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Zientzia, berrikuntza eta Unibertsitate

Funtzioei buruzko informazioa zientzia, berrikuntza eta Unibertsitate eta bere autonomiadun organismoen, edo hari lotutako edo haren mendeko.


Funtzioak

  1. Ministerioari dagokio zientzia, berrikuntza eta Unibertsitate proposatu eta betearaztea, jaurlaritzaren politika zientzia, garapen teknologikoa eta berrikuntza sektore guztietan.
  2. Halaber, zientzia, berrikuntza eta Unibertsitate proposatu eta betearaztea, jaurlaritzaren politika eta unibertsitate diren jarduerak, bereak horiek.
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  1. Finantzaketa-sistema autonomia-estatutua duten autonomia-erkidegoen eta hirien ondorioz izan dela, zerbitzuen kostu eraginkorren eskualdatzen diren, autonomia-erkidegoen zorpetze-maila eta araudi horren aplikazio-eremua aurrekontuen egonkortasuna.
  2. Finantza-sistema toki-administrazioa osatzen duten erakundeak, toki-erakundeen zorpetze-araudia aplikatzea eta aurrekontuen egonkortasuna, baita horren aplikazio-eremua.
  3. Administrazioen arteko lankidetza, autonomia-erkidegoetako eta tokiko eta estatuko organoen, horretarako ezarrita dauden batez ere zerga eta finantzaketa politikaren kontseilua, eta administrazio lokalen batzorde nazionala.
  4. Txosten eta baimen-funtzioak legez toki-araubidearen legediak aitortzen dizkidan ahalmenez baliatuz, eskumena duen organoari arduratzen diren estatuko administrazio orokorreko langile funtzionarioentzat gordetako lanpostuak toki ogasunak, gaikuntza nazionala duten toki-administrazioko.
  5. Ebazpenak edo jarraibideak eman behar du, beharrezkoa da lankidetza handiagoa ematea, lankidetza eta koordinazioa eta zuzendaritza-organoei, entitate eta erakundeen artean mendeko edo haiei loturiko estatu idazkaritzari, bereziki, administrazioaren eremuan, eta, batez ere, Zerga arloko datuak lagatzea eta informazioa eskuratzea optimizatzea, giza baliabideak, teknikoak, informatiko eta material baita sinergiak lortzeko behar diren administrazio ona izateko printzipioa, dena dela, eraginkortasun handiagoa, bakoitzari dagozkion eskumenen barruan.
  6. Jokoaren alorrean, zergei buruzko gaietako politika orokorra aztertu eta zehaztea proposatu, egin eta interpretatzeko, eta zerga-araubidea eta tasen kudeaketa eta likidazioa ondoriozko administrazio-kudeaketa.
  1. La dirección de las competencias atribuidas al departamento en materia científica y de investigación y desarrollo.
  2. La gestión de premios nacionales en materia de investigación, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.
  3. La gestión de programas operativos cofinanciados por fondos de la Unión Europea, en el ámbito de sus competencias.
  4. La dirección estratégica de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), el Organismo Autónomo Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), y el Organismo Autónomo Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT).
  5. El impulso de la participación española en los programas de fomento de la I+D+I promovidos por la Unión Europea, en el ámbito de sus competencias.
  6. La planificación estratégica, coordinación, desarrollo, seguimiento y representación de la participación española en grandes instalaciones y organismos científico-tecnológicos de carácter internacional.
  7. La planificación estratégica, coordinación, seguimiento y representación de grandes instalaciones científico-técnicas nacionales con comunidades autónomas, y la planificación estratégica, coordinación, seguimiento y representación de las actuaciones relativas a las grandes instalaciones científicas de carácter estatal, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.
  8. La representación internacional de grandes instalaciones científico-técnicas españolas.
  9. El apoyo a la coordinación, promoción y seguimiento de la investigación, desarrollo e innovación polar, orientada a la consecución de los objetivos y el aseguramiento de la aplicación de las disposiciones del Tratado Antártico y otros acuerdos internacionales.
  10. La coordinación de los organismos y entidades públicas vinculadas o dependientes de la Secretaría General de Investigación.
  1. El desarrollo de la política universitaria, en coordinación con el Consejo de Universidades.
  2. El desarrollo de los procesos participativos que se consideren necesarios para el impulso de la política universitaria.
  3. La planificación, coordinación y evaluación de las líneas de actuación de los programas en materia universitaria.
  4. La elaboración de las propuestas de disposiciones generales en las materias de su competencia.
  5. La ordenación, programación y gestión de las actuaciones que competen a la Administración General del Estado en materia de enseñanza superior universitaria.
  6. La gestión de programas operativos cofinanciados por fondos de la Unión Europea, en el ámbito de sus competencias.
  7. La dirección estratégica del Organismo Autónomo Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), el Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y la Acreditación (ANECA), y el Organismo Autónomo Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE).
  8. La promoción de la movilidad de estudiantes en el ámbito de la Unión Europea mediante el diseño, planificación y, en su caso, gestión de programas de acción de carácter nacional o la participación en el diseño y planificación de programas de acción europeos, a través del SEPIE, en colaboración con el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en el ámbito de sus competencias.
  9. La promoción de la movilidad en el ámbito internacional extracomunitario de los estudiantes y titulados universitarios en coordinación con otros organismos e instituciones especializadas, a través del SEPIE.
  10. La asistencia técnica en materia de educación superior universitaria a la Subdirección General de Relaciones Institucionales y Coordinación Internacional, así como la participación en los foros internacionales que dicha Subdirección General determine.
  11. La dirección y gestión de las actuaciones estatales en el ámbito de la digitalización del Sistema Universitario Español.

La dirección de las competencias atribuidas al departamento en materia de innovación.

  1. La dirección estratégica de la Entidad Pública Empresarial Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI) y, derivado del cumplimiento del Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española», la coordinación estratégica de dicha Agencia Estatal con el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y el Ministerio de Defensa.
  2. La gestión de programas operativos cofinanciados por fondos de la Unión Europea, en el ámbito de sus competencias.
  3. La coordinación de actividades de promoción de ámbitos estratégicos en materia de innovación.
  4. La emisión de los informes motivados previstos en el Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, por el que se regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros organismos.
  5. La acreditación y gestión del registro de PYMES Innovadoras previsto en el Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador.
  6. El impulso a la compra pública de innovación.
  7. La gestión de actuaciones relacionadas con la «Red Innpulso – Red de Ciudades de la Ciencia y la Innovación».
  8. El impulso de programas conjuntos con comunidades autónomas y entidades locales en materia de innovación, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.
  9. Las relaciones y coordinación con otras unidades, órganos y organismos de la Administración General del Estado responsables de políticas de innovación y políticas sectoriales estrechamente relacionadas con éstas, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.
  10. Las relaciones, participación y representación del ministerio en organismos, programas y grupos de trabajo en materia de innovación en sectores estratégicos a nivel nacional e internacional, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.
  11. La coordinación, diseño, ejecución y evaluación de estrategias, programas e iniciativas en el ámbito de la innovación en políticas públicas, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales.
  12. La coordinación de la contribución a las estrategias y planes nacionales en el ámbito de la innovación, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.
  13. El fomento del diseño como palanca de la innovación y como instrumento de transformación y modernización de la administración pública.
  14. La gestión de premios nacionales en materia de innovación y diseño, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.
  15. La coordinación de la actividad del Grupo de Trabajo Interministerial del PERTE Aeroespacial y de la Alianza por el PERTE Aeroespacial.
  16.  La coordinación e impulso del diseño, la ejecución y el seguimiento de iniciativas del PERTE Aeroespacial en el ámbito de la Administración General del Estado.
  17. La potenciación de la colaboración con otras administraciones públicas y la colaboración público-privada para la óptima ejecución de las medidas del PERTE Aeroespacial.
  18. El fomento de estrategias, políticas y medidas que promocionen el sector aeroespacial español, con el objetivo de posicionar al sector aeroespacial español como actor clave ante los nuevos retos y oportunidades asociados a las grandes transformaciones previstas en el sector, en coordinación con la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española» y sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales.
  19. La coordinación de las ayudas de Estado, en el ámbito de sus competencias, con la Agencia Estatal de Investigación y la Entidad Pública Empresarial Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI), así como la coordinación interministerial y con Europa para garantizar la correcta aplicación de las referidas ayudas de Estado en el marco de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias en la materia de otros órganos del departamento.
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Araudia

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Estructura orgánica (organigrama)

 

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