Presidencia del Gobierno
Información sobre las funciones de la Presidencia del Gobierno.
Información actualizada a 07-02-2020.
Funciones
- El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de los Ministros en su gestión.
- En todo caso, corresponde al Presidente del Gobierno:
- Representar al Gobierno.
- Establecer el programa político del Gobierno y determinar las directrices de la política interior y exterior y velar por su cumplimiento.
- Proponer al Rey, previa deliberación del Consejo de Ministros, la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales.
- Plantear ante el Congreso de los Diputados, previa deliberación del Consejo de Ministros, la cuestión de confianza.
- Proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo, previa autorización del Congreso de los Diputados.
- Dirigir la política de defensa y ejercer respecto de las Fuerzas Armadas las funciones previstas en la legislación reguladora de la defensa nacional y de la organización militar.
- Convocar, presidir y fijar el orden del día de las reuniones del Consejo de Ministros, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 62.g) de la Constitución.
- Refrendar, en su caso, los actos del Rey y someterle, para su sanción, las leyes y demás normas con rango de ley, de acuerdo con lo establecido en los artícu los 64 y 91 de la Constitución.
- Interponer el recurso de inconstitucionalidad.
- Crear, modificar y suprimir, por Real Decreto, los Departamentos Ministeriales, así como las Secretarías de Estado, Asimismo, le corresponde la aprobación de la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.
- Proponer al Rey el nombramiento y separación de los Vicepresidentes y de los Ministros.
- Resolver los conflictos de atribuciones que puedan surgir entre los diferentes Ministerios.
- Impartir instrucciones a los demás miembros del Gobierno.
- Ejercer cuantas otras atribuciones le confieran la Constitución y las leyes.
El Gabinete de la Presidencia del Gobierno, como órgano de asistencia política y técnica del Presidente del Gobierno, ejercerá las siguientes funciones:
- Proporcionar al Presidente del Gobierno la información política y técnica que resulte necesaria para el ejercicio de sus funciones.
- Asesorar al Presidente del Gobierno en aquellos asuntos y materias que este disponga.
- Conocer los programas, planes y actividades de los distintos departamentos ministeriales, con el fin de facilitar al Presidente del Gobierno la coordinación de la acción del Gobierno.
- Asistir al Presidente del Gobierno en los asuntos relacionados con la Política Nacional, la Política Internacional y la Política Económica.
- Asesorar al Presidente del Gobierno en materia de Seguridad Nacional.
- Realizar aquellas otras actividades o funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno.
- La organización y la seguridad de las actividades del Presidente del Gobierno, tanto en territorio nacional como en sus desplazamientos al exterior.
- La coordinación de las actividades de apoyo y protocolo del Presidente del Gobierno en su relación con los restantes poderes del Estado.
- El apoyo y el asesoramiento técnico a los distintos órganos de la Presidencia del Gobierno. La asistencia en materia de administración económica, personal, mantenimiento y conservación, medios informáticos y de comunicaciones.
- La coordinación de los programas y dispositivos logísticos para los viajes al extranjero de Autoridades del Gobierno español.
- La supervisión del Sistema Operativo Sanitario de la Presidencia del Gobierno.
- La planificación y seguimiento de la actividad gubernamental.
- La ejecución de aquellas otras actividades o funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno.
- La coordinación de la política informativa del Gobierno y la elaboración de los criterios para su determinación, así como el impulso y la coordinación de la política de comunicación institucional del Estado.
- La elaboración y difusión de los comunicados del Gobierno y de su Presidente y la reseña de las actividades del Consejo de Ministros.
- La dirección de los servicios informativos de la Administración General del Estado en España y en el extranjero.
- Las relaciones con los medios de comunicación, así como el análisis de la coyuntura nacional e internacional.
- La organización de la cobertura informativa nacional, autonómica, internacional y de medios digitales, de la actividad gubernamental.
- La asistencia a las actividades y comparecencias públicas del Presidente del Gobierno, tanto en territorio nacional como en el extranjero.
- El apoyo a la Comisión de publicidad y comunicación institucional, en el ejercicio de las funciones que le atribuye el Real Decreto 947/2006, de 28 de agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación institucional y la elaboración del Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración General del Estado.
- La gestión de la comunicación ante situaciones de alerta nacional.
- El análisis de la legislación vigente en materia informativa y la propuesta de medidas para su mejora.
- El Departamento de Asuntos Nacionales.
- El Departamento de Asuntos Institucionales.
- El Departamento de Análisis y Estudios.
- El Departamento de Asuntos Políticos.
- El seguimiento de l Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el objeto de mantener informado de modo directo y continuo al Presidente del Gobierno.
- Secretaría de la Comisión para la Recuperación, Transformación y Resiliencia y de secretaría permanente del Comité Técnico para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Establecer instrumentos de planificación y seguimiento de políticas públicas dirigidas a luchar contra la pobreza infantil.
- Diseñar sistemas de evaluación del impacto de las decisiones políticas en la desigualdad y la pobreza infantil.
- Proponer a los departamentos ministeriales medidas e iniciativas en los ámbitos de su competencia.
- Elaborar análisis y estudios sobre desigualdad y pobreza infantil.
- Impulsar la actuación de la Administración General del Estado en el ámbito de sus competencias y establecer relaciones de colaboración y cooperación con otras Administraciones territoriales.
- Analizar el estado de la protección de la infancia de acuerdo con la Convención de los Derechos del Niño y demás acuerdos internacionales suscritos sobre la materia.
- Impulsar la inversión, la competitividad y la atracción de talento a los emprendimientos tecnológicos españoles.
- Analizar e identificar las deficiencias del ecosistema emprendedor español.
- Promover la capacitación digital y tecnológica de la sociedad.
- Promover la mejora del posicionamiento internacional de España como mercado de la innovación tecnológica.
- Plantear estrategias para fomentar el talento de las mujeres en el entorno digital.
- Desarrollar, retener y atraer grandes eventos internacionales relacionados con el emprendimiento y la innovación tecnológica.
- Proponer a los departamentos ministeriales medidas e iniciativas en los ámbitos de su competencia.
Normativa
- Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
- Real Decreto 136/2020, de 27 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.
- Ver la Normativa de Aplicación.
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Estructura orgánica (organigrama)
- Ver la Estructura Orgánica.