediante este proyecto de real decreto se transpone parte de la Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de seguridad básica para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, y se derogan las Directivas 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom.
Esta norma tiene por objeto establecer los principios básicos de justificación y optimización en el uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas sometidas a una exposición médica, ya sean como, pacientes para su diagnóstico o tratamiento médico, trabajadores en la vigilancia de la salud, personas en programas de cribado sanitario, o personas sanas o de pacientes que participan voluntariamente en programas de investigación médica o biomédica, de diagnóstico o terapia.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN DE LOS ALIMENTOS PARA GRUPOS ESPECÍFICOS DE POBLACIÓN Y SE DEROGA EL REAL DECRETO 2685/1976, DE 16 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN TÉCNICO-SANITARIA PARA LA ELABORACIÓN, CIRCULACIÓN Y COMERCIO DE PREPARADOS ALIMENTICIOS PARA REGÍMENES DIETÉTICOS ESPECIALES
Alinearse con el Reglamento (UE) Nº 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de junio de 2013, relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y cumplir con los Reglamentos delegados derivados del mismo para las cuatro categorías de alimentos:
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 824/2010, DE 25 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULAN LOS LABORATORIOS FARMACÉUTICOS, LOS FABRICANTES DE PRINCIPIOS ACTIVOS DE USO FARMACÉUTICO Y EL COMERCIO EXTERIOR DE MEDICAMENTOS Y MEDICAMENTOS EN INVESTIGACIÓN
El Real Decreto constituirá la norma de transposición de la Directiva (UE) 2017/1572 de la Comisión, de 15 de septiembre de 2017, por la que se complementa la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los principios y directrices de las prácticas correctas de fabricación de los medicamentos de uso humano.
El objetivo general de la iniciativa es: Adaptación de la legislación nacional a la normativa comunitaria en lo que respecta a los principios y directrices de las prácticas de correcta fabricación de los medicamentos de uso humano.
Además, es necesario suprimir las referencias a la fabricación de los medicamentos en investigación ya que dicha fabricación está regulada por el Reglamento delegado 2017/1569 de obligado cumplimiento en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 65/2006, DE 30 DE ENERO, POR EL QUE SE ESTABLECEN REQUISITOS PARA LA IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE MUESTRAS BIOLÓGICAS
Modificar el Real Decreto 65/2006, de 30 de enero, por el que se establecen requisitos para la importación y exportación de muestras biológicas. Uno de los aspectos fundamentales que se buscan es suprimir en gran parte de las ocasiones la necesidad de autorizar la importación y exportación de este tipo de muestras y sustituir dicha autorización por una declaración responsable.
Requiere Evaluación: Sí
Justificación Evaluación: Tiene efectos significativos sobre la unidad de mercado, la competencia, la competitividad o las pequeñas y medianas empresas.
REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES TÉCNICO-SANITARIAS BÁSICAS EN MATERIA DE TRASLADO INTERNACIONAL DE CADÁVERES, RESTOS HUMANOS Y RESTOS CADAVÉRICOS, Y DE PREPARACIONES ANATÓMICAS CON FINES CIENTÍFICOS Y/O DOCENTES.
Revisar la normativa estatal sobre sanidad mortuoria, que data de 1974. La sanidad mortuoria ha sido transferida a las CCAA que han elaborado su propia normativa al respecto, quedando como competencia exclusiva del estado, el traslado internacional de cadáveres.
Con esta nueva norma, se pretende actualizar los requisitos sanitarios relacionados con el traslado internacional de cadáveres a la luz de los nuevos conocimientos y de los progresos en la tecnología y en los transportes.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 1054/2002, DE 11 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA EL PROCESO DE EVALUCIÓN PARA EL REGISTRO, AUTORIZACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE BIOCIDAS
Actualización de la relación de biocidas objeto de registro en el Libro Oficial de movimientos de Biocidas (Artículo 28). Actualización en base a la aplicación y terminología establecida en el Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) nº 1907/2006.
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 140/2003, DE 7 DE FEBRERO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS SANITARIOS DE LA CALIDAD DEL AGUA DE CONSUMO HUMANO, Y LAS ESPECIFICACIONES DE LOS MÉTODOS DE ANÁLISIS DEL REAL DECRETO 1798/2010, DE 30 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA EXPLOTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE AGUAS MINERALES NATURALES Y AGUAS DE MANANTIAL ENVASADAS PARA CONSUMO HUMANO, Y DEL REAL DECRETO 1799/2010, DE 30 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL PROCESO DE ELABORACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE AGUAS PREPARADAS ENVASADAS PARA EL CONSUMO HUMANO
El presente real decreto tiene tres objetivos diferenciados: por un lado, actualizar los requisitos mínimos de los programas de control de todas las aguas destinadas al consumo humano posibilitando la reducción de los controles de aquellos parámetros para los que los resultados de la evaluación del riesgo posibilite dicha opción.
Por otro lado, actualizar las especificaciones para el método de análisis de los distintos parámetros a la luz de los avances científicos y técnicos.
A su vez, transponer al derecho interno español la Directiva 2015/1787 de la Comisión, de 6 de octubre de 2015, por la que se modifican los anexos II y III de la Directiva 98/83/CE del Consejo, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano.