Relaciones de Puestos de Trabajo
La relación de puestos de trabajo (RPT) recoge todos los puestos de trabajo que hay en la Administración y, sin perjuicio de que se añade al final de cada documento, explicación detallada de las claves utilizadas, conviene señalar unos comentarios para una mejor comprensión del mismo.
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Cada puesto tiene asignado:
- Un código, una denominación, y un estado de ocupación (vacante, no vacante).
- Un nivel de complemento de destino, un complemento específico, el tipo de puesto (singularizado, indistintamente personal eventual o funcionario o no singularizado) la forma de provisión (indistintamente personal eventual o funcionario, libre designación o concurso) y o requisitos, su si hubiera, en relación con la residencia del funcionario.
- La adscripción a alguna Administración (del Estado, Autonómica, Local y/ o distintas combinaciones de estas), adscripción a grupos y subgrupos de clasificación profesional de funcionarios de carrera (A1, A2, B, C1 y C2) y la adscripción a Cuerpos de funcionarios. Estas claves se utilizan para concretar qué funcionarios pueden ocupar o no pueden ocupar determinados puestos por la pertenencia a una administración, un cuerpo o un grupo profesional.
- En su caso titulación exigida para el desempeño del puesto, formación específica y si hay alguna observación (puesto a amortizar, horario especial, disponibilidad horaria…).
Cada puesto tiene asignado:
- Un código, una denominación y un grupo profesional en virtud de las categorías del correspondiente convenio.
- Los complementos retributivos que tenga asignado cada puesto(de puesto, horario/jornada, transitorio y especial responsabilidad) así como el Área funcional del puesto (administrativa y gestión de tributos, oficios y especialidades, vigilancia, salud y prevención de riesgos laborales e informática).
- El código del convenio por el que se regula, la titulación que, en su caso se requiera, requisitos de residencia si los hubiera (provincia/localidad) y las observaciones (jornada en festivos, conocimiento de lenguas, puesto a regularizar) que en su caso tuviera.
- Al final aparece el estado de ocupación del puesto (vacante, no vacante)