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Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Información sobre las funciones del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y sus organismos públicos, vinculados o dependientes.


Funciones

Corresponde al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en los ámbitos de las infraestructuras de transporte terrestre, aéreo y marítimo, de competencia estatal; de control, ordenación y regulación administrativa de los servicios de transporte correspondientes, a fin de garantizar una movilidad segura y sostenible, basada en criterios de justicia social; de impulso de la movilidad sostenible, en su dimensión social, económica y medioambiental, incluyendo el impulso a la movilidad activa; de acceso a la vivienda, de políticas urbanas y de suelo y de arquitectura, en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado; de ordenación normativa de los servicios postales; de impulso y dirección de los servicios estatales relativos a astronomía, geodesia, geofísica y cartografía; y de planificación y programación de las inversiones relativas a las infraestructuras, materias y servicios mencionados.

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  1. La Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana es el órgano directamente responsable, bajo la dirección del titular del Departamento, de la definición y propuesta de las políticas del Ministerio referentes a la planificación de las infraestructuras del transporte, y la definición, propuesta y ejecución de las políticas del Ministerio referentes a la realización de infraestructuras del transporte a fin de garantizar una movilidad segura y sostenible, basada en criterios de justicia social, a través de sus órganos dependientes y de los organismos y entidades adscritos al Departamento
    1. La formulación, revisión y seguimiento de la planificación estratégica del Departamento en materia de infraestructuras y transporte, de acuerdo con su contribución a una movilidad segura y sostenible, basada en criterios de justicia social y a la sostenibilidad del sistema de transporte, su rentabilidad y su impacto social y territorial.

    2. La formulación de la planificación y programación del Departamento en materia de infraestructuras y transportes, con carácter previo a su elevación al Consejo de Ministros, así como su revisión y seguimiento, y la promoción de medidas para favorecer la movilidad segura y sostenible, basada en criterios de justicia social, y la intermodalidad.

    3. El seguimiento de la planificación y evaluación de la red ferroviaria.

    4. La programación de inversiones en infraestructuras y movilidad, priorizando seguridad, mantenimiento, mejora de la movilidad cotidiana, tecnificación e intermodalidad, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a la Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en relación con la programación y presupuestación de recursos económicos.

    5. La ejecución, directamente o a través de los organismos y entidades adscritos al Departamento, de las infraestructuras del transporte.

    6. La coordinación de la actividad de los órganos de la Secretaría de Estado y de los organismos adscritos o dependientes de ella, así como la supervisión y seguimiento de los programas de actuación plurianual.

    7. La determinación de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la prestación de los servicios esenciales en el ámbito de sus competencias, en los supuestos de conflicto laboral o de absentismo empresarial.

    8. La participación en la planificación y el seguimiento en materia de redes transeuropeas del transporte y de conexiones transfronterizas.

    9. La elaboración y revisión de la planificación estratégica de las infraestructuras de transporte.

    10. El impulso y seguimiento de planes y estrategias en el ámbito de políticas de movilidad.

    11. La planificación en materia de intermodalidad, logística, modos y medios saludables y otros programas sectoriales.

    12. La programación de inversiones en infraestructuras y movilidad en el ámbito de la planificación estratégica y sectorial, de acuerdo a los criterios señalados en el apartado d) anterior.

    13. La coordinación de las actuaciones para la mejora de la integración de los aspectos medioambientales en la planificación de las infraestructuras de transporte, incluida su resiliencia frente al cambio climático, y de la movilidad y la realización de estudios medioambientales de carácter estratégico.

    14. La coordinación y seguimiento de los informes previos a los instrumentos de ordenación territorial y urbanística que afecten a las infraestructuras de interés general y a la movilidad.

    15. La elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuestos y la gestión y tramitación de los créditos y gastos asignados al órgano superior, sin perjuicio de las competencias de otros órganos superiores o directivos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y en coordinación con ellos.

    16. El impulso, la coordinación y el seguimiento de todos los procesos e instrumentos necesarios para la integración de las infraestructuras de transporte de interés general en los ámbitos urbanos.

    17. La gestión de los fondos de financiación europeos FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional), y CEF (Mecanismo Conectar Europa) que correspondan al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

    18. La coordinación y seguimiento de las iniciativas de I+D+i en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, sin perjuicio de las competencias de otros órganos directivos.

  2. La definición, propuesta y ejecución de las políticas del Ministerio referentes a la movilidad y a la ordenación general de los transportes terrestre, marítimo y aéreo de competencia estatal, así como de las relativas a la realización de infraestructuras de transporte portuario y aeroportuario a través de sus órganos dependientes y de los organismos y entidades adscritos al Departamento.
    1. La ordenación general de los transportes terrestre, marítimo y aéreo de competencia estatal.

    2. La definición de los objetivos en materia de planificación portuaria y de las inversiones en puertos de interés general, en el marco de las directrices señaladas en la planificación general y de los planes y estrategias de movilidad.

    3. La definición de los objetivos en materia de ordenación de los transportes terrestres en el marco de los planes y estrategias de movilidad.

    4. La determinación de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la prestación de los servicios esenciales en los distintos modos de servicios de transporte, en los supuestos de conflicto laboral o de absentismo empresarial.

    5. La supervisión de los programas de actuación plurianual y de la gestión de los organismos y entidades adscritos a la Secretaría de Estado.

    6. La propuesta de autorización por el titular del Departamento para el establecimiento y calificación de aeropuertos civiles.

    7. La autorización de las modificaciones estructurales o funcionales de los aeropuertos de interés general.

    8. El informe previo sobre el establecimiento, modificación y apertura al tráfico aéreo de los aeródromos y aeropuertos de competencia de las comunidades autónomas, y sobre la aprobación de planes o instrumentos de ordenación y delimitación de su respectiva zona de servicios.

    9. La propuesta al titular del Ministerio de los planes directores de los aeropuertos de interés general y del plan director de navegación aérea, y sus modificaciones, así como la resolución sobre las actualizaciones de los planes directores de los aeropuertos de interés general previstas en la normativa de aplicación.

    10. La programación, dirección y coordinación de los estudios sectoriales necesarios, informes de coyuntura y análisis del funcionamiento de los servicios de transporte y de los correspondientes órganos de gestión, con el fin de detectar las disfunciones y las necesidades y demandas sociales en relación con la movilidad.

    11. El impulso del Programa Estatal de Seguridad Operacional (PESO), así como de las políticas de infraestructuras, transportes y movilidad dirigidas a la seguridad, la sostenibilidad, la lucha contra el cambio climático y la contaminación atmosférica, el ahorro energético y la mejora de la eficiencia de los servicios del transporte.

    12. La cooperación con las administraciones territoriales para el impulso de los Planes de movilidad urbana sostenible y de los estudios de movilidad y su consideración en los planes urbanísticos.

    13. La ordenación e impulso de la intermodalidad en los distintos modos de transporte.

    14. El seguimiento y aplicación de la política de transportes de la Unión Europea, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos del Departamento.

    15. La planificación y seguimiento de los instrumentos económicos y las ayudas destinadas a promover la movilidad sostenible.

    16. La resolución de expedientes sancionadores por infracciones en materia de subvenciones a residentes extrapeninsulares en el transporte aéreo y marítimo.

  3. La definición, propuesta y ejecución de la política del Gobierno relativa al acceso a la vivienda, suelo y arquitectura, innovación, calidad y sostenibilidad de la edificación y de las políticas de desarrollo urbano sostenible que implementen la Agenda 2030 y las Agendas Urbanas internacionales en el ámbito estatal.
    1. El diseño y ejecución de la política estatal en materia de acceso a la vivienda.

    2. La formulación, revisión y seguimiento de la planificación estratégica para la rehabilitación del parque edificado.

    3. La difusión, fomento e investigación de la arquitectura.

    4. La promoción de la sostenibilidad, de la innovación y de la calidad en las políticas urbanas y en la edificación.

    5. El ejercicio de las competencias estatales en materia de edificación, en particular el desarrollo de la normativa básica de edificación.

    6. La ejecución de proyectos y actuaciones de interés arquitectónico.

    7. Las funciones que, en relación con los fondos destinados a financiar trabajos de conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico español, correspondan al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

    8. La regulación del régimen del suelo y las valoraciones y de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles y españolas en el acceso a la vivienda.

    9. El ejercicio de las competencias estatales con incidencia urbanística.

    10. La información y el diseño de políticas urbanas dentro del ámbito de las competencias estatales.

    11. El seguimiento de las actuaciones relacionadas con la Agenda Urbana Española, así como el impulso para su implementación.

    12. El conocimiento y la participación en los procesos de integración de las infraestructuras de transporte de interés general en los ámbitos urbanos y la coordinación de los procesos e instrumentos urbanísticos necesarios para su planificación y ejecución, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos superiores y organismos vinculados al Departamento.

    13. La concertación con las administraciones territoriales de las actuaciones en materia de urbanismo y promoción del suelo público en las ciudades, impulsando y coordinando la ejecución de los convenios.

  1. La dirección y coordinación del ejercicio de las competencias de las Direcciones Generales dependientes de la Secretaría General, y la propuesta y formulación de sus objetivos y planes de actuación.

  2. El control de la ejecución de los proyectos de inversión de las Direcciones Generales y Unidades dependientes de la Secretaría General en orden a la consecución de los objetivos fijados.

  3. La asistencia a la Secretaría de Estado en la dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados de la actividad de los organismos y entidades adscritos a la misma, así como la supervisión de los programas de actuación plurianual y de la gestión.

  4. El impulso y la coordinación de las actuaciones que acuerde la Administración en relación con las autopistas de peaje sujetas a contrato concesional, así como de otro tipo de concesiones de carreteras, y la vigilancia, inspección y control técnico y económico-financiero de las sociedades concesionarias, sin perjuicio de las competencias de otros órganos directivos del Departamento.

  5. El diseño, planificación, instrumentación y seguimiento de los mecanismos que habilite la Administración General del Estado en relación a la gestión de las autopistas de peaje que no se incluyan en el ámbito de competencias de la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje.

  6. El impulso y la elevación de la propuesta de los sistemas para la financiación de la construcción, gestión y conservación de infraestructuras terrestres, en particular de las carreteras, y la coordinación de las iniciativas para su implantación.

  7. El impulso de los procedimientos de contratación y gestión, así como de los proyectos normativos en el ámbito de sus competencias en materia de carreteras y ferrocarriles.

  8. El impulso y seguimiento de los planes y programas de infraestructuras de transporte viario y ferroviario del Departamento.

  9. El impulso de medidas dirigidas a la lucha contra el cambio climático, el ahorro energético y la mejora de la eficiencia de las infraestructuras de transporte viario y ferroviario, así como de la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, esarrolladas en el ámbito de sus Direcciones Generales dependientes.

  10. El impulso del desarrollo y aplicación de nuevas tecnologías en materia de infraestructuras de transporte viario y ferroviario de sus direcciones generales dependientes, fomentando la aplicación de nuevos desarrollos tecnológicos y las actividades de innovación.

  1. La dirección y coordinación del ejercicio de las competencias de las direcciones generales dependientes de la Secretaría General y la propuesta y formulación de sus objetivos y planes de actuación.

  2. La asistencia a la Secretaría de Estado en la supervisión de los programas de actuación plurianual y de la gestión de los organismos y entidades adscritos a la misma.

  3. El control de la ejecución de los proyectos de inversión de las direcciones generales dependientes de la Secretaría General en orden a la consecución de los objetivos fijados y el impulso de los procedimientos de contratación y gestión.

  4. El apoyo y asistencia a la Secretaría de Estado en la elaboración, desarrollo, coordinación y seguimiento de planes y estrategias en el ámbito de políticas de movilidad.

  5. La adopción de los planes de evaluación del rendimiento del sistema de navegación aérea y aeropuertos en el ámbito de las políticas nacionales y comunitarias, así como el seguimiento de los objetivos a través de los organismos públicos dependientes de la Secretaría General.

  6. La elevación de propuestas a la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en relación a la fijación de criterios en los procesos de planificación a que se refiere el artículo 2.1.

  7. La elevación de propuestas a la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en relación a los planes de movilidad urbana sostenible y estudios de movilidad, en relación con las materias de competencia de las direcciones generales y entidades dependientes de la Secretaría General.

  8. La coordinación de la participación de los órganos directivos pertenecientes a la Secretaría General de Transportes y Movilidad en el desarrollo y aplicación de la normativa comunitaria en materia de transportes aéreo, terrestre y marítimo.

  9. La ejecución de los estudios sectoriales necesarios, con el fin de detectar disfunciones y las necesidades y demandas sociales de movilidad en relación con el transporte terrestre, aéreo y marítimo.

  10. La elaboración de estudios para el análisis del sistema de transporte y la movilidad, así como la recopilación e integración de la información necesaria, para proporcionar una visión integrada del funcionamiento de todos los modos y de su intermodalidad.

  11. El seguimiento, coordinación, y cooperación con los centros directivos del Departamento, en el desarrollo y aplicación de nuevas tecnologías en el ámbito del transporte y la movilidad, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos, así como el seguimiento de las políticas de investigación, desarrollo tecnológico e innovación en el ámbito del transporte y la movilidad.

  12. La propuesta de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la prestación de los servicios esenciales de transporte terrestre, aéreo y marítimo.

  13. La participación, seguimiento y control de la política de la Unión Europea en relación con los programas europeos de navegación por satélite que resulten de aplicación al transporte y la movilidad, incluidas la representación y la participación en los organismos de la Unión Europea así como los internacionales, así como la coordinación de las actuaciones de los distintos departamentos en la materia, asumiendo la secretaría del Grupo Interministerial para la coordinación de la actuación del Estado Español en los programas europeos de navegación por satélite.

  14. El seguimiento y análisis de las políticas y medidas de lucha contra el cambio climático, mejora de la calidad del aire y ahorro y eficiencia energética en el sector del transporte, así como el apoyo técnico a la formulación de las estrategias de respuesta a estos retos ambientales y energéticos, y la coordinación en el cumplimiento de las obligaciones de información y en la representación del Departamento en órganos colegiados relacionados con estas materias.

  15. El seguimiento y supervisión de la gestión de los instrumentos económicos y ayudas destinadas a promover la movilidad sostenible, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.

  1. La dirección y coordinación del ejercicio de las competencias de las Direcciones Generales dependientes de la Secretaría General, y la propuesta y formulación de sus objetivos, estrategias y planes de actuación.

  2. El control de la ejecución de los proyectos de inversión de las Direcciones Generales y Unidades dependientes de la Secretaría General en orden a la consecución de los objetivos fijados.

  3. La asistencia a la Secretaría de Estado en la dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados de la actividad de las Direcciones Generales, así como la supervisión de los programas de actuación plurianual y de la gestión.

  4. La asistencia a la Secretaría de Estado en la representación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en los organismos internacionales y de la Unión Europea relacionados con la implementación de la Agenda 2030 y las Agendas Urbanas internacionales, vivienda, edificación, arquitectura y políticas urbanas y suelo, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del Departamento.

  5. La coordinación de todos los trabajos de desarrollo, implementación, difusión, seguimiento y evaluación de la Agenda Urbana Española, así como su alineamiento con el Plan de acción del Gobierno de España para la Agenda 2030 y su relación con el resto de Agendas Urbanas Internacionales.

  6. La colaboración y asesoramiento en el ámbito de las competencias de la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda en la evaluación técnica de actuaciones de desarrollo urbano que cuenten con financiación pública, en coordinación con los departamentos competentes en la materia, con especial atención a los fondos europeos para su posible reorientación en el cumplimiento en los objetivos estratégicos de la Agenda Urbana Española.

  7. La elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuestos y la gestión y tramitación de los créditos y gastos asignados como propios a la Dirección General de Vivienda y Suelo, así como a la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.

  8. La gestión de los asuntos relativos a la contratación de la Dirección General de Vivienda y Suelo, así como de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, sin perjuicio de las competencias de otros órganos superiores o directivos del Departamento y en coordinación con ellos.

  9. Prestación de los servicios de información en las materias propias de vivienda, sin perjuicio de las competencias de otros órganos superiores o directivos del Departamento y en coordinación con ellos.

  10. Coordinación de los desarrollos informáticos que se realicen en el ámbito de la Secretaría General.

  11. La cooperación en la gestión de los servicios generales de la Secretaría General, de acuerdo con las directrices de la Subsecretaría.

  1. La programación y presupuestación de recursos económicos y financieros del Departamento, el seguimiento de su ejecución y el control del cumplimiento de la política inversora.

  2. Administrar los créditos para gastos de los presupuestos del Ministerio propios de la Subsecretaría, aprobar las modificaciones presupuestarias de los mismos, aprobar y comprometer los gastos con cargo a aquellos créditos y reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago en el marco del plan de disposición de fondos del Tesoro Público, todo ello dentro de la cuantía que, en su caso, establezca la persona al frente del Ministerio al efecto.

  3. La concesión de subvenciones y ayudas en el ámbito de competencias del Ministerio con cargo a los créditos consignados en el servicio presupuestario 01, con los límites establecidos por el titular del Departamento.

  4. La dirección e impulso de la política en geografía y coordinación en materia de cartografía, astronomía, geodesia y geofísica.

  5. La gestión de la comunicación y de la publicidad institucional del Departamento y la elaboración del Plan anual de Publicidad del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y de la colaboración en la ejecución de la política editorial del Departamento.

  6. El establecimiento y gestión de los sistemas de información, así como de las infraestructuras en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el ámbito del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

  7. El establecimiento y gestión de los sistemas de información del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana dirigidos a la ciudadanía, la atención e información a la msima, así como la comunicación y publicidad de los organismos y empresas dependientes del Ministerio.

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Normativa

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Estructura orgánica (organigrama)

 

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