Audiencia e información pública: Proyecto de Real Decreto de desarrollo de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (06-02-2018)
- Borrador de Real Decreto por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. (Versión 06-02-2018).
- Memoria de análisis de impacto normativo. (Versión 06-02-2018).
Información actualizada a 15-02-2019.
El plazo para realizar aportaciones en la fase de audiencia e información pública del proyecto de Real Decreto de desarrollo de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno finalizó el día 31-05-2018.
Titular | Aportación | Archivo adjunto |
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MAB | Se adjunta archivo con las alegaciones. | Ver más |
JMG | La propuesta trata de ordenar la publicación de los planes anuales y plurianuales que establece el art. 6.2 de la Ley de transparencia, alineándolos con los planes a publicar según la Ley 40/2015. Además, refuerza la rendición de cuentas que debe empezar por la propia organización que publica los planes, todo ello supervisado por la inspección de servicios. Por otro lado, recoge la experiencia de EE.UU y del Reino Unido en cuanto a la publicación de programas, información a publicar adicional y complementaria a los planes anuales y plurianuales. | Ver más |
CCC | El Reglamento de la Ley 19/2013, debería determinar la manera más sencilla para identificarse en el Portal de Transparencia a la hora de hacer una solicitud de acceso a la información pública, ya que muchas veces Cl@ve falla y no deja autentificar a la persona. | |
IUU | Propongo que, en relación a la causa de inadmisión del art.18.1.a de la Ley 19/2013 (solicitudes que se refieran a información que esté en curso de elaboración o de publicación general) se incluya en el RD una excepción, consistente en que el interesado manifieste expresamente en su solicitud que, en el caso de que la información esté en curso de elaboración o de publicación general, su petición quede suspendida hasta que se haya elaborado o publicado la información, levantándose la suspensión cuando ello se haya producido y resolviéndose acto seguido la solicitud. Justificación: con ello se evitaría que el interesado tenga que estar averiguando o pidiendo continuamente información sobre el estado del expediente, y se traslada la obligación a la Administración de informar al ciudadano. | |
ACR | El art. 10 de la ley habla del Portal de Transparencia como dependiente del Ministerio de la Presidencia. Los Reales decretos de organización y estructura de los Ministerios posteriormente cambian esa dependencia, por ejemplo ahora depende del Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la DG de Gobernanza Pública. ¿Se podría aclarar la actual dependencia del Portal en el desarrollo reglamentario de la ley de Transparencia? | |
Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) | El artículo 5 de la Ley 13/2013, establece: Toda la información será comprensible, de acceso fácil y gratuito y estará a disposición de las personas con discapacidad en una modalidad suministrada por medios o en formatos adecuados de manera que resulten accesibles y comprensibles, conforme al principio de accesibilidad universal y diseño para todos. Las propuestas que se realizan a continuación tienen por objeto desarrollar esta obligación de carácter general. Para ello se sugiere incluir un artículo específico, con el siguiente texto: Artículo XXX. Accesibilidad a la información de las personas con discapacidad. Tanto la solicitud como el acceso a la información debe garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad de cualquier tipo (visual, auditiva, cognitiva, etc.), de modo que puedan utilizar el Portal de la Transparencia y todo formato puesto a su disposición de forma eficaz, con independencia de sus limitaciones personales o derivadas de su contexto de uso. El nivel mínimo de accesibilidad del Portal de la Transparencia será el recogido en la Norma UNE 139803:2012, de conformidad con lo dispuesto en el 5.1 del Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social. Si en la formalización del acceso fuera necesaria la trasposición a un formato accesible a la persona con discapacidad, aquella no conllevará ningún gasto para la misma. 14 de mayo de 2018. | |
Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE | Aportaciones al Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el reglamento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Se adjunta documento. | Ver más |
Dirección General de Transparencia y Atención a la Ciudadanía (Ayuntamiento de Madrid) | Se adjunta documento. | Ver más |
Grupo de Trabajo de Acceso a la Información Pública de la Red de Entidades Locales por la Transparencia y la Participación Ciudadana de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) | Se adjunta documento con las observaciones. | Ver más |
Las reclamaciones, potestativas, ante el Consejo de Transparencia, en mi opinión, carecen de seguridad jurídica puesto que se limita a ser un envío electrónico normal sin numeración ni comunicación de la recepción del mismo, un mero trámite de relleno. Cualquier otra impugnación está bastante regulada en cuanto a plazos y competentes para su tramitación. La Ley de Transparencia es una ventana abierta a la confianza en nuestro sistema político y democrático, si no se cuida su eficacia no es eficiente. | ||
Empresa Albir Multiservicios SL | Indemnización daños perjuicios. mala praxis. Obstrucción del proceso judicial de fecha 06/07/2017. Ocultar pruebas del accidente laboral. Ocultar informe de ITSS. Ocultar informe de desgarro con fecha 05/20/2016. sustraer dinero patrimonial en mi nombre etc. | |
TGF | En el fichero adjunto como PDF (bajo el título "Aportaciones Proyecto RD Desarrollo Ley 19-2013) incorporo las pequeñas propuestas de matizaciones que, sujeto a un mejor criterio, entiendo que se podrían efectuar en el texto del Proyecto de Real Decreto con el fin de aclarar criterios interpretativos. | Ver más |
Asociación Nacional Empresarial de la Industria Farmacéutica (FARMAINDUSTRIA) | Nos remitimos al archivo adjunto con las aportaciones de esta Asociación. | Ver más |
Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España | Se adjunta documento con la aportación. (Enviado directamente a la SEFP el 29-05-2018). | Ver más |
Consejo General De Colegios Oficiales De Farmacéuticos | Se remite adjunto informe que practica el Consejo General al proyecto de RD que aprueba Reglamento de desarrollo Ley 19/2013 de Transparencia. | Ver más |
Proyecto de Investigación DER-2017/88456-P. Observatorio de Transparencia | Las propuestas de enmienda y supresión del articulado del borrador de Reglamento se adjuntan en archivo PDF unido. | Ver más |
Coordinadora de ONGD-España | Aportaciones al reglamento de carácter general: - En términos generales, consideramos que el proyecto de reglamento no facilita el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa ni favorece el ejercicio del derecho de acceso por las personas interesadas con las máximas garantías ya que, en su conjunto, no concreta ni da pautas que desarrollen los principios que estipula la Ley. - Además, para su redacción no se han tenido en cuenta las especificidades del sector no lucrativo. - Consideramos, que dicho proyecto no está redactado con lenguaje inclusivo de género. - Por último, para la aplicación de la Ley de transparencia creemos que es indispensable dotar al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno de los recursos necesarios para ejercer su capacidad coercitiva. Aportaciones específicas: - En el Capítulo II, artículo 5, punto 3, hace alusión a los artículos 4 y 5 de la ley sin detallar ni dar pautas sobre dos elementos sobre los que consideramos necesaria mayor concreción: concepto de formato reutilizable y accesibilidad. - En la Sección 4, artículo 12 punto 3.a, interpretamos que se aplica la Ley en función del máximo subvencionador, esto puede cambiar varias veces al año ya que la fecha para hacer los cálculos es la de concesión de la subvención y puede haber varias concesiones en un año ¿Es esta interpretación correcta? De ser así, tengan en cuenta las dificultades que puede conllevar para las organizaciones su cumplimiento. - En el Artículo 13 del proyecto del reglamento, y en relación a los artículos 6 y 8 de la Ley, necesitamos que se aclare qué entendemos por altos cargos y responsables en el caso de las organizaciones del sector no lucrativo. |
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Fundación hay Derecho, Transparencia Internacional, Fundación Compromiso y Transparencia | Las alegaciones se presentan el archivo adjunto. | Ver más |
Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT) | En relación con la petición de observaciones a través del trámite de audiencia e información pública de la página Web del Portal de transparencia del pasado 3 de mayo sobre la ?Proyecto de Real Decreto de desarrollo de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno?, se adjunta el informe realizado por la Asociación de Mutuas de Accidentes de trabajo. | Ver más |
Sociedad Estatal Lotería Y Apuestas Del Estado, S.M.E., S.A. | comentarios de la sociedad estatal loterías y apuestas del estado, SME S.A. al proyecto de real decreto por el que se aprueba el reglamento de la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno que se remiten en el archivo adjunto. | Ver más |
Oficina Antifrau de Catalunya | Adjuntamos documento de alegaciones al Reglamento de desarrollo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno | Ver más |
Cámara de Concesionarios y empresas vinculadas al sector público en el ámbito de las Infraestructuras, los Equipamientos y Servicios Público (CCIES), | En archivo con documento adjunto | Ver más |
Fundación Civio | En archivo con documento adjunto | Ver más |
Access Info Europe | Alegaciones de Unión Profesional, asociación que aúna las profesiones colegiadas españolas. | Ver más |
Unión Profesional | Ver documento adjunto. | Ver más |
Archiveros Españoles en la Función Pública | Remitimos de nuevo nuestra aportación en archivo adjunto por haber detectado problemas en el envío de una comunicación anterior. | Ver más |
LRE | Se acompaña en el pdf adjunto. | Ver más |
Consejo General de la Abogacía Española | El Consejo General de la Abogacía Española, tras su participación en el trámite de consulta pública, formula en este trámite las alegaciones que estima pertinentes al Proyecto de Reglamento de desarrollo de la Ley 19/2013. | Ver más |
Asociación Española de Fundaciones | Adjunto remitimos propuestas y observaciones de la Asociación Española de Fundaciones al borrador de reglamento por el que se desarrolla la Ley de Transparencia. Asociación Española de Fundaciones. | Ver más |
IMD |
Se exponen a continuación algunas de las propuestas de un Congreso recientemente celebrado en la UCLM, que pueden ser incluidas en norma reglamentaria, por si se consideran de utilidad:
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Asociación Acreditra |
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AAPA: Asociación de Archiveros y Gestores de Documentos del Principado de Asturias | Aportaciones en el documento adjunto. | Ver más |
Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias | La traslado en un fichero | Ver más |
Xunta de Galicia | Trasladan observaciones al borrador de Real Decreto por el que se aprueba el reglamento de la Ley 19/2013, de 9 de Diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. | Ver más |
Titular | Aportación | Archivo adjunto |
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MALDITA.ES | Aportaciones en archivo adjunto | Ver más |