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Presidencia del Gobierno

Información sobre las funciones de la Presidencia del Gobierno.


Funciones

  • El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones del resto de personas que forman parte del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de los Ministros y las Ministras en su gestión.
  • En todo caso, corresponde al Presidente del Gobierno:
    • Representar al Gobierno.
    • Establecer el programa político del Gobierno y determinar las directrices de la política interior y exterior y velar por su cumplimiento.
    • Proponer al Rey, previa deliberación del Consejo de Ministros, la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales.
    • Plantear ante el Congreso de los Diputados, previa deliberación del Consejo de Ministros, la cuestión de confianza.
    • Proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo, previa autorización del Congreso de los Diputados.
    • Dirigir la política de defensa y ejercer respecto de las Fuerzas Armadas las funciones previstas en la legislación reguladora de la defensa nacional y de la organización militar.
    • Convocar, presidir y fijar el orden del día de las reuniones del Consejo de Ministros, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 62.g) de la Constitución.
    • Refrendar, en su caso, los actos del Rey y someterle, para su sanción, las leyes y demás normas con rango de ley, de acuerdo con lo establecido en los artícu los 64 y 91 de la Constitución.
    • Interponer el recurso de inconstitucionalidad.
    • Crear, modificar y suprimir, por Real Decreto, los Departamentos Ministeriales, así como las Secretarías de Estado, Asimismo, le corresponde la aprobación de la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.
    • Proponer al Rey el nombramiento y separación de los Vicepresidentes y las Vicepresidentas y de los Ministros.y las Ministras
    • Resolver los conflictos de atribuciones que puedan surgir entre los diferentes Ministerios.
    • Impartir instrucciones al resto de personas que forman parte del Gobierno.
    • Ejercer cuantas otras atribuciones le confieran la Constitución y las leyes.

 

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El Gabinete de la Presidencia del Gobierno, como órgano de asistencia política y técnica del Presidente del Gobierno, ejercerá las siguientes funciones:

  1. Proporcionar al Presidente del Gobierno la información política y técnica que resulte necesaria para el ejercicio de sus funciones.

  2. Asesorar al Presidente del Gobierno en aquellos asuntos y materias que este disponga.

  3. Conocer los programas, planes y actividades de los distintos departamentos ministeriales, con el fin de facilitar al Presidente del Gobierno la coordinación de la acción del Gobierno.

  4. Realizar el estudio y seguimiento de todos los programas y acciones de la Unión Europea que tengan incidencia en las políticas públicas del Estado, proporcionando la información necesaria para la toma de decisiones europeas.

  5. Conocer las políticas y programas públicos adoptados y desarrollados por los gobiernos de las comunidades autónomas, a fin de facilitar la cooperación y la cogobernanza en todas aquellas materias que demanden acción concurrente y concertada.

  6. Facilitar la comunicación con la ciudadanía y atender y dar respuesta a todas aquellas sugerencias, quejas e informaciones que se dirijan al Presidente del Gobierno.

  7. Asistir al Presidente del Gobierno en los asuntos relacionados con la política nacional, la política internacional y la política económica.

  8. Asesorar al Presidente del Gobierno en materia de Seguridad Nacional.

  9. Realizar aquellas otras actividades o funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno.

  1. La organización y la seguridad de las actividades del Presidente del Gobierno, tanto en territorio nacional como en sus desplazamientos al exterior.

  2. La coordinación de las actividades de apoyo y protocolo del Presidente del Gobierno en su relación con los restantes poderes del Estado.

  3. El apoyo y el asesoramiento técnico a los distintos órganos de la Presidencia del Gobierno, así como la asistencia en materia de administración económica, personal, mantenimiento y conservación, medios informáticos y de comunicaciones.

  4. La coordinación de los programas y dispositivos logísticos para los viajes al extranjero de autoridades del Gobierno español.

  5. La supervisión del Sistema Operativo Sanitario de la Presidencia del Gobierno.

  6. La ejecución de aquellas otras actividades o funciones que le encomiende la persona titular de la Dirección del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.

Las funciones que le encomiende la persona titular de la Dirección del Gabinete y asistir a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios

Le corresponde la coordinación de las áreas de su competencia y de la unidad que se le adscribe y, particularmente, realizar funciones de asesoramiento, apoyo y refuerzo en la elaboración del programa político del Gobierno

  1. Asesorar al Presidente del Gobierno en el diseño e implementación de políticas públicas nacionales y europeas.
  2. Fomentar la coordinación entre ministerios para garantizar la coherencia integral de la acción de gobierno.
  3. Asesorar y asistir al Presidente del Gobierno en los asuntos relacionados con la Unión Europea y con las relaciones bilaterales con los países europeos.
  4. Proporcionar al Presidente del Gobierno la información necesaria para el ejercicio de su participación en el Consejo Europeo, llevando a cabo el análisis y seguimiento de los programas y acciones de la Unión Europea.
  5. Analizar los retos y oportunidades de España en los próximos años y ayudar al país a prepararse para ellos.

Corresponde a la Secretaría General de Asuntos Exteriores, en el ámbito de las funciones asignadas al Gabinete de la Presidencia del Gobierno, el asesoramiento, apoyo y asistencia al Presidente del Gobierno en los asuntos relacionados con su actividad internacional, relaciones exteriores, asuntos multilaterales y globales.

Asimismo, se ocupará de la preparación y seguimiento de las cumbres y reuniones internacionales en las que participa el Presidente del Gobierno.

Las funciones de coordinación de las áreas de su competencia y de los departamentos y las unidades que se le adscriben y, en particular, el asesoramiento y apoyo técnico y político al Presidente del Gobierno en asuntos relacionados con la Política Económica.

  1. La coordinación de la política informativa del Gobierno y la elaboración de los criterios para su determinación, así como el impulso y la coordinación de la política de comunicación institucional del Estado.

  2. La elaboración y difusión de los comunicados del Gobierno y de su Presidente.

  3. La reseña de las actividades del Consejo de Ministros.

  4. La dirección de los servicios informativos de la Administración General del Estado en España y en el extranjero.

  5. Las relaciones con los medios de comunicación, así como el análisis de la coyuntura nacional e internacional.

  6. La organización de la cobertura informativa nacional, autonómica, internacional y de medios digitales de la actividad gubernamental.

  7. La asistencia a las actividades y comparecencias públicas del Presidente del Gobierno, tanto en territorio nacional como en el extranjero.

  8. El apoyo a la Comisión de publicidad y comunicación institucional, en el ejercicio de las funciones que le atribuye el Real Decreto 947/2006, de 28 de agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación institucional, y la elaboración del Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración General del Estado.

  9. La gestión de la comunicación ante situaciones de alerta nacional.

  10. El análisis de la legislación vigente en materia informativa y la propuesta de medidas para su mejora

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Normativa

 

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Estructura orgánica (organigrama)

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