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Ministerio de Justicia

Información sobre las funciones del Ministerio de Justicia y sus organismos públicos, vinculados o dependientes.


Funciones

  • El Ministerio de Justicia, cuyo titular es el Notario Mayor del Reino, es el departamento de la Administración General del Estado al que corresponde, dentro del ámbito de las competencias que le confieren las disposiciones legales vigentes, la preparación y ejecución de la política del Gobierno para el desarrollo del ordenamiento jurídico, especialmente en materia de derecho penal, civil, mercantil y procesal; garantizar el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto; la política de organización y apoyo de la Administración de Justicia; los derechos de gracia y títulos nobiliarios y grandezas de España; la cooperación jurídica internacional; así como con las comunidades autónomas en coordinación con los demás departamentos competentes en la materia y la asistencia jurídica del Estado.
  • El titular del departamento es el cauce de comunicación del Gobierno con la Administración de Justicia, con el Consejo General del Poder Judicial y con el Ministerio Fiscal, a través del Fiscal General del Estado, así como con los órganos de gobierno de las comunidades autónomas en las materias de su competencia.
  • Igualmente, corresponden al Ministro de Justicia las relaciones con la Agencia Española de Protección de Datos y con los Consejos Generales de los Colegios de Abogados, de Procuradores de los Tribunales y del Consejo General de Graduados Sociales de España.

 

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Normativa

 

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Estructura orgánica (organigrama)

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