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Criterio interpretativo 3/2026 de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social en relación con la acreditación del requisito de la existencia de la unidad de convivencia a efectos de la prestación del Ingreso Mínimo Vital previsto en el artículo 21.4 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, en supuestos de personas beneficiarias de protección internacional.

Última actualización: 23/02/2026

Documento

Criterio interpretativo 3/2026 de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social en relación con la acreditación del requisito de la existencia de la unidad de convivencia a efectos de la prestación del Ingreso Mínimo Vital previsto en el artículo 21.4 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, en supuestos de personas beneficiarias de protección internacional.

Fecha de Aprobación

19-02-2026

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