Se le redirigirá bien al sistema Cl@ve de autenticación que le permitirá seleccionar el modo de identificación que le resulte más cómodo, bien con usuario y contraseña.
Toda persona puede ejercer el derecho de acceso a la información pública. Este derecho garantiza la posibilidad de llevar a cabo consultas sobre datos e información pública.
Utilizar los canales apropiados facilita la tramitación de su solicitud y disminuye los plazos de respuesta.
Le rogamos que, antes de solicitar acceso a la información pública a través de este canal, lea con detalle las siguientes recomendaciones.
Para presentar una solicitud de derecho de acceso telemáticamente necesita identificarse, bien utilizando cualquiera de las modalidades del sistema Cl@ve - Más información sobre Cl@ve - , bien utilizando usuario y contraseña.
Se le redirigirá bien al sistema Cl@ve de autenticación que le permitirá seleccionar el modo de identificación que le resulte más cómodo, bien con usuario y contraseña.
Una vez identificado, se le redirigirá un formulario a través del cual podrá realizar su consulta.
Se le mostrará su solicitud de información completa y, si está conforme, podrá proceder a su envío. En caso contrario podrá modificarla.
Si su solicitud ha sido enviada correctamente, se mostrará un mensaje en pantalla indicándoselo.
Si es la primera vez que consulta el Portal de la Transparencia, visite esta página con recomendaciones para realizar su solicitud de información.
Puede ejercer el derecho de acceso a la información presentando una solicitud, previa acreditación de su identidad, en:
Si lo desea puede utilizar el siguiente formulario:
El derecho de acceso podrá ser limitado en los supuestos que contempla la Ley en sus artículos 14 y 15. Entre otros: Seguridad Nacional, Defensa, Política económica y monetaria, para la protección de datos de carácter personal, etc.
El ejercicio del Derecho de Acceso inicia con la administración un procedimiento administrativo que exige la identificación de la persona solicitante.
De forma telemática o por otros medios previstos en la Ley.
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