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Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

Información sobre las funciones del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y de sus organismos públicos, vinculados o dependientes.

Actualizado a 5/12/2024.


Funciones

El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática es el Departamento de la Administración General del Estado al que le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de relaciones y cooperación con las comunidades autónomas y las entidades que integran la administración local y las competencias relativas a la organización territorial del Estado; así como las relaciones con las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y el apoyo a su gestión.

Asimismo, a este Departamento le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de memoria histórica y democrática.

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  1. El impulso, dirección y gestión de la política del Gobierno en lo referente a la organización y actividad territorial del Estado, a la Administración General del Estado en el territorio, así como a las relaciones institucionales con las comunidades autónomas y las entidades locales.
  2. La coordinación, impulso y gestión de los asuntos de carácter internacional que se produzcan en el ámbito de la Secretaría de Estado, sin perjuicio de las funciones que correspondan al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
  3. El impulso y la iniciativa para la elaboración de los proyectos normativos sobre las materias de su competencia y aquellos otros encargados por la persona titular del Departamento, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a otros órganos del Departamento.
  4. El impulso y coordinación de la Conferencia de Presidentes.
  1. La promoción y coordinación de programas de cooperación en materia de Memoria Democrática con las comunidades autónomas, corporaciones locales y otros organismos, en el desarrollo de acciones dirigidas al conocimiento y divulgación de la Memoria Democrática, que incluyan el relato de las víctimas y específicamente la memoria de las mujeres y el exilio.
  2. La colaboración con los departamentos ministeriales competentes y, en su caso, la propuesta de medidas a adoptar para el impulso de las acciones que les correspondan en aplicación de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, así como la integración y mantenimiento actualizado de la información relativa a dichas actuaciones.
  3. Las relaciones con la Fiscalía de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática y con el Defensor del Pueblo en lo que se refiere a los asuntos regulados en la Ley 20/2022, de 19 de octubre.
  4. El fomento de la formación, docencia e investigación en materia de Memoria Democrática en todos los ámbitos académicos, en colaboración con universidades y demás organismos con competencias en la materia, así como el establecimiento de líneas de colaboración que permitan recabar información o conocimiento de expertos en la materia.
  5. La colaboración con las administraciones públicas y entidades que lo soliciten en los actos de reconocimiento, recuerdo y homenaje a las víctimas de la Guerra de España o de la Dictadura o en la conmemoración de los hechos representativos de la Memoria Democrática, como el impulso de los actos institucionales del día 31 de octubre, de recuerdo y homenaje a todas las víctimas del golpe militar, la Guerra y la Dictadura, y del día 8 de mayo, de recuerdo y homenaje a los hombres y mujeres que sufrieron el exilio como consecuencia de la Guerra y la Dictadura.
  6. La declaración de Lugares de Memoria Democrática.
  7. El impulso y la iniciativa para la elaboración de los proyectos normativos sobre las materias de su competencia y aquellos otros encargados por la persona titular del Departamento, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a otros órganos del Departamento.
  8. La incoación y resolución de los expedientes sancionadores por infracciones tipificadas como muy graves por la Ley 20/2022, de 19 de octubre.
  9. La resolución sobre la retirada de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes.
  1. La coordinación de la política territorial de los diferentes departamentos ministeriales que se lleve a efecto a través de las Delegaciones del Gobierno.
  2. La coordinación de la actividad de la Administración General del Estado en el territorio y la asistencia a la misma, así como la gestión de los recursos de las Delegaciones del Gobierno, en el ámbito de competencias del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
  3. El impulso de las relaciones de cooperación y colaboración de la Administración General del Estado con las comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla y con los entes locales.
  4. La propuesta de actuación sobre los aspectos competenciales de las relaciones con las administraciones territoriales.
  5. El seguimiento jurídico y el informe sobre los proyectos normativos, disposiciones y actos del Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales, acerca de su adecuación al orden constitucional de distribución de competencias.
  6. El seguimiento del régimen local y la cooperación con las entidades locales, así como los programas nacionales y europeos de aplicación en el área local.
  7. La potenciación del uso de las lenguas oficiales en la Administración General del Estado.
  1. La dirección, impulso y coordinación de las actuaciones relativas a la participación del Departamento en los órganos colegiados del Gobierno y en los de colaboración y apoyo al Gobierno.
  2. La asistencia a la persona titular del Ministerio en el control de eficacia del Departamento.
  3. El asesoramiento jurídico a la persona titular del Ministerio en el desarrollo de las funciones que a esta le corresponden y, en particular, en el ejercicio de su potestad normativa y en la producción de los actos administrativos de la competencia de aquella, así como a los demás órganos del Ministerio.
  4. La elaboración del anteproyecto anual de presupuestos del Ministerio, así como el seguimiento de la ejecución presupuestaria y tramitación de sus modificaciones.
  5. La gestión económica y financiera y la planificación y seguimiento de la contratación administrativa de los servicios centrales.
  6. La planificación, dirección y administración de los recursos humanos de los servicios centrales del Departamento y las relaciones con las organizaciones sindicales y entidades representativas del personal, así como la gestión de los planes de formación, acción social y de los programas de prevención de riesgos laborales.
  7. La propuesta en materia de compatibilidad, al órgano competente para resolver, en relación con el personal del Ministerio al que resulte de aplicación la normativa sobre incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
  8. La ejecución de los planes y programas de inspección de los servicios y la evaluación del funcionamiento de los órganos y unidades de los servicios centrales.
  9. El ejercicio de las funciones de la Unidad de Información de Transparencia del Ministerio, según lo previsto en el artículo 21 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el apoyo en la coordinación de las iniciativas de este Departamento en materia de Gobierno Abierto; así como el ejercicio de las funciones de Unidad de Gestión de Quejas y Sugerencias de los servicios centrales del Departamento, según lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.
  10. El ejercicio de las funciones de Unidad de Igualdad del Ministerio, según lo previsto en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y de acuerdo con el Real Decreto 259/2019, de 12 de abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de la Administración General del Estado, así como el ejercicio de las funciones de Unidad de Inclusión de Personas con Discapacidad, según lo previsto en la disposición adicional decimoquinta del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
  11. La gestión de bienes materiales, muebles e inmuebles y su inventario, los arrendamientos, la ejecución de obras y el mantenimiento y conservación de los edificios de los servicios centrales del Ministerio.
  12. La dirección y coordinación de los servicios de información administrativa y de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro, así como de los servicios técnicos, de seguridad, de reprografía y, en general, los de régimen interior y asuntos generales de los servicios centrales del Ministerio.
  13. Respecto de los servicios centrales del Departamento, la planificación, dirección y coordinación de los desarrollos de los sistemas de información; la elaboración, preparación y propuesta de necesidades de los recursos tecnológicos; así como la prestación de servicios en materia de tecnologías de la información y la dirección y coordinación del portal web, sede electrónica e Intranet.
  14. Elaboración, desarrollo y ejecución de los planes de digitalización del Departamento, así como la implantación y seguimiento de los planes de trasformación digital de la Administración General del Estado, respecto de los servicios centrales del Departamento, en coordinación con la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
  1. Impulsar la ejecución de las medidas adoptadas por la Administración General del Estado en esta materia.
  2. Realizar el análisis y seguimiento periódico de las medidas adoptadas por la Administración General del Estado.
  3. Elevar informes periódicos al Gobierno sobre las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos, así como cuantas propuestas considere necesarias para el adecuado cumplimiento de las funciones encomendadas.
  4. Recabar de los distintos departamentos ministeriales, entidades dependientes de la Administración General del Estado y de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias cuanta información resulte necesaria para el cumplimiento de sus funciones, y convocar cuantas reuniones se requieran a tal efecto.
  5. Impulsar la coordinación de la Administración General del Estado con las administraciones públicas canarias en esta materia.
  6. Apoyar a la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática en el ejercicio de las funciones propias de la copresidencia de la Comisión mixta para la reconstrucción, recuperación y apoyo a la isla de La Palma.
  7. Asistir en representación del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática a las sesiones y trabajos del grupo técnico de la Comisión mixta para la reconstrucción, recuperación y apoyo a la isla de La Palma.
  8. Cuantas otras funciones se le encomienden por la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
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Normativa

 

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Estructura orgánica (organigrama)

 

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