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Autorizaciones ejercicio actividad privada tras el cese como altos cargos

Autorizaciones emitidas para el ejercicio de la actividad privada tras el cese del ejercicio como alto cargo.

Durante un período de dos años tras el cese, las personas que hayan ejercido como altos cargos que quieran prestar servicios en entidades privadas deben solicitar y obtener la autorización de compatibilidad por parte de la Oficina de Conflictos de Intereses.

Información actualizada a 31/05/2024 con información hasta marzo de 2024.

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Fuente de los datos Oficina de Conflictos de Intereses - Mº de Hacienda y Función Pública
Periodicidad de la publicación Cada vez que se producen cambios significativos
Criterio de ordenación Fecha de autorización  (primero las más recientes). A igual fecha de autorización, fecha de cese (primero las más recientes)

 

Se publican las autorizaciones de compatibilidad vigentes ordenadas por fecha de cese y, dentro de ésta, por fecha de autorización.

Las autorizaciones publicadas hasta el 20 de abril de 2015 son las resueltas de acuerdo a la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de las personas que forman parte del Gobierno y las que ejercen altos cargos de la Administración General del Estado, derogada por la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.

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