Relaciones de puestos de trabajo
En este elemento de información se muestran las relaciones de puestos de trabajo de cada uno de los ministerios.
El artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Públicoregula la Ordenación de los puestos de trabajo e indica:
"Las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos."
La información que figura en los ficheros en formato PDF se corresponde con la existente a la fecha de extracción de los datos, sin que sea objeto de actualización posterior a la fecha de referencia. La columna de estado pretende simplificar la información ofrecida al ciudadano, por lo que no se corresponde estrictamente con situaciones jurídicas. La calificación de un puesto como vacante tampoco es objeto de actualización y no excluye que a la fecha de extracción de datos dicho puesto esté comprometido o se prevea su compromiso en algún procedimiento de provisión o en una modificación de la relación de puestos de trabajo.
Información actualizada a 01-04-2018.
Más informaciónFuente de los datos | Registro Central de Personal y los departamentos ministeriales |
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Periodicidad de la publicación | Trimestral |
Formato | Formato PDF y XLS |