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Ministerio de Trabajo y Economía Social

Información sobre las funciones del Ministerio de Trabajo  y Economía Social y sus organismos públicos, vinculados o dependientes.

Actualizado a 23/05/2024


Funciones

El Ministerio de Trabajo y Economía Social es el Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de trabajo y relaciones laborales, de empleo, de trabajo autónomo, de economía social y de responsabilidad social de las empresas. 

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A la Secretaría de Estado de Trabajo, bajo la superior autoridad de la persona titular del Departamento, le corresponde desarrollar la política del Gobierno en materia de trabajo y relaciones laborales, de empleo y de trabajo autónomo.

A la Secretaría de Estado de Economía Social, bajo la superior autoridad de la persona titular del Departamento, le corresponde desarrollar la política del Gobierno en materia de economía social y de responsabilidad social de las empresas.

  1. El apoyo y asesoramiento técnico a la persona titular del Departamento en la elaboración y aprobación de los planes de actuación del Ministerio.
  2. El estudio de los distintos elementos organizativos del Departamento y la dirección y realización de los proyectos organizativos de ámbito ministerial.
  3. La supervisión de la fundamentación técnico-jurídica de todos los asuntos del Ministerio y sus organismos públicos que se sometan a la consideración de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, de las Comisiones Delegadas del Gobierno y del Consejo de Ministros.
  4. La coordinación y gestión de los recursos humanos, financieros, tecnológicos y materiales del Departamento.
  5. El informe de los proyectos de normas de otros Ministerios, coordinando las actuaciones dentro del Ministerio y con los demás Departamentos que hayan de intervenir en el procedimiento.
  6. La coordinación de la acción del Departamento en el exterior, la cooperación internacional, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y la coordinación, a través de la Secretaría General Técnica, de las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en el exterior, sin perjuicio de la competencia de las Embajadas o Misiones Diplomáticas españolas en el extranjero y de la dependencia directa de los titulares de aquellas, respecto del Jefe de Misión Diplomática, así como de la debida coordinación con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
  7. El respaldo al Delegado de Protección de Datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social en el desempeño de las funciones que tenga atribuidas en virtud de la legislación en vigor, facilitando los recursos necesarios para el desempeño de dichas funciones.
  1. Realizar cuantas actuaciones en relación con la economía social y los cuidados resulten precisas para promover la ejecución y difusión del PERTE de la Economía Social y de los Cuidados.
  2. Divulgar, promover e impulsar las políticas y planes para la transformación de las cadenas de valor del sector de los cuidados y de la economía social, incluyendo tanto las que corresponden a la Administración General del Estado en el ámbito de sus competencias, como las que puedan resultar del apoyo y colaboración de las demás Administraciones Públicas en su respectivo ámbito de actuación.
  3. Desarrollar la colaboración público-privada para garantizar el acceso, dinamización y difusión de los proyectos de la economía social y de los cuidados en el marco del PERTE.
  4. Colaborar e impulsar la interlocución internacional de España respecto a la implantación del PERTE de la Economía Social y de los Cuidados.
  5. Coordinar e instaurar medidas e iniciativas de seguimiento en colaboración con otros órganos ministeriales y organismos implicados en el PERTE.
  6. Servir de interlocutor con otros Ministerios e interlocutores, informando periódicamente sobre el desarrollo y resultado de la ejecución de los proyectos, o de cuantas propuestas considere necesarias para el adecuado cumplimiento de la función encomendada.
  7. Cualesquiera otras actuaciones que le sean encomendadas por la Secretaría de Estado con competencia en materia de economía social.
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Normativa

  • Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.
  • Ver la Normativa (Legislatura XV).

 

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Estructura orgánica (organigrama)

 

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