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Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Información sobre las funciones del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y de sus organismos públicos, vinculados o dependientes.
 
Actualizado a 24/05/2024


Funciones

  1. Corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de lucha contra el cambio climático, prevención de la contaminación, protección del patrimonio natural, de la biodiversidad, de los bosques, del mar, agua y energía para la transición a un modelo productivo y social más ecológico, así como la elaboración y el desarrollo de la política del Gobierno frente al reto demográfico y el despoblamiento territorial.
  2. Asimismo corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la elaboración de la legislación estatal en materia de aguas y costas, cambio climático, protección de la biodiversidad, medio ambiente, montes, meteorología y climatología; la gestión directa del dominio público hidráulico de las cuencas intercomunitarias, del dominio público marítimo-terrestre; la representación del Estado en los organismos internacionales correspondientes a estas materias, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
  3. Igualmente corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la elaboración de la legislación estatal en materia de energía, el desarrollo de la política energética nacional, junto con las medidas destinadas a asegurar el abastecimiento energético, coordinación con el resto de ministerios y seguimiento de políticas en aquellos ámbitos relacionados con el cumplimiento de los objetivos en materia de política de energía, y la coordinación de la proyección exterior en la materia, garantizando una correcta regulación del sector y el análisis y seguimiento de los mercados energéticos, junto con las competencias que corresponden a la Administración General del Estado en materia de minería, todo ello en el marco de la transición ecológica justa.
  4. Además, corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la elaboración y el desarrollo de la estrategia y la política del Gobierno frente al reto demográfico, así como la propuesta y ejecución de la política de lucha contra la despoblación.
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  1. El desarrollo de la política energética y minera, en línea con el objetivo de garantizar la seguridad de suministro, la descarbonización de la economía, la seguridad pública, la sostenibilidad económica y financiera de los sistemas eléctrico y gasista, la independencia del suministro y autonomía estratégica, la calidad del aire, la lucha contra el cambio climático y respeto al medio ambiente, la gestión óptima y el desarrollo de los recursos nacionales, la gestión de la demanda, la gestión de las elecciones tecnológicas futuras, la utilización de la energía, la protección de los consumidores energéticos vulnerables y la reducción de la pobreza energética, así como cualesquiera otros que guarden relación directa con las competencias de la Administración General del Estado en materia energética.
  2. El desarrollo de la planificación y estrategia energética, en el marco del compromiso con la neutralidad climática a largo plazo.
  3. La propuesta de iniciativas normativas en el ámbito de las competencias de la Secretaría de Estado, en coordinación con la Secretaría General Técnica del Departamento.
  4. La elaboración de propuestas sobre regulación y, en su caso, aprobación de tarifas, precios de productos energéticos, cánones de acceso a almacenamientos subterráneos de gas natural, cargos de los sistemas eléctrico y gasista, así como la retribución de las actividades llevadas a cabo en el sector energético, en el ámbito de sus competencias, de acuerdo con la legislación vigente.
  5. La regulación, seguimiento y análisis de las subastas de energía y capacidad.
  6. El fomento de la sustitución de combustibles y vectores energéticos por otros de menores emisiones.
  7. El diseño y aplicación de medidas dirigidas a incrementar el ahorro y la eficiencia en la producción, transformación, distribución y consumo final de la energía.
  8. El impulso de la movilidad eléctrica y la electrificación de la demanda final.
  9. El impulso de una transición justa en aquellas zonas que aún mantengan un alto nivel de dependencia económica de combustibles no renovables, como las asociadas a la industria minera del carbón, y la participación en los grupos de trabajo y demás actividades relacionadas con una transición justa, a través del Instituto para la Transición Justa, O.A.
  10. La elaboración, coordinación y seguimiento de las estrategias para la reducción de la pobreza energética, el desarrollo de las medidas para la protección de los consumidores de energía, en especial aquellos en situación de vulnerabilidad y el acceso de éstos a la información energética.
  11. El conocimiento de la toma de participaciones en el sector eléctrico y de hidrocarburos.
  12. La elaboración y, en su caso, aplicación de las medidas dirigidas a asegurar el abastecimiento energético, y el fomento de la flexibilidad del sistema mediante la gestión de la demanda y almacenamiento, en un contexto de progresiva descarbonización.
  13. El análisis y seguimiento económico y financiero de los mercados energéticos y de hidrocarburos líquidos, así como la facilitación de la participación en los mismos de recursos energéticos tanto centralizados como distribuidos.
  14. La supervisión del mercado de hidrocarburos líquidos.
  15. La liquidación de los costes e ingresos de los sectores energéticos.
  16. El ejercicio de las facultades de control, inspección y sanción en materia energética, y la inspección del cumplimiento de las condiciones técnicas de las instalaciones y del cumplimiento de los requisitos establecidos en las autorizaciones, las condiciones económicas y actuaciones de los sujetos, cuando sea competencia de la Administración General del Estado.
  17. La gestión del sistema de certificación de producción, consumo y venta de gases renovables, biocarburantes y nuevos combustibles.
  18. La realización de proyecciones de demanda de productos energéticos, el análisis de series de consumo y precios energéticos por sectores y productos energéticos, el seguimiento de los indicadores coyunturales y sectoriales energéticos y la realización de análisis de estudios y estadísticas energéticas, en coordinación con la Subsecretaría.
  19. El cumplimiento, seguimiento, notificación y verificación de los compromisos internacionales suscritos por el Reino de España en el ámbito de las competencias de la Secretaría de Estado, las relaciones energéticas internacionales, en coordinación con la Subsecretaría, así como la preparación de los Consejos de Ministros de la Unión Europea en el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado.
  20. La coordinación con el resto de departamentos ministeriales y la integración de las cuestiones relativas a la transición energética en el resto de políticas sectoriales.
  21. La interlocución con los sectores y sociedad civil para, entre otros fines, fomentar la cooperación, el intercambio de mejores prácticas y el desarrollo de modelos de negocio y soluciones innovadoras en el ámbito energético, así como la ejecución de actuaciones y programas dirigidos a favorecer las oportunidades económicas, sociales y ambientales para la transición energética de los distintos sectores.
  22. Aquellas otras funciones que atribuya la legislación vigente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en los sectores energético y minero.
  1. La definición, propuesta y ejecución de las políticas del Ministerio referentes a la prevención de la contaminación y la respuesta frente a la crisis climática.

  2. La evaluación ambiental.

  3. El fomento del uso de tecnologías limpias y hábitos de consumo menos contaminantes y más sostenibles, acordes con los principios de la economía circular.

  4. La protección del medio natural, de la biodiversidad, los montes, la conservación y uso sostenible de los recursos naturales, hábitats y ecosistemas naturales en el medio terrestre y marino, así como la integración de las consideraciones territoriales, ambientales y ecológicas en las actuaciones de su competencia.

  5. La definición, propuesta y ejecución de las políticas del Ministerio en materia de agua y gestión del dominio público hidráulico, así como de protección y conservación del mar y del dominio público marítimo-terrestre.

  6. La participación en la planificación de la política de investigación en materia de biodiversidad terrestre y marina y la imposición de sanciones por infracciones muy graves reguladas por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en materia de biodiversidad marina.

  7. La preparación de los Consejos de Ministros de la Unión Europea en el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado.

  1. La elaboración, y la propuesta e impulso, en el ámbito de competencias de la Administración General del Estado, en colaboración con los demás departamentos ministeriales y las administraciones territoriales, de los objetivos generales, estrategias, planes y actuaciones prioritarias en materia de reto demográfico.

  2. La coordinación de los demás departamentos ministeriales y de las administraciones territoriales en materia de reto demográfico, así como el impulso de la colaboración público-privada y la participación ciudadana para la consecución de los objetivos referidos al reto demográfico.

  3. Las funciones que la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural atribuye a la Administración General del Estado.

  4. El fomento, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales, de la igualdad de oportunidades y la no discriminación por razón de residencia y edad, así como el impulso y salvaguardia, en colaboración con los demás departamentos ministeriales y las administraciones territoriales, de la apropiada prestación de servicios básicos a toda la población, en condiciones de equidad, con especial atención a la infancia, la juventud y las personas mayores.

  5. El impulso, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales, del papel de la mujer en el medio rural, así como de la inclusión sociolaboral de inmigrantes en las zonas en riesgo demográfico.

  6. La coordinación de las políticas dirigidas a favorecer la conciliación de la vida familiar y profesional, la corresponsabilidad, la crianza infantil y el desarrollo de los proyectos familiares, especialmente en las zonas más afectadas por los riesgos demográficos, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales.

  7. La coordinación de políticas públicas, en el ámbito de la Administración General del Estado, dirigidas a impulsar la sensibilización, el conocimiento y la formación, desde la infancia y la juventud, y a lo largo de la vida, que pongan en valor el territorio, especialmente de las áreas rurales, y favorezcan el conocimiento y la dinamización de las oportunidades existentes en las zonas afectadas por la despoblación.

  8. El fomento, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales, de la inversión, las oportunidades de empleo, diversificación y desarrollo económico, con el objetivo de fortalecer el tejido socioeconómico en las zonas afectadas por la despoblación.

  9. El impulso y fomento, en colaboración con los demás departamentos ministeriales y las administraciones territoriales, del adecuado dimensionamiento de las infraestructuras, servicios y equipamientos necesarios frente al reto demográfico.

  10. El impulso y fomento, en colaboración con los demás departamentos ministeriales y las administraciones territoriales, de las políticas orientadas a afrontar el progresivo envejecimiento de la población y otros desequilibrios sociodemográficos.

  11. La coordinación de la participación en representación del Ministerio en los organismos internacionales y seguimiento de los convenios internacionales en materia de reto demográfico, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

  12. La participación en representación de la Administración General del Estado en organismos internacionales, en Consejos y en grupos de trabajo de la Unión Europea, y en materia de reto demográfico, así como la coordinación y el seguimiento de sus iniciativas en materia de cambio demográfico.

  13. La coordinación de estudios e informes en materia de despoblación, envejecimiento, cambio demográfico, impacto demográfico y socioeconómico de las políticas públicas, igualdad de oportunidades, apoyo a la mujer en el entorno rural, fortalecimiento del tejido socioeconómico y del emprendimiento en las zonas afectadas por la despoblación, mejora de los servicios públicos, tecnologías verdes, innovación o digitalización.

  14. El seguimiento, análisis y evaluación, desde la perspectiva del reto demográfico, de las normas, planes, programas y políticas públicas de la Administración General del Estado.

  1. La asistencia al titular del Ministerio en las funciones de control de la actividad del Departamento, realizando aquéllas que permitan evaluar el funcionamiento, la eficacia y el rendimiento del personal y de los servicios del Ministerio, así como el seguimiento de la contratación de obra pública de competencia del Departamento en sus aspectos técnico, funcional y administrativo, todo ello, sin perjuicio de las competencias de la Intervención General de la Administración del Estado.

  2. Las relaciones institucionales con las organizaciones profesionales y otras entidades representativas de interés en los sectores medioambiental y energético, y relativas a reto demográfico, sin perjuicio de las competencias de las Secretarías de Estado y de la Secretaría General.

  3. El seguimiento, análisis y prospectiva de los aspectos sociales, económicos y ambientales vinculados con las distintas áreas estratégicas del Departamento, incluyendo la creación y difusión de información relacionada con las mismas.

  4. La definición de los ejes directrices plurianuales que orientan los estudios del Departamento, de acuerdo con las líneas de estrategia política, así como coordinar el Programa de Estudios del Departamento.

  5. La coordinación de las áreas y dependencias funcionales del Departamento integradas en la Delegaciones de Gobierno y la evaluación de los recursos necesarios para su funcionamiento, sin perjuicio de la dependencia funcional prevista en este real decreto.

  6. La coordinación de las campañas de publicidad institucional del Departamento.

  7. Las actividades derivadas de la pertenencia del Reino de España a organismos internacionales y en general en relaciones internacionales, tanto bilaterales como multilaterales, y acción exterior en el ámbito de las políticas de competencia del Departamento, así como el impulso y desarrollo de las actividades necesarias para el cumplimiento derivado de los compromisos internacionales y programas internacionales de cooperación y asistencia técnica.

  8. El seguimiento y asistencia a los restantes órganos del Ministerio en la preparación de los Consejos de Ministros de la Unión Europea; el control de los procedimientos relacionados con la aplicación de la normativa de la Unión Europea, así como el seguimiento de su transposición al derecho interno, en colaboración con las unidades responsables de la elaboración normativa y competentes por razón de materia, incluyendo el sistema de ayudas de Estado.

  9. La dirección, impulso y coordinación de las consejerías en el exterior.

  10. La inspección de los órganos y organismos dependientes o adscritos al Departamento y el seguimiento de los planes y actuaciones para la mejora de la eficacia y la calidad de los servicios, así como la coordinación y gestión de las actuaciones en materia de gobierno abierto.

  11. La jefatura superior de todo el personal del Departamento, la dirección de los recursos humanos y la resolución de cuantos asuntos se refieran a esta, salvo los casos reservados a la decisión del titular del Ministerio y de las Secretarías de Estado.

  12. La elaboración y tramitación del anteproyecto de presupuestos del Ministerio y la coordinación de los correspondientes a sus organismos públicos adscritos, así como el seguimiento de la ejecución presupuestaria, el inicio de los expedientes de modificación de crédito de los servicios presupuestarios del Ministerio y su tramitación y autorización, así como la tramitación de los expedientes de autorización para adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y la evaluación de los distintos programas de gasto.

  13. La dirección, impulso y coordinación de los servicios comunes del Departamento, la gestión económica y presupuestaria de los gastos corrientes en bienes y servicios del Departamento, la gestión del régimen interior, incluidas las oficinas de asistencia en materia de registros, la gestión y coordinación de los medios necesarios para la celebración de actos públicos oficiales, y la gestión de la vigilancia y la seguridad y de otros servicios generales.

  14. La planificación, elaboración, supervisión y dirección de los proyectos de ejecución de obras, la gestión patrimonial y la conservación e inventario de los inmuebles afectos al Ministerio.

  15. La gestión económica y financiera del Departamento.

  16. La dirección y supervisión de la contratación del Departamento y de sus organismos adscritos.

  17. El desarrollo de los sistemas de información necesarios para el funcionamiento de los servicios, el impulso de la transformación digital y la innovación en el Departamento.

  18. La coordinación o realización, en su caso, de las operaciones estadísticas derivadas de los planes sectoriales que describan la actividad del Departamento, que figuren en el Plan Estadístico Nacional o potencialmente puedan ser incluidas.

  19. La coordinación, programación y ejecución de la actividad editorial y difusora de las publicaciones del Ministerio en los diferentes soportes y en la sección referida al Ministerio de la Web institucional del Departamento.

  20. El ejercicio de las funciones de Unidad de Igualdad del Ministerio, según lo previsto en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el artículo 3 del Real Decreto 259/2019, de 12 de abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de la Administración General del Estado.

  21. La dirección de los archivos generales, centros documentales, bibliotecas y mediateca del Departamento.

  22. La aprobación de instrucciones y órdenes de servicio en relación con la gestión y tramitación de materias propias del Departamento.

  23. La planificación y ejecución de la política de gastos corrientes del Departamento en bienes y servicios, las propuestas de dotación presupuestaria y la gestión y seguimiento del capítulo 2 del presupuesto de los servicios centrales y periféricos del Departamento.

  24. El apoyo en la gestión de los medios y recursos de los Comisionados para las Energías Renovables, Hidrógeno y Almacenamiento; del Ciclo del Agua y Restauración de Ecosistemas; y para la Economía Circular.

  25. Las políticas de igualdad de género.

  26. La coordinación de las actividades de gobierno, gestión del dato y gestión de la calidad del dato del departamento.

  27. La organización y gestión del secretariado de la Red de autoridades ambientales y el punto de contacto del programa LIFE de la Unión Europea.

  1. La divulgación y promoción de las políticas y planes para la transformación de las cadenas de valor de la transición energética y su integración en los distintos sectores de la economía.

  2. El desarrollo de las medidas de apoyo y la colaboración público-privada para facilitar el acceso y la información de los proyectos vinculados con el PERTE ERHA.

  3. El desarrollo de medidas e iniciativas de seguimiento en colaboración con otros órganos ministeriales y organismos implicados en el PERTE ERHA.

  4. La participación en las comisiones, grupos de trabajo y órganos colegiados implicados en el PERTE ERHA.

  5. La interlocución entre el Gobierno y otros actores, informándoles periódicamente sobre el desarrollo y resultado de la ejecución de los proyectos, o de cuantas propuestas considere necesarias para el adecuado cumplimiento de la función encomendada.

  6. La realización de cuantas actuaciones en relación con el PERTE ERHA resulten precisas para promover la correcta ejecución de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, asignados en esta materia.

  1. El impulso, la coordinación, el seguimiento y propuesta de las actuaciones necesarias para la recuperación de humedales amenazados y afectados por el deterioro o carencia de los recursos hídricos de los que dependen para su adecuado funcionamiento ecosistémico.

  2. La elaboración y tramitación de los instrumentos o marcos de actuaciones prioritarias de recuperación que integren los criterios de intervención de los distintos órganos y organismos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, así como la coordinación de las actuaciones mediante la supervisión y emisión de directrices e informes que aseguren y garanticen la coherencia de las actuaciones para combatir los factores que causan la degradación de los espacios naturales.

  3. La colaboración y seguimiento de la normativa, instrumentos financieros, medidas e iniciativas que se prioricen, relacionados con humedales amenazados.

  4. La promoción, divulgación y desarrollo de acciones de sensibilización dirigidas a la sociedad, sobre los beneficios ecosistémicos y las amenazas de los humedales vinculados a los déficit y factores contaminantes de los recursos hídricos de los que dependen, así como de las actuaciones que se realizan desde el Ministerio para su recuperación.

  1. La elaboración, revisión, seguimiento, impulso y divulgación de las políticas, estrategias y planes de la Administración General del Estado para el desarrollo de la economía circular.

  2. La promoción de la integración de la economía circular en el conjunto de las políticas económicas, sociales y ambientales.

  3. La colaboración y el seguimiento de la normativa, medidas e iniciativas de los departamentos ministeriales, instituciones europeas e internacionales y organismos involucrados en el proceso de implantación de la economía circular.

  4. El impulso y la coordinación del diseño, la ejecución y el seguimiento del PERTE de Economía Circular, incluyendo las comisiones, grupos de trabajo y órganos colegiados vinculados con él, así como la realización de cuantas actuaciones en relación con la economía circular resulten precisas para promover la ejecución de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia asignados en esta materia.

  5. El desarrollo y la implementación de las medidas de apoyo, de interlocución y la colaboración público-privada para garantizar el acceso y la ejecución de los proyectos vinculados a la economía circular y, en concreto, con el PERTE de Economía Circular.

  6. La promoción de la participación y la sensibilización al conjunto de la sociedad de los beneficios del modelo circular sobre el medio ambiente, la salud, la economía, la competitividad de las empresas españolas, la creación de empleo de calidad y la reducción de la dependencia exterior de nuestra economía.

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Normativa

  • Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
     
  • Ver la Normativa (Legislatura XV).

 

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Estructura orgánica (organigrama)

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