Comunidades Autónomas
Andalucía - Aragón - Principado de Asturias - Balears, Illes - Canarias - Cantabria - Castilla y León - Castilla-La Mancha - Cataluña - Ciudad de Ceuta - Ciudad de Melilla - Comunidad de Madrid - Comunidad Valenciana - Extremadura - Galicia - Región de Murcia - Comunidad Foral de Navarra - País Vasco - La Rioja
Andalucía
Aragón

Canarias

Cantabria

- Portal de Transparencia
- Ley de Transparencia de la Actividad Pública
- (*) El CTBG será el encargado de resolver las reclamaciones
Castilla La Mancha

- Portal de Transparencia
- Ley de Transparencia y Buen Gobierno
- (*) El CTBG será el encargado de resolver las reclamaciones
Castilla y León

Cataluña

Ceuta
Extremadura

Galicia

Illes Balears

La Rioja

Madrid
Melilla

- Portal de Transparencia
- Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública
- (*) El CTBG será el encargado de resolver las reclamaciones
Navarra

País Vasco

- Portal de Transparencia
- Proyecto de Ley de Transparencia, Participación Ciudadana y Buen Gobierno del Sector Público Vasco
- Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública
Principado de Asturias

- Portal de Transparencia
- Proyecto de Ley del Principado de Asturias de Transparencia y Buen Gobierno
- (*) El CTBG será el encargado de resolver las reclamaciones
Región de Murcia

Comunidad Valenciana

(*) De acuerdo con el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la competencia para conocer de las reclamaciones que puedan interponerse frente a las resoluciones recaídas en procedimientos de acceso a la información pública corresponderá al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, salvo en aquellos supuestos en que las Comunidades Autónomas atribuyan dicha competencia a un órgano específico.
En este sentido, la disposición adicional cuarta de la misma Ley 19/2013, de 9 de diciembre, establece que la resolución de la reclamación corresponderá, en los supuestos de resoluciones dictadas por las Administraciones de las Comunidades Autónomas y su sector público, y por las Entidades Locales comprendidas en su ámbito territorial, al órgano independiente que determinen las Comunidades Autónomas.
La misma norma prevé también que las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía podrán atribuir dicha competencia para la resolución de las reclamaciones al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, celebrando al efecto un convenio.